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EL CAPÍTULO AMBIENTAL

Por Sandra Suárez *

El comercio internacional es una herramienta para proveer un mayor crecimiento económico y, por esa vía, el desarrollo.

La protección ambiental es esencial para que ese crecimiento económico sea sostenible, con un uso eficiente de recursos naturales, para proteger la salud humana y los valores ecológicos estratégicos como la biodiversidad.

El capítulo ambiental del TLC busca garantizar, en un contexto de liberalización del comercio, que los países mantengan legislaciones y políticas ambientales fuertes, evitando que se deteriore el medio ambiente, y que los países debiliten esta legislación y política ambiental para favorecer intereses comerciales de manera ilegítima.

¿Qué contendrá el capítulo ambiental?

Las disposiciones que reconocen la soberanía de los países para definir sus propias políticas y normas ambientales y para que se comprometan a promover altos niveles de protección ambiental.

Implica que las partes no debiliten esa protección ambiental para promover intereses comerciales y distorsionar el comercio; compromete a las partes a no dejar de hacer cumplir su legislación ambiental de manera deliberada para distorsionar el comercio.

Colombia ha propuesto ciertos artículos que buscan resaltar la importancia que para las políticas ambientales y de desarrollo del país tienen la conservación, el uso sostenible y la distribución equitativa de los beneficios derivados del aprovechamiento de la biodiversidad, principios reconocidos en la Convención sobre Biodiversidad, de la que Colombia es parte, y garantizar que las disposiciones del TLC no impidan que el país adopte medidas para promover tales objetivos.

Garantizar también la coherencia entre los Acuerdos Multilaterales de Medio Ambiente, como la Convención de Biodiversidad y su Protocolo de Cartagena, entre otros, y las disposiciones del TLC.

El capítulo ambiental es una herramienta fundamental para garantizar que el TLC sea un instrumento integral de desarrollo que promoverá la sostenibilidad ambiental de las actividades económicas que se deriven del TLC.

*Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Mayo 23 de 2005

 
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