DE LA MINISTRA DE MEDIO AMBIENTE
(tomado de Semana.com)
La ministra de Ambiente, Sandra Suárez, defiende la Ley General
Forestal al asegurar, entre otras cosas, que "busca promover el
desarrollo sostenible del sector forestal colombiano".
Por Sandra
Suárez Pérez*
Cada año, entre 1994 y 2004, el país ha perdido aproximadamente
101.000 hectáreas de bosque, según estudios del Ideam.
El hecho repercute en el incremento de la pobreza de las personas que
dependen de los bosques y en el bajo nivel de la participación
del sector en la economía nacional. Allí se ubica, sobre
todo, la magnitud de la problemática que afecta los bosques.
Este gobierno, atendiendo las problemáticas ambiental, social
y económica que están directamente vinculadas con los
bosques del país, ha asumido el compromiso de resolver esta
situación, teniendo como punto de referencia el Plan Nacional
de Desarrollo Forestal, así como la Meta del Milenio, que se
refiere a garantizar la sostenibilidad del medio ambiente.
El proyecto de Ley General Forestal busca promover
el desarrollo sostenible del sector forestal colombiano, regular
las actividades de administración,
ordenación, manejo, uso y aprovechamiento sostenible de los
recursos forestales y de transformación, movilización
y comercialización de los bienes y servicios de ello derivados,
entre otros aspectos.
Consagra que el objetivo del manejo integral
de los bosques naturales es mantener a un nivel sostenible de productividad,
sus recursos forestales
maderables y no maderables y sus servicios ambientales, conservando
las calidades originales de sus ecosistemas y de su diversidad biológica.
Contrario a lo que se ha expresado en algunos
sectores, el proyecto de ley es claro y respetuoso frente a las comunidades
indígenas
y afrocolombianas. Reconoce su autonomía y la libertad de la
que gozan por principios constitucionales, para la libre toma de decisiones
frente a las actividades forestales que se emprenden en sus territorios.
Esto, a través no sólo de la consulta previa para la
reglamentación de los artículos que puedan impactar en
forma directa e indirecta sus comunidades, sino que garantiza la reglamentación
de los capítulos IV y VII de la Ley 70/93 y su correspondiente
concepto en la Ley 21/91.
En relación con los bosques naturales presentes en áreas
de Parques Nacionales Naturales, así como en áreas protegidas,
el proyecto de ley no permite adelantar ningún tipo de aprovechamiento
forestal, y deja claro adicionalmente que no se podrá efectuar
la eliminación de bosques naturales con fines de ejecución
de actividades agropecuarias, ni de establecimiento de plantaciones
forestales.
En lo relacionado con los tipos de aprovechamiento
de bosques naturales de carácter comercial, el interesado en adelantar dicho aprovechamiento
debe elaborar un Plan de Manejo y Aprovechamiento Forestal, que considere
la oferta y la capacidad de renovación de los recursos por especie,
así como las medidas para garantizar la sostenibilidad del recurso.
Dicho documento debe ser aprobado por la autoridad ambiental.
Para garantizar que los Planes de Manejo y
Aprovechamiento Forestal, aprobados por las Autoridades Ambientales,
se ajusten a la verdad y
a la realidad del bosque natural a aprovechar, el proyecto de Ley desarrolla
una figura jurídica que busca que los ingenieros forestales
que elaboran dichos documentos se conviertan en agentes auxiliares
del Estado. Ello permite un apoyo sin costo alguno en las labores de
monitoreo y control, asumiendo responsabilidades sujetas a sanciones
penales y disciplinarias, en los casos en que la información
consignada no se ajuste a la realidad.
En relación con la producción industrial, se pretende
que el Estado promueva el desarrollo y la modernización del
sector forestal para aumentar la competitividad de la industria. Se
fijan garantías a la inversión, y se promueve el otorgamiento
de créditos preferenciales de fomento para el sector.
La Ley es necesaria porque hoy no existe un
marco jurídico
que permita el desarrollo forestal colombiano con criterios de sostenibilidad
y que propicie tanto el desarrollo comunitario como el desarrollo económico.
Los hechos así lo demuestran y es por eso que no podemos seguir
presenciando una ocupación ilegal de los bosques naturales,
ni un irresponsable aprovechamiento de los mismos sin adoptar decisiones
de fondo sobre la materia. Es necesario aportar al Producto Interno
Bruto del país desde lo ambiental y lo forestal, respetando
los principios constitucionales del desarrollo sostenible y de la función
social y ecológica de la propiedad.
El país puede tener la tranquilidad de que el Gobierno Nacional
ha sido responsable y cuidadoso en el trámite del proyecto,
al buscar introducir en su articulado los aportes que se han generado
en los múltiples debates y demás eventos en los que han
participado todos los sectores interesados en el mismo.
Por último, es importante señalar que el Proyecto de
Ley debe surtir su trámite, ya que reúne las condiciones
necesarias para convertirse en una herramienta fundamental para la
conservación y el uso sostenible de los bosques en Colombia.
* Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
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