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SANCIÓN DE LA NUEVA LEY DE CARRERA ADMINISTRATIVA

Septiembre 23 de 2004 (Bogotá - Cundinamarca)

Compatriotas:

Que bueno que el país tenga hoy una normatividad de carrera administrativa al día donde se cumple con el mandato constitucional de la comisión de la función pública, de la comisión del servicio civil, donde se hace muchísima claridad en materia de concursos, se define el carácter público de los concursos, donde hay un sistema mejor para evaluar a los funcionarios, tanto a los de carrera como los que no están de carrera, que por primera vez serán sujetos de evaluación.

La evaluación a los de carrera, sin renunciar a la motivación en alguna forma flexibiliza la desvinculación del servicio, cuando así lo indique la decisión de quien los evaluó.

Y es bien importante que Fernando Grillo, director de la Función Pública , responda y nos ayude en una tarea pedagógica.

Podríamos decir que los pasos más importantes de este proyecto son: los pasos del concurso, el paso del procedimiento de desvinculación de funcionarios de carrera y el de la creación de la Comisión.

Fernando Grillo, director del Departamento Administrativo de la Función Pública : así es Presidente. Existía una interinidad en la Carrera Administrativa desde hace aproximadamente cinco años, lo que estamos es profesionalizando el servicio civil haciendo que sea difícil acceder al servicio civil y se permanezca con fundamento en el mérito.

Presidente de la República: ¿cuántos cargos del Estado quedan sometidos a concurso para ser provistos?

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : en este momento 300 mil servidores públicos estarán cubiertos por la ley de Carrera Administrativa y sacaremos en el primer trimestre del año 2005, 120 mil cargos a concurso que corresponden a 120 mil servidores públicos que están nombrados provisionalmente.

Presidente de la República: ¿o sea que vamos a pasar de 180 mil servidores de carrera a 300 mil?

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : así es Presidente.

Presidente de la República: ¿quiere decir que ya no serán 180 mil los que ingresarán por concurso, sino 300 mil?

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : efectivamente, esa es la cifra que da el sistema de información.

Presidente de la República: ¿cuáles son las principales funciones de la Comisión?

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : la Comisión es fundamentalmente un órgano garante del principio del mérito.

La Comisión del Servicio Civil tendrá una función principal y es que se respeten los derechos de los servidores públicos de Carrera Administrativa. Así mismo ejecutará los concursos, no directamente -y esto es una novedad importante-, sino los va a ejecutar a través de universidades públicas o universidades privadas que estén acreditadas ante esa Comisión.

Y, si es del caso hacer un concurso en una entidad territorial -por ejemplo-, que está cobijada por la ley, ese concurso lo tendrá que hacer una universidad ubicada donde se vaya a realizar el concurso. Es una Comisión garante del principio del mérito, como lo señaló el constituyente del 91.

Presidente de la República: ¿cómo se integra la Comisión?

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : la primera Comisión estará integrada por tres miembros, a través de candidatos, promovidos por la Corte Suprema de Justicia, la Asociación Colombiana de Universidades y la Defensoría del Pueblo. La Esap o la Universidad Nacional , escogerán tres en orden de elegibilidad, por estricto orden de mérito para que se conforme la Comisión.

Presidente de la República: entonces -es muy bueno repetir esto-, la Comisión tendrá tres miembros, el derecho de postulación lo tienen la Asociación Colombiana de Universidades, la Corte Suprema de Justicia y la Defensoría del Pueblo. Ellos preseleccionan 15 personas, esas 15 personas son examinadas por la Universidad Nacional y por la Escuela Superior de Administración Pública (Esap). De esas 15 personas escogen tres que integrarán la Comisión.

Creo que está claro ese proceso de integración de la Comisión. Y está claro que pasamos de tener 180 mil ciudadanos en el Estado como servidores públicos por meritocracia, a tener 300 mil. Es decir, es un avance de 120 mil cargos en meritocracia, yo creo que es un buen avance.

¿Cómo se flexibiliza la desvinculación?, que ahí es donde ha tenido un gran problema la carrera, porque está bien que haya concurso para entrar, pero no inamovilidad.

El país necesita ser muy selectivo a través del concurso para el ingreso al Estado, pero también facilitar que aquel que no está cumpliendo debidamente con sus deberes lo puedan remover.

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : ese fue el punto fundamental de la ley y de lo que se trata es que sea difícil el acceso y flexible la salida.

Aquí lo que existía era una inamovilidad, una estabilidad irracional en el cargo, prácticamente una escritura en el puesto público. Entonces, cada funcionario será evaluado dos veces en el año y llegado el caso de incumplimiento grave de sus funciones, el nominador lo evaluará, expedirá un acto administrativo y lo podrá retirar del servicio.

Las estadísticas de la Función Pública demuestran que con la calificación ordinaria que traía el anterior sistema de 18 mil servidores públicos, solamente 44 obtuvieron calificación insatisfactoria.

Presidente de la República: ¿la motivación será un acto administrativo?

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : así es, Presidente.

Presidente de la República: ¿o sea que tiene que ser producida con el sumo cuidado, porque es susceptible de recursos por la vía administrativa y por la vía jurisdiccional?

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : en efecto.

Presidente de la República: hay que reglamentarla de tal manera que no se comentan abusos y que el funcionario que tiene que calificar no tenga miedo. Porque si llenamos de pánico al funcionario que tiene que calificar, a nadie van a desvincular.

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : la idea es que se expida un acto cuando hay razones justificada para que ese funcionario sea retirado, se explique porqué se está retirando y el nominando queda absolutamente tranquilo en la ejecución de esa decisión, que simplemente requiere motivar el asunto.

Y quisiera enfatizar en un punto que usted dijo, Presidente, y es que por primera vez en la historia del Servicio Civil en Colombia, vamos a evaluar a los funcionarios que no son de Carrera Administrativa. Es necesario que el funcionario de libre nombramiento y remoción respetando que es de 'libre', tenga un rigor en la ejecución de su tarea.

En consecuencia, cuando un funcionario de 'libre' se posesiona en el cargo, va a suscribir dentro del mes siguiente a su posesión, un acuerdo de gestión y con fundamento al cumplimiento de ese acuerdo de gestión, lo van a evaluar.

Presidente de la República: el país tiene más o menos, sumando las entidades territoriales, tiene alrededor de 200 mil provisionales, ¿qué plazo da la ley para que hagan los concursos para esos provisionales?

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : la ley establece un año después de la conformación de la Comisión del Servicio Civil. Luego, a finales del año 2005, la meta es tener a los servidores públicos ya incorporados en la Carrera Administrativa.

Presidente de la República: los colombianos preguntarán: ¿un paso práctico de esta reforma? Incorporar al sistema de concursos 180, 200 mil cargos, que hoy están por provisionalidades.

¿Cómo queda la relación de la Función Pública y la Comisión?

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : la Función Pública será un instrumento técnico de la Comisión y le daremos todos los insumos en cuanto a evolución de desempeño.

Presidente de la República: ¿pero independiente?

Director del Departamento Administrativo de la Función Pública : es un organismo independiente y lo tenía que ser, porque precisamente esa fue la razón por la cual la Corte Constitucional declaró inexequible.

Entonces, se crea una Comisión autónoma que puede utilizar a la Función Pública y a la ESAP, como instrumento de gestión para mejorar el Servicio Civil en Colombia.

Presidente de la República: Quiero agradecer infinitamente a los ponentes. Los ponentes en el Senado de la República fueron Oscar Iván Zuluaga, Mario Escobar , Dief Maloff y Luis Carlos Avellaneda. En la Cámara fueron Manuel Enrique Rosero, German Aguirre, Pedro Jiménez y Carlos Ignacio Cuervo. A todos ellos nuestra inmensa gratitud. Este es un gran paso que da el Congreso, que da el Ejecutivo, para el bien de Colombia.

Esta ley que se sanciona hoy, es una pieza clave en el proceso de reformar la administración pública colombiana.

A todos mil gracias.

 
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