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Última actualización: 24/10/08 08:50 p.m

Gobierno El Presidente Casa de Nariño Normas
Sala de Prensa Así es Colombia
Glosario de términos El glosario de términos presentados a continuación
se articula de acuerdo con los diferentes Ministerios, Consejerías y Programas del Gobierno Nacional y la Presidencia de la República.
Acción Social
AHE: Atención Humanitaria de Emergencia.

AOD: Ayuda Oficial al Desarrollo.

CCAI: Centro de Coordinación de Acción Integral.

CNAIPD: Consejo Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada.

CNRR: Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación.

CTPD: Cooperación Técnica entre Países en Desarrollo.

Cogestor Social: Es el encargado directo de ejecutar el acompañamiento familiar, es decir, es aquel que visita a las familias de JUNTOS en sus viviendas, como representante del Estado. Su labor principal es asesorar a las familias para que alcance los logros básicos que les permita superar su situación de pobreza extrema, orientándolos a los programas sociales de los municipios, departamento y nivel nacional.

Enlace municipal o local: Es el funcionario responsable de la operación y ejecución del programa Familias en Acción en el nivel municipal o local.

Formulario SIS1: Documento utilizado durante el proceso de inscripción al Programa.

FOCAI: Fondo de Cooperación y Asistencia Internacional.

GME: Grupos Móviles de Erradicación.

Madre líder: Es la represente elegida por un grupo promedio de cincuenta (50) madres titulares de un barrio o vereda, localidad o comuna.  Su labor está dirigida a: animar, facilitar y fortalecer las relaciones dentro de la asamblea; apoyar a las madres beneficiarias en todos los aspectos relacionados con el logro de una buena marcha del programa.

OPD: Organizaciones de Población Desplazada.

OPSR: Operación Prolongada de Socorro y Recuperación.

ODM: Objetivos de Desarrollo del Milenio.

PCI: Programa contra Cultivos Ilícitos.

PIU: Plan Integral Único.

País Posible: Programa Institucional de televisión de ACCIÓN SOCIAL.

RESA: Red de Seguridad Alimentaria.

RUPD: Registro Único de Población Desplazada.

RUPTA: Registro Único de Predios y Territorios Abandonados.

SIFA: Sistema de Información de Familias en Acción.

SNAIPD: Sistema Nacional de Atención Integral a Población Desplazada.

UAO: Unidades de Atención y Orientación.
Alta Consejería Presidencial para el Bicentenario de la Independencia

Bicentenario. Tiene una connotación nacionalista. Supone que en 1810 nace un proyecto de nación con el cual nos debemos identificar todos con orgullo y convicción


Precursores de la independencia.
De la clase alta americana surgieron individuos que por su posición social y sus riquezas habían podido conocer las ideas de la Ilustración y que se preocuparon por darlas a conocer e inculcar en las gentes los deseos de la independencia.


Grito de la Independencia.
Lo que empezó como un enfrentamiento entre españoles y criollos, se convirtió en el punto de partida de la Independencia del país

Democracia
. Es una forma de organización de grupos de personas, cuya característica predominante es que la titularidad del poder reside en la totalidad de sus miembros, haciendo que la toma de decisiones responda a la voluntad colectiva de los miembros del grupo.


Última Proclama del Libertador Simón Bolívar.
“Al desaparecer de en medio de vosotros, me dice que debo hacer la manifestación de mis últimos deseos. No aspiro a otra gloria que a la consolidación de Colombia. Todos debéis trabajar por el bien inestimable de la Unión: los pueblos obedeciendo al actual gobierno para libertarse de la anarquía; los ministros del santuario dirigiendo sus oraciones al cielo; y los militares empleando su espada en defender las garantías sociales. Colombianos, mis últimos votos son por la felicidad de la patria. Si mi muerte contribuye para que cesen los partidos y se consolide la Unión, yo bajaré tranquilo al sepulcro”.
Consejos Comunales de Gobierno

ACCR: Alta Consejería Presidencial para la Competitividad y las Regiones.

Actos públicos:
Son reuniones con la comunidad que se realizan en cualquier región del país y que cuentan con la presencia del señor Presidente de la República, estas, aunque no son consideradas como Consejos Comunales de Gobierno, en ocasiones pueden presentar compromisos del Gobierno con la comunidad respectiva, por lo tanto también tienen un seguimiento riguroso por parte de la Alta Consejería Presidencial para la Competitividad y las Regiones.

Compromisos:
Son las conclusiones que se leen al terminar cada Consejo Comunal de Gobierno y que vinculan directamente a las entidades del Gobierno Central según cada uno de los casos y así buscar solución a la solicitud. Estas tareas se clasifican en: realizada, en proceso y cerrada.

Consejos Comunales de Gobierno – Regionales:
En esta reunión están convocadas varias de las entidades del Gobierno Central, según las necesidades de la comunidad y durante todo el desarrollo del mismo se tratan todos los temas a nivel regional.

Consejos Comunales de Gobierno – Sectoriales:
Estos Consejos se realizan para hablar sobre una temática específica a nivel nacional, generalmente se realizan en Bogotá D.C.


Mesas temáticas:
Derivado de un ejercicio con la comunidad de La Jagua de Ibirico, donde voceros de la comunidad expresaron de manera directa y organizada por sectores las inquietudes de su comunidad, surgió la iniciativa de realizar un trabajo previo a los consejos comunales en el que la comunidad presentara las conclusiones frente a los diferentes niveles de gobierno.

Esta metodología ha sido implementada a partir de enero de este año y se han realizado sin interrupción.

Desde el CCG N° 188 realizado en Ocaña (Norte de Santander), el 2 de febrero de 2008, cuando se dio inicio a esta nueva propuesta metodológica, se han realizado 25 mesas temáticas, que giran alrededor de los siguiente temas: Social (Salud y programas sociales del Estado); educación, cultura y deporte; Ambiente, Vivienda y SPD, Agricultura; Transporte, principalmente.


El número de asistentes a las mesas temáticas oscila entre 50 -200 personas, lo que depende mucho de la población del municipio, la cercanía a otros municipios y hasta las condiciones climáticas. El promedio de asistentes se encuentra en 110 personas.
Consejería para la Presidencia
Control de gestión:Es un mecanismo de seguimiento e información para el Gobierno Central sobre la gestión realizada por sus principales órganos ejecutivos para el cumplimiento de los principales objetivos del gobierno.

Control de gestión institucional:
Es el que se realiza sobre el conjunto de programas de acción de una determinada entidad o institución del gobierno nacional central y sobre las metas e indicadores asociados a ella.

Control de gestión sectorial
: Es aquel que se realiza considerando todos los programas de acción de los entes gubernamentales de un determinado sector de la función pública.

Control de gestión temático
: Es aquel que se programa y realiza para analizar los pormenores de las metas e indicadores de resultado y gestión de un determinado tema.

Consejo de Ministros
: Principal órgano de decisión y discusión de asuntos de Estado de la rama ejecutiva del Gobierno Nacional. Está conformado por el cuerpo de ministros y directores de departamentos administrativos,y es presidido por el jefe de estado.

Consejo de Ministros ordinario
: Es el que se realiza con una programación predefinida que, en el caso del gobierno actual, tiene una frecuencia quincenal.

Consejo de Ministros extraordinario
: Es el que se realiza ante una situación especial o con un objetivo específico y en condiciones de tiempo, locación o asistencia, diferentes al ordinario.

Consejo de Ministros ampliado
: Es aquel al que se convocan representantes de entidades del gobierno nacional nivel central o descentralizado.

Consejo de Ministros público
: Es aquel que, por sus condiciones de realización, permite la consulta, participación o asistencia presencial o virtual de la ciudadanía.

Rendición de cuentas
: Es la principal obligación moral y ética de cualquier gobierno democrático, presentar a la ciudadanía informes periódicos y reales de los principales resultados de su gestión y los principales retos que la orientan.

SIGOB
: Acrónimo de Sistema de Información de Gobierno, implementado por el proyecto RLA 00/2000 del PNUD “Herramientas informáticas de gestión para la gobernabilidad democrática”. Está constituido por un conjunto de módulos informáticos que sustentan la implementación de sistemas de información para el compendio y seguimiento de las principales tareas de la gestión gubernamental enfocadas a brindar un acceso simultáneo y eficiente de los órganos directivos del alto gobierno a las principales informaciones sobre su gestión.

Sobre Bitácora económica
: Es un documento de actualización regular y permanente, preparado por la Alta Consejería Presidencial, que compendia los principales indicadores económicos y de comercio del país y su entorno y que es referencia permanente del gobierno central.
Consejería para la Reintegración

Beneficiario (salud): Persona que no aporta directamente al SGSSS pero tiene derecho al POS. Aplica el régimen contributivo, los beneficiarios son: cónyuge, hijos menores de 18 años, hijos menores de 25 años que estudien y dependen económicamente del afiliado, hijos mayores de 18 años con discapacidad. A falta de los anteriores pueden ser beneficiarios los padres.


Captura
: El acto de aprehender la persona responsable de un delito o reclamada por las autoridades. Para los NNA se habla de “recuperación”.


Centros de Servicio – ACR
: Centros de atención y de enlace de los desmovilizados del proceso de reintegración social y económica de la ACR (PDR). Los Centros de Servicio – ACR (CS-ACR) son responsables de hacerle seguimiento a los desmovilizados, así como de garantizar la oferta de servicios para estos y para la otra población objetivo del PDR tal como están delineados en este documento.


Centros de Referencia y Oportunidades Juveniles CROJ
: Centros de referenciación y acompañamiento a los jóvenes que pasan por los procesos de restitución de derechos en el PAE del ICBF. Su principal función es referenciar a la población beneficiaria a la red de apoyo constituida en cada una de las regiones.


Comité Operativo para la Dejación de las Armas (CODA)
: Comité interinstitucional encargado de verificar que quienes busquen desmovilizarse individualmente verdaderamente hayan pertenecido a un GAOML. El CODA puede negar, aplazar o certificar estatus de desmovilizado a estas personas. En caso de certificar, el CODA entrega un certificado que permite al portador acceder a los beneficios y servicios del PDR.


Comunidad
: Grupo de personas vinculadas y unidas por una identidad que los caracteriza. Comparten valores y principios y establecen en algunos casos relaciones económicas, sociales y políticas.


Convivencia
: Acto de vivir pacíficamente en grupo con otros bajo un acuerdo compartido sobre el manejo no violento de los conflictos, el acatamiento a las normas y leyes y el reconocimiento y respeto por los demás.


CS-ACR
: Centro de Servicio de la ACR. Son las oficinas del Programa de Reintegración que operan en las diferentes regiones de Colombia donde se encuentran ubicados los participantes.


Desarme
: El desarme es una etapa del proceso de DDR y está compuesto por la recolección, documentación, inspección, empadronamiento, traslado y destrucción de todo el material de guerra. En el referido proceso se incluye el material de intendencia.


Desarme, desmovilización y reintegración (DDR)
: Un proceso que contribuye a la seguridad y la estabilidad en una zona, saliendo de una situación de conflicto o de violencia organizada generalizada al desarmar a los combatientes, sacarlos de estructuras militares y dotarlos con las herramientas necesarias para reintegrarse social y económicamente a la sociedad civil.

Ver también definiciones de “desarme”, “desmovilización” y “reintegración”.


Desmovilización
: La desmovilización es una etapa de un proceso de DDR, que consiste en la decisión individual y voluntaria de abandonar su pertenencia a un GAOML, así como sus actividades dentro del mismo. Este procedimiento se puede realizar individual o colectivamente.

En Colombia la etapa de desmovilización está a cargo del Ministerio de Defensa Nacional (MDN) en el caso de desmovilizados individuales, y en las desmovilizaciones colectivas está a cargo de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz (OACP).


Desmovilizado
: Aquel que por decisión individual abandone voluntariamente sus actividades como miembro de organizaciones armadas al margen de la ley, esto es, grupos guerrilleros y grupos de autodefensa, y se entregue a las autoridades de la República.


Desvinculados
: Se entiende por desvinculados, los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que en cualquier condición dejan de ser parte de grupos armados organizados al margen de la ley.


Empleabilidad
: Se refiere a las competencias y cualificaciones transferibles que refuerzan la capacidad de las personas para aprovechar las oportunidades de educación y de formación que se les presenten con miras a encontrar y conservar un trabajo decente, progresar en la empresa o al cambiar de empleo y adaptarse a la evolución de la tecnología y de las condiciones del mercado de laboral.


EPS
: Entidad promotora de salud, entidad responsable de la afiliación y recaudo de las cotizaciones (aportes). Su función principal es organizar y garantizar el paquete de servicios de salud contenidos en el plan obligatorio de salud.


Grupo familiar
: Se entiende como grupo familiar del desmovilizado(a), el (la) cónyuge o el (la) compañero (a) permanente, los hijos y, a falta de cualquiera de los anteriores, los padres. Cuando se trate de compañeros permanentes su unión debe ser acreditada en los términos de la ley 54 de 1990, modificada por la ley 979 de 2005.

Excepcionalmente, el Programa de Atención Humanitaria al Desmovilizado del Ministerio de Defensa Nacional, evaluará bajo estrictos criterios humanitarios los casos en que el desmovilizado solicite la inclusión de un miembro de su entorno familiar, que no corresponda a la enumeración del inciso primero, únicamente a los servicios que dicho programa ofrece. Esta inclusión no compromete los servicios que posteriormente recibirá el certificado por parte de la Alta Consejería para la Reintegración Social y Económica de Personas y Grupos Alzados en Armas


Grupo armado al margen de la ley (GAOML)
: Se entiende por grupo armado organizado al margen de la ley aquel grupo de guerrilla o de autodefensas, o una parte significativa e integral de los mismos como bloques, frentes u otras modalidades de esas mismas organizaciones que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerza sobre una parte del territorio un control tal que le permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas.


Incentivos
: Actos o condiciones que motivan el logro de una meta.


IPS
: Institución Prestadora de Servicios de Salud (pueden ser: hospitales, clínicas privadas, laboratorios clínicos y consultorios odontológicos, entre otros. 


Monitoreo
: Es una actividad de seguimiento y vigilancia constante de la implementación de un plan de acción que establece si las acciones tomadas han avanzado según el plan y que toma medidas a tiempo si existen deficiencias.


Niño, niña o adolescente
: Cualquier persona menor de 18 años de edad.


Participante:
Es el usuario de los servicios del PDR de la ACR.


Proceso
: Conjunto de actividades que de forma lógica, ordenada y sistemática transforman un insumo en un producto final y a su vez genera retroalimentación.


Programa
: Un término genérico que describe una serie de actividades diseñadas para lograr un objetivo específico. Para asegurar que los resultados de un programa se logren, las actividades se desarrollan dentro de un marco definido por una estrategia, unos principios claves y unas metas específicas. Juntos indican como las actividades serán estructuradas e implementadas. Un programa también incluye una descripción de todos los aspectos necesarios para implementar las actividades planeadas, incluyendo aportes y recursos (personal, equipo, fondos etc.), preparativos administrativos, marco legal y análisis de riesgo.


Proyecto
: Dentro de cada programa es posible que existan una serie de proyectos los cuales se definen como empresas separadas. Un proyecto es una intervención que consiste en una serie de actividades planeadas e interrelacionadas cuya meta es lograr un objetivo definido. Las actividades y objetivos de un proyecto normalmente se declaran en un documento de proyecto. Este acuerdo legal vincula a los signatarios a elaborar las actividades definidas y proporcionar recursos específicos para lograr los objetivos acordados.


Reinserción
: Es la etapa justo después de la desmovilización pero previa a la reintegración.  Comprende una asistencia transitoria para ayudar a cubrir las necesidades básicas del desmovilizado y su grupo familiar luego de la desmovilización y puede incluir prestaciones transitorias de comida, vestuario, alojamiento, servicios médicos, educación a corto plazo, entrenamiento, empleo e instrumentos de trabajo. Mientras que la reintegración hace referencia a un proceso a largo plazo que incluye procesos sociales y económicos de desarrollo, la reinserción se concentra en cubrir las necesidades inmediatas y algunos de sus componentes pueden durar hasta un año.


Reintegración
: Es el proceso a través del cual los desmovilizados adquieren un estatus civil. La reintegración es esencialmente un proceso sin límite de tiempo, que se lleva a cabo primordialmente a nivel local. Hace parte del desarrollo general de un país y constituye una responsabilidad nacional que puede ser complementada con apoyo internacional.


Seguridad
: Las percepciones de un individuo o grupo de individuos acerca de su seguridad física, bienestar y protección de un ataque o conflicto violento; ó el control de riesgo, integrado con una capacidad apropiada de reacción.


Sociedad Civil
: Concepto original del modelo tri-sectorial que divide al Estado en gobierno, mercado y sociedad civil. Bajo esta perspectiva, la sociedad civil emerge como un sector voluntario constituido por individuos asociándose de forma libre y formal para conseguir propósitos sin ánimo de lucro en movimientos sociales, cuerpos religiosos, grupos femeninos y juveniles, organizaciones indígenas, asociaciones profesionales, sindicatos, etc.

Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer (CPEM)

Acciones Afirmativas: Son medidas temporales encaminadas a equiparar o nivelar condiciones de desigualdad. Se basan en el concepto de justicia y  de equidad, buscan que la igualdad formal planteada en las normas, se transforme en igualdad real y  son temporales en la medida en que sólo estarán vigentes hasta que las condiciones de desigualdad que las originaron, desaparezcan.


Acuerdo Nacional por la Equidad entre Mujeres y Hombres:
Constituye el compromiso del Gobierno Nacional, y de los poderes Legislativo y Judicial, necesario para avanzar en un proceso de transformación cultural e institucional que propicie las condiciones requeridas para un desarrollo en equidad, sin discriminación y con oportunidades.


Alfabetización jurídica:
Dar a conocer las leyes y normas nacionales e internacionales sobre las mujeres a funcionarias/os públicas/os, mujeres y organizaciones o entidades competentes, para apoyar su cumplimiento y el ejercicio de sus derechos.


Áreas programáticas:
Con el propósito de desarrollar los lineamientos de la política Mujeres Constructoras de Paz y Desarrollo, la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer ha definido los siguientes ejes temáticos:
- Empleo y Desarrollo Empresarial
- Educación y Cultura
- Violencias contra las Mujeres
- Participación Política


Autonomía:
Es la capacidad adquirida por cada persona para decidir libremente, por sí misma, sobre sus posibilidades de relación con la sociedad en los niveles personal, social, económico,
cultural y político. La autonomía se fortalece desde los procesos de empoderamiento individual, colectivo y comunitario.


Consejos Comunitarios de Mujeres:
Instancias en municipios y departamentos, con el fin de facilitar la participación de las mujeres, desde su diversidad, en las decisiones que les afectan; así mismo, para fortalecer la implementación de la política Mujeres Constructoras de Paz y Desarrollo y el empoderamiento de las mujeres.


Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer:
Principal instancia gubernamental de carácter nacional, responsable de promover la equidad de género en Colombia, de establecer mecanismos de seguimiento y de apoyar la formulación de nuevas políticas, proyectos y programas. Es la entidad rectora de las políticas para las mujeres.


Descentralización:
Aplicada en Colombia desde 1985, la descentralización fortalece la autonomía de los municipios y departamentos en las decisiones políticas, administrativas y financieras, y posibilita procesos de desarrollo más participativos. La política Mujeres Constructoras de Paz y Desarrollo propende porque los entes territoriales incluyan en sus estructuras orgánicas y ejecutoras de política la equidad de género.


Educación y cultura
. Fomentar en todos los espacios de nuestra sociedad una educación para la vida que promueva el aprecio por la diversidad, la tolerancia y el respeto a las diferencias de género de las personas, así como garantizar, con igualdad y equidad, en todos los niveles, tipos y modalidades educativas, atención específica a las niñas y las mujeres, para ampliar su participación y desempeño en todos los campos de la actividad humana con un sentido de justicia, al margen de prejuicios y discriminaciones.


Empleo y Desarrollo Empresarial
: Crear gradualmente oportunidades para que las mujeres puedan acceder a un empleo digno y remunerado o puedan desarrollar sus actividades empresariales a través de la promoción de medidas de carácter afirmativo, que procuren la eliminación de los diferenciales entre hombres y mujeres en los indicadores del desarrollo.


Encuentros con mujeres escritoras:
Reconocer y valorar el aporte de las mujeres a la cultura, las letras y las artes en Colombia.


Equidad de género:
El concepto de género hace referencia a la construcción de relaciones equitativas entre hombres y mujeres desde sus diferencias, tanto como a la igualdad de derechos, al reconocimiento de su dignidad como seres humanos y a la valoración equitativa de sus aportes a la sociedad.


Equidad:
Hace relación al trato diferencial, y en ocasiones preferencial, que requieren las personas o grupos en razón de su situación, generada desde sus diferencias y desventajas, lo
cual facilita garantizar mayor acceso a la igualdad en el disfrute de sus derechos y recursos.


Género
: La categoría de género identifica y analiza diferencias y relaciones determinadas culturalmente, susceptibles de ser transformadas, y no a particularidades biológicas, determinadas por el sexo.


Igualdad:
Se refiere a que tanto mujeres y hombres –desde sus diferencias–, como grupos poblacionales –desde sus particularidades– tengan oportunidades equitativas para su pleno desarrollo como personas y como grupos humanos.


Observatorio de Asuntos de Género
: Es una herramienta de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, creado para investigar, documentar, sistematizar, analizar y hacer visible la situación de las mujeres y de la equidad de género en Colombia, con el objeto de formular recomendaciones en materia de políticas, planes, programas y normas, que contribuyan a cerrar las brechas de equidad de género en el país.


Participación
: Fundamento de la democracia y columna vertebral de la Constitución Política de 1991, juega un papel central en las propuestas de desarrollo con equidad. Su ejercicio es estratégico para que mujeres y hombres incidan en las decisiones y el devenir de sus comunidades, de sus localidades y regiones y del país, en los ámbitos social, político, económico, cultural y ambiental. En otro nivel, la participación es decisiva en la construcción de relaciones equitativas en los ámbitos de la vida personal, familiar y social.


Participación Política
. Garantizar a las mujeres el acceso y la plena participación en las estructuras de poder y la toma de decisiones, en igualdad de condiciones que los hombres.


Política Mujeres Constructoras de Paz y Desarrollo
: Política Afirmativa a favor de las mujeres que responde a la propuesta de construir equidad social y equidad de género; focaliza las acciones hacia las mujeres de más bajos recursos, especialmente mujeres cabeza de familia, emprendedoras, microempresarias, líderes sociales y comunitarias, actoras de la cultura, entre otras, propicia la participación ampliada, directa y autónoma de las organizaciones de mujeres en diferentes espacios de consulta y de concertación y enmarca todo su accionar en la promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres.


Respeto a la diversidad
: El reconocimiento de las diferencias existentes entre distintos grupos poblacionales y el respeto por sus particularidades y por la singularidad de sus demandas, necesidades e intereses son básicos en la construcción del desarrollo con equidad. En términos de política social, esto permite, por ejemplo, diseñar y adelantar estrategias específicas y diferenciales, destinadas a potenciar las capacidades de determinados grupos de población y a mejorar su condición y su posición (mujeres, infancia, jóvenes, adultas/os mayores, grupos étnicos, mujeres pertenecientes a comunidades afrocolombianas o indígenas, comunidades campesinas de una localidad, organizaciones comunitarias, entre otros).


Respeto a los derechos de las mujeres
: Son las facultades o atributos que permiten a la persona reclamar lo que necesita para vivir de manera digna y para desarrollarse en comunidad. Constituyen así una guía para establecer relaciones armónicas en la sociedad. Las mujeres, en igual medida que los hombres, deben poder ejercer los derechos consagrados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.


Violencia contra las mujeres
. Prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, impulsando un marco jurídico nacional eficiente y acorde con los compromisos internacionales en materia de derechos humanos para las mujeres adultas, jóvenes y niñas, a través del cual se promoverá y garantizará el pleno disfrute de estas normas fundamentales.


Transversalidad de Género
: Promueve una  “Agenda de País en materia de género” que garantice incorporar esta dimensión, en Políticas, planes, programas, presupuestos, que adelanta el Gobierno Nacional, así como la incorporación de esta dimensión en leyes, sentencias estableciendo marcos de colaboración, con las demás ramas del poder público, el sector privado y las instituciones académicas.  El desarrollo de esta estrategia implica seguir una Ruta trazada por la CPEM para que se cumplan unos presupuestos básicos por parte de las instituciones que actúan en ella, para que surta los efectos esperados, tales como: voluntad política, institucionalidad, coordinación, información, sensibilización, capacitación y desarrollo de competencias, planeación, presupuesto, planes de acciones directas o políticas afirmativas, concertación, ejecución, monitoreo, mecanismos de seguimiento, evaluación, estrategia de comunicaciones y sostenibilidad. Procura asistencia técnica para garantizar la incorporación de la Perspectiva de Género en las políticas y en entidades públicas del nivel central y territorial.


Programa Presidencial de Derechos Humanos

Acciones Humanitarias: “Conductas positivas – o de hacer – que se adoptan para el bien de la humanidad. La Constitución impone a toda persona el deber de obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias a cualquier situación en la cual peligren la vida o la salud de otros” (Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pag. 13).

Acción de Tutela: Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente o sumario, por sí misma o por quién actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuandoquiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública. La protección consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de hacerlo. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y, en todo caso, este lo remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Esta acción solo procedera cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable".

Constitución Política de Colombia. Artículo 86

Acción urgente: a) Mecanismo utilizado por las Organizaciones No Gubernamentales, ONG, o por las víctimas de violaciones a los derechos humanos, para transmitir hechos que estiman graves a organismos nacionales e internacionales de protección de estos derechos.

b) Mecanismo utilizado por el gobierno de un Estado frente a una crisis de carácter humanitario originada por un conflicto armado o por una catástrofe natural, por medio del cual se convoca la solidaridad y cooperación internacional”.

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pag. 13).

Amnistía: “Decisión del Estado por medio de la cual se olvidan los hechos “delictuosos” cometidos por quienes hayan tomado parte en un conflicto y estén siendo procesados. La amnistía conlleva el perdón o la revisión de la pena correspondiente. Sólo puede otorgarse con respecto a los delitos políticos”.

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pag. 21).

Apátrida
: “El término designa a una persona que ningún Estado considera como su ciudadano, de conformidad con su propia legislación.”

(Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados, de Pietro Verri, CICR).

Autodeterminación de los pueblos: “Principio de Derecho Internacional Público en virtud del cual todo pueblo tiene derecho a determinar con plena libertad, sin injerencias, su condición política, y a proseguir su desarrollo económico, social y cultural.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pag. 36).

Bien común: “Totalidad de los factores de variada naturaleza – sociales, económicos, políticos, culturales, etcétera – que en cierta época y en determinado lugar hacen posible el desarrollo integral de la persona, permitiéndole acceder sin obstáculos a cuanto humanamente perfecciona. El bien común, fin y tarea del Estado, se identifica con la utilidad pública y con el interés social; su búsqueda constituye el punto de partida en la realización de la justicia”.

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pag. 42).

Constitución Política: “Normativa suprema del Estado colombiano, en cuyas disposiciones están las bases fundamentales de su organización jurídico política. La Constitución es la norma de normas, y a ella deben dar acatamiento los nacionales y extranjeros que habitan en el país.

Hoy en día se encuentra vigente la Constitución Política de 1991, con las reformas introducidas por actos legislativos expedidos a partir de 1993. La Constitución puede ser reformada por el Congreso, por la Asamblea Constituyente, o por el pueblo mediante referendo”.

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 67)

Consulta Popular: “Uno de los mecanismos de participación democrática consagrados en la Carta Política de 1991. Con la consulta popular se busca hacer un sondeo a la opinión pública sobre un asunto de interés general. Aunque es tarea del legislador el diferenciar este mecanismo de los de referendo y plebiscito, la doctrina señala que la consulta popular se aplica para definir cuestiones de carácter general, a diferencia de los demás mecanismos”.

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág.. 68)

Comunidad de Paz: “En Colombia se denomina así a ciertos grupos de personas, establecidos en algunos municipios o corregimientos que se declaran neutrales ante las Partes en conflicto armado. “Comunidad de Paz” no tiene una definición en el Derecho Internacional Humanitario ni en el Derecho Interno”.

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág.. 61).

Debido Proceso: “Proceso que se adelanta y concluye con el lleno de las exigencias formuladas por la Constitución y las leyes, para asegurar a toda persona justiciable su derecho fundamental a ser oída en forma pública, con las debidas garantías y sin dilaciones injustificadas, ante una autoridad independiente e imparcial, facultada por la ley para ejercer jurisdicción en el caso concreto.
Los principios y las reglas del debido proceso deben aplicarse tanto a las actuaciones judiciales como a las actuaciones administrativas.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág.. 81).


Democracia: Forma de gobierno y estilo de vida cuyo fundamento es la participación directa o indirecta del pueblo en la conformación, el ejercicio y el control del poder público.
En el sistema democrático la autoridad se basa en la voluntad popular, expresada en elecciones periódicas, libres, auténticas y disputadas. La existencia de la democracia implica el reconocimiento efectivo de los derechos humanos, la sujeción de los gobernantes al orden jurídico y el respeto por el pluralismo y la práctica de la tolerancia, entre otros aspectos. La República de Colombia está constitucionalmente definida como democrática, participativa y pluralista.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág.. 85)

Democracia participativa: “En esta forma de ejercer la democracia se insiste en que el pueblo no solamente tome parte en la legitimación del orden jurídico y en la formación de la voluntad política – como lo hace la democracia representativa-, sino que también intervenga activamente en la construcción de la voluntad estatal, plasmada en el conjunto de las decisiones de las autoridades.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 86).

Derechos Humanos : “Conjunto de libertades de las que puede beneficiarse el individuo en sus relaciones con otros individuos o con el Estado. Los principios que fundamentan estos derechos han sido objeto, desde el final de la Segunda Guerra Mundial, de un notable impulso, gracias a fuertes corrientes de opinión que se han consolidado en la Organización de las Naciones Unidas o de organizaciones zonales, tales como el Consejo de Europa. La expresión "derechos humanos" abarca hoy una vasta gama de derechos y de garantías del individuo que comprenden esencialmente: el derecho a la integridad física y mental, a la libertad de movimiento, a la libertad personal, a la de pensamiento, de reunión y de asociación, a la igualdad, a la propiedad, a la realización de sus aspiraciones, a la participación en la vida política. La Asamblea General de las Naciones Unidas afirmó el principio según el cual los derechos humanos deben ser plenamente respetados incluso durante los períodos de conflicto armado.”

(Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados, de Pietro Verri, CICR).

“Conjunto de libertades de las que puede beneficiarse el individuo en sus relaciones con otros o con el Estado.
Son todas aquellas facultades o atributos que permiten reclamar lo que necesita para vivir de manera digna, y para cumplir con los fines propios de la vida en comunidad.
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos, DIDH, está constituido por el conjunto de tratados internacionales sobre esta materia.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 94).

Diferencias entre DDHH y DIH: Mientras los derechos humanos tienen vigencia y aplicación permanentes, el Derecho Internacional Humanitario, sólo cobra vigencia en conflictos armados, sean estos internos o internacionales.

Desde el punto de vista de los instrumentos jurídicos:

Derecho Humanitario:
· Se encuentra plasmado principalmente en los Convenios de La Haya y los de Ginebra, además de los Protocolos a las Convenciones y el Estatuto de la Corte Penal Internacional
· A nivel nacional también se encuentra plasmado por la vía de los derechos humanos en tanto deben respetarse aún en contextos de conflictos armados. Se aplican además el Código Penal, el Código Penal Militar y el Código de Justicia Militar en lo que se refiere al conflicto.        

Derechos Humanos:
· Encuentran en la Declaración de Derechos Humanos su fuente principal. Sin embargo, a partir de ella se han ido elaborando una serie de pactos y convenciones que dan cuenta de categorías de derechos como de titulares de los mismos. Es el caso de los Pactos de Derechos Civiles y Políticos y de los DESC, y de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y su Protocolo Facultativo, la Convención de derechos de los niños y de las niñas, y la Convención Belem do Pará, entre otros.
· A nivel nacional se encuentran plasmados en las cartas o textos constitucionales y en las leyes nacionales, entre ellas, el Código Penal, Código Civil, etc.     

Desde el punto de vista de a quienes protege:

Derecho Humanitario:           
· Protege a los combatientes, a los combatientes fuera de combate y a la población civil.

Derechos Humanos: 
· Protegen a todos los seres humanos aunque dado su desarrollo ha puesto especial énfasis en aquellos grupos que se encuentran discriminados; Mujeres, niños y niñas, grupos étnicos, entre otros.

Desde el punto de vista de quien tiene la responsabilidad de su aplicación:

Derecho Humanitario:           
· En su aplicación la tienen los Estados, los grupos armados y las partes en conflicto.

Derechos Humanos: 
· Corresponde principalmente a los Estados y sus instituciones, aunque cada vez más cada una de las personas que habita este plantea tiene responsabilidad en ello.

Discapacidad: “Resultado de una relación dinámica de la persona con los entornos políticos, sociales, económicos y culturales dónde encuentra limitaciones o barreras para su desempeño y participación en las actividades de la vida diaria en estos entornos”

(Política Pública de Discapacidad para el Distritito Capital. Decreto 470 de 2007 PP 17-18)

Estado de Derecho: “Tiene cuatro características fundamentales: la primera es el imperio de la ley. La segunda es la separación e independencia entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. La tercera es el sometimiento de la Administración al orden jurídico. La cuarta tiene que ver con el reconocimiento efectivo, la garantía eficaz y la realización material de los derechos y libertades de la persona.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 115).

Estado Social de Derecho : “Este tipo de organización estatal busca la síntesis entre la democracia y los fines sociales de toda estructura institucionalizada de poder. Su realización se logra mediante la satisfacción de las demandas vitales de las personas menos favorecidas, la corrección de las estructuras injustas originadas en el abuso del tener, la guarda eficaz de los bienes colectivos y la defensa de la iniciativa privada y de la libertad de empresa, en un marco jurídico que las ponga al servicio del desarrollo integral del ser humano. Colombia es un Estado social de derecho con forma unitaria o centralista, y gobierno republicano.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 117).

Hábeas Corpus: “Institución del derecho medieval inglés, hoy acogida en todos los países democráticos. Es el mecanismo procesal – acción o recurso- que permite a una persona privada de la libertad solicitar y obtener de una autoridad judicial el control inmediato de su caso, para establecer la legalidad o ilegalidad de aquella privación.

La Constitución colombiana reconoce el derecho de toda persona a invocar, ante cualquier autoridad judicial y en todo tiempo, por sí misma o por intermedio de otra, el Hábeas Corpus. También se halla constitucionalmente facultado para invocar este derecho el Defensor del Pueblo. Las peticiones de Hábeas Corpus deben ser resueltas en un término de treinta y seis horas.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 141).

Humanitario : “Consideración humana que busca disminuir los padecimientos y sufrimientos de los seres vivos. Se refiere también al respecto a los bienes protegidos.”         

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 142).

Inclusión social: Implica acceder, disponer, aportar y transformar las condiciones que determinan la desigualdad.  Implica también, reconocer y hacer uso de los recursos conceptuales, técnicos y metodológicos que contribuyen a reconstruir los lazos sociales y culturales para disfrutar de la vida. 

(Política Pública de Discapacidad para el Distritito Capital. Decreto 470 de 2007 PP 23)

Indefensión : “Situación de una persona que con respecto a otra y por cualquier causa se encuentra indefensa. La indefensión es la ausencia de medios jurídicos o materiales para ampararse, librarse o protegerse. La ley debe señalar los casos en que la acción de tutela procede contra particulares frente a los cuales el actor se halle en situación de indefensión.”  

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 143).

Indulto: “(O gracia presidencial). Perdón total o parcial que concede el Presidente de la República sobre el cumplimiento de una pena impuesta a personas contra las cuales se han dictado sentencias condenatorias por delitos políticos y delitos comunes conexos con ellos, salvo secuestro o narcotráfico.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 144).

Intolerancia: “Es la intransigencia y la falta de respeto hacia las opiniones o prácticas ajenas y, como consecuencia, hacia las personas. La intolerancia niega el trato justo o igual.”      

(Educar en Derecho Internacional Humanitario. Conciencia Colombia y Facultad de Derecho – Universidad de los Andes. Bogotá, 2004. Pág. 74).

Irrenunciabilidad: “Calidad de aquello a lo cual no se puede válidamente renunciar. Los derechos humanos, reconocidos como inalienables por la Constitución colombiana, no son renunciables por las personas, pues su abandono implicaría ignorar la dignidad sobre la cual se fundamentan.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 146).

Lesa Humanidad: “Dolor o sufrimiento que se causa a la humanidad.”          

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 151).

Rehabilitación Funcional: “Conjunto organizado de actividades, procedimientos e intervenciones tendientes a desarrollar, mejorar, mantener o restaurar la capacidad funcional física mínima.

(Ministerio de la Protección Social. Lineamientos de política. Habilitación / Rehabilitación integral para el desarrollo familiar, ocupacional y social de las personas con discapacidad.  Documento preliminar. 2003).

Rehabilitación Integral: Conjunto de procesos terapéuticos, educativos, formativos y sociales que buscan el mejoramiento de la calidad de vida y la plena integración de la persona con discapacidad al medio familiar, social y ocupacional. Está articulada y armonizada en el desarrollo de habilidades funcionales, ocupacionales y sociales. Colombia, Ministerio de la Protección Social. Lineamientos de política. Habilitación / Rehabilitación integral para el desarrollo familiar, ocupacional y social de las personas con discapacidad. Documento preliminar. 2003.

Territorio de Paz: “En Colombia se le dice a una porción del territorio nacional habitada por personas pertenecientes a la población civil, que se declaran neutrales frente a los actores armados.”

(Para Desarmar la Palabra. Corporación Medios para la Paz. Bogotá, 1999. Pág. 225).

Tortura: “Según la definición adoptada por las Naciones Unidas, el término designa todo acto por el cual se inflijan intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin, en particular, de:

a) obtener de ella o de un tercero información o una confesión;
b) castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que haya cometido;
c) intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.

No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas. La tortura constituye una forma grave y deliberada de penas o de tratos crueles, inhumanos o degradantes y ningún Estado puede autorizar o tolerar estos actos, ni siquiera en circunstancias excepcionales, ya sea el estado de guerra o amenaza de guerra, de inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública. Los Estados deben tomar todas las medidas necesarias para impedir los actos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en su jurisdicción, así como para castigar a los autores de tales actos. En el adiestramiento de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y de los funcionarios públicos que tienen la responsabilidad de personas privadas de libertad, los Estados deben velar por que se les informe sobre la prohibición de practicar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Si se comete en tiempo de guerra, se considera la tortura como crimen de guerra.

La tortura y los demás tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes están prohibidos en diferentes instrumentos jurídicos internacionales. La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó, además, en 1984, una Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.”

(Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados, de Pietro Verri, CICR).

Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción

Auditorías Visibles:  Es una manera de complementar con control social los controles de la administración, el ministerio público, la contraloría y la justicia sobre la ejecución contractual financiada con recursos del sistema general de participaciones y de regalías.  A través de ellas la ciudadanía procura que los recursos públicos destinados a educación, salud, acueducto, alcantarillado, saneamiento básico, vivienda y la garantía de los derechos de la población en condición de vulnerabilidad sean planeados, invertidos y ejecutados de manera efectiva.

Control social: El derecho y el deber que tiene todo ciudadano de participar en los asuntos de interés público. El control social se constituye en una forma de autorregulación social que tiende puentes entre el Estado y la sociedad civil, organizada o no, en la medida en que busca prevenir, racionalizar, proponer, acompañar, sancionar, vigilar y controlar la gestión pública y sus resultados. El control social surge como posibilidad para que lo público sea de la ciudadanía.

Corrupción: Lesionar los intereses colectivos haciendo un uso indebido del poder político, social o económico para la obtención de un beneficio particular.

Índice de Transparencia: El Índice de Transparencia de las Entidades Públicas es un instrumento que mide las condiciones institucionales que favorecen o previenen el surgimiento de riesgos de corrupción en las entidades públicas.

Pacto de Transparencia: Es un acuerdo de voluntades entre gobernantes y ciudadanos que a partir de la aplicación de buenas prácticas de probidad y de lucha contra la corrupción, como el mayor acceso a la información pública con énfasis en planeación, presupuesto y contratación; la rendición pública de cuentas; el control social; y el presupuesto participativo, entre otras, permite sumar esfuerzos para lograr que se cumplan los planes de desarrollo y activar la democracia participativa en las entidades territoriales.
Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonal

Accidente: Por “accidente” se entiende un acontecimiento indeseado causado por minas antipersonal o municiones
sin explotar que causa daño físico y/o psicológico a una o más personas.

Accidente en desminado: Es un acontecimiento indeseado causado por minas antipersonal o municiones sin explotar que causa daño físico y/o psicológico a una o más personas, y se produce en un sitio de trabajo de desminado.

Acción Integral contra Minas Antipersonal: Conjunto de actividades que tienen por objeto reducir el impacto social, económico y ambiental de las minas antipersonal y de las municiones sin explotar.

Nota: La Acción Integral contra Minas Antipersonal no se limita únicamente al desarrollo del proceso de desminado humanitario; comprende también a personas y sociedades y la manera en que éstas se ven afectadas por la sospecha o presencia de minas antipersonal. Su objetivo es reducir el riesgo causado por las minas antipersonal hasta niveles que permitan a las comunidades vivir en condiciones de seguridad, disfrutando de un desarrollo económico, social y de salud exento de las limitaciones que impone la sospecha o presencia de minas antipersonal y satisfaciendo las necesidades de las víctimas de tales artefactos. La Acción Integral contra Minas Antipersonal consta de cinco grupos complementarios de actividades:

a) Educación en el Riesgo de las Minas Antipersonal.

b) Desminado humanitario.

c) Asistencia a las víctimas, incluyendo su rehabilitación y reintegración.

d) Destrucción de arsenales almacenados.

e) Cabildeo contra la utilización de minas antipersonal.

Nota: Para apoyar estos cinco componentes de la Acción Integral contra Minas Antipersonal se necesitan otras actividades coadyuvantes, en particular la evaluación y la planeación, la movilización de recursos y la fijación de sus prioridades, la gestión de la información, el perfeccionamiento de las calificaciones profesionales y la formación del personal , la administración de calidad y el empleo de un equipo eficaz, eficiente, adecuado y seguro.

Accidente por map: Es un acontecimiento indeseado causado por minas antipersonal que causa daño físico y/o sicológico a una o más personas, y se produce lejos del sitio de trabajo de desminado.

Accidente por muse: Es un acontecimiento indeseado causado por municiones sin explotar que causa daño físico y/o psicológico a una o más personas, que se produce lejos del sitio de trabajo de desminado.

Administración de calidad: Actividades coordinadas para dirigir y controlar una organización con relación a la calidad.

Amenaza
: Es el peligro latente asociado a, o probabilidad de ocurrencia de un evento, en este caso, la activación de
una o varias minas antipersonal, que puede producir efectos adversos sobre las personas o los bienes, en un lugar determinado.

Amenaza de minas y munición sin estallar: Indicación de los daños posibles que pueden causar las minas y la munición sin estallar en una zona determinada en función de su número, tipo, disposición y detectabilidad.

Área de Instrucciones: En el contexto de las operaciones de desminado humanitario, es un punto de control claramente identificable que pretende ser el primer punto de entrada a un sitio de trabajo de desminado.

Nota: El área de instrucciones contiene un plano del campo minado y del nivel actual de despeje, en una escala lo suficientemente amplia para efectos de recibir instrucciones, señalando la ubicación de los puntos de control (estacionamiento de vehículos, punto de primeros auxilios, áreas de almacenamiento de explosivos, las áreas en
las cuales el trabajo de despeje se encuentra en progreso, así como las distancias), y el lugar en donde se entrega a los visitantes el equipo de seguridad.

Área Despejada: Es un área que ha sido procesada física y sistemáticamente por parte de la organización de desminado a instancias del Ministerio de Defensa Nacional para asegurar la remoción y/o destrucción de todos los peligros provenientes de minas antipersonal y municiones sin explotar, hasta una profundidad especificada.

Nota: Las áreas despejadas pueden incluir terrenos que han sido despejados durante el proceso de investigación técnica, incluyendo corredores limítrofes y corredores despejados. Las áreas que han sido despejadas para propósitos administrativos en el sitio de trabajo, como estacionamiento de vehículos, sitios para almacenamiento y puestos de
primeros auxilios no es necesario que se encuentren oficialmente documentadas como despejadas.

Área de Instrucción: Lugar a una distancia segura, diferente al sitio de trabajo claramente identificado que tiene como objeto informar al personal ajeno a los trabajos sobre las actividades realisadas por la organización de desminado.

Área Minada: Es un área que es peligrosa debido a la presencia de minas antipersonal o municiones sin explotar.

Área ó Punto de Control: Corresponde a todos los puntos o áreas utilizados para controlar los movimientos de visitantes y personal en un lugar de trabajos de desminado.

Área Peligrosa: Término genérico para definir un área que no se encuentra en productividad debido a que se sospecha o se conoce sobre la presencia de minas antipersonal o municiones sin explotar.

Área Reducida: Ver reducción de área - Es el área remanente de terreno peligroso después del proceso de reducción del área. Se lo sigue denominando como un área peligrosa.

Área Utilizable ( Segura ): Es el área en la que se considera que no existe riesgo o se presenta riesgo tolerable proveniente de minas antipersonal o municiones sin explotar.

Arsenal de Minas Antipersonal: En el contexto de la Acción Integral contra Minas Antipersonal, el término se refiere a un gran número Glosario Nacional Básico General de términos Acción Integral contra Minas Antipersonal de minas antipersonal almacenado para fines de destrucción.

Artefactos Explosivos: Todas las municiones que contienen explosivos, materiales de fisión o fusión nuclear y agentes biológicos y químicos. Esto incluye bombas y cabezas explosivas; misiles guiados y balísticos; artillería, morteros, cohetes y municiones de armas pequeñas; todas las minas, torpedos y cargas de profundidad; pirotécnicos; bombas dispersoras y alimentadoras; cartuchos y dispositivos accionados por propelentes; dispositivos electro-explosivos; dispositivos explosivos clandestinos e improvisados; y todos los elementos similares o relacionados o componentes de
naturaleza explosiva.

Artefacto Explosivo Abandonado: Artefacto explosivo no utilizado durante un conflicto armado, que ha sido abandonado o arrojado por una parte en el conflicto armado, y que ya no se encuentra bajo el control de la parte que lo abandonó o arrojó. Artefacto explosivo abandonado que ha sido o no cebado, fusionado, armado o de otra manera preparado para ser utilizado. (CCW Protocolo V).

Artefactos Explosivos Improvisados: Son artefactos explosivos elaborados de manera artesanal, los cuales en Colombia son producidos y usados en forma permanente por los grupos armados al margen de la ley, de manera ilegal y como minas antipersonal.

Asistencia a víctima: Se refiere a toda la ayuda, indemnización, alivio, comodidad y apoyo brindado a las víctimas (incluyendo los sobrevivientes) con el propósito de reducir las implicaciones médicas y psicológicas inmediatas y a largo plazo con respecto a su trauma.

Asociado de ERM: Una institución o agente dentro de la comunidad afectada por minas antipersonal o municiones sin explotar que trabaja con una organización de ERM para facilitar, establecer e implementar un proyecto de ERM.

Atención a Emergencias por minas antipersonal o municiones sin explotar: La atención a emergencias por minas antipersonal es la respuesta a aquellas situaciones en las cuales la vida e integridad personal se encuentra en inminente peligro por la presencia de minas antipersonal o municiones sin explotar, en áreas de afluencia común o tránsito necesario. Su objetivo es promover una respuesta que permita garantizar la vida, la integridad física, la convivencia, la locomoción y la seguridad; de la población civil y las comunidades afectadas por minas antipersonal o municiones sin explotar.

Autoridad nacional encargada de la Acción Integral contra Minas Antipersonal: En el caso de Colombia se refiere a la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción contra Minas Antipersonal (CINAMA), que es la entidad responsable de la reglamentación, coordinación, articulación y promoción de los procesos de cooperación entre el Estado, la sociedad civil y la comunidad internacional, destinados a las actividades de educación en el riesgo de minas antipersonal, desminado humanitario, asistencia a víctimas, y defensa del derecho humanitario y del derecho internacional humanitario, destrucción de las minas antipersonal almacenadas y demás aspectos de asistencia y cooperación que demanda el cumplimiento de la Convención de Ottawa.

Nota: El Estado Colombiano para lo determinado en la organización técnica internacional de los Estados Partes de la Convención de Ottawa, el Programa Presidencial para la Promoción, Respeto y Garantía de los Derechos Humanos y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario - Programa Presidencial para la Acción Integral Contra las Minas Antipersonal, o su equivalente, es el Centro Colombiano de Coordinación para la Acción contra las Minas Antipersonal - CCCAMA., el cual actúa como, o en representación de, la autoridad nacional de acciones sobre minas.

Campo Minado: Un área de terreno que contiene minas antipersonal colocadas con o sin patrón.

Cazabobos/trampa explosiva: Un dispositivo explosivo o no explosivo, u otro material, colocado deliberadamente para ocasionar víctimas cuando un objeto aparentemente inofensivo es alterado en su estado o cuando se realiza un acto que se considera normalmente seguro.

Certificado de Traspaso: Documentación utilizada para registrar el traspaso de un terreno despejado.

Control de Calidad: Corresponde a una parte de la administración de calidad enfocada en el cumplimiento de los requisitos de calidad en la Acción Integral contra Minas Antipersonal.

Nota: El control de calidad se relaciona con la inspección de un producto terminado. En el caso del desminado humanitario, el ‘producto’ es el terreno despejado y seguro.

Corredor de Acceso: Un camino marcado que conduce a través de un área minada que ha sido despejada para facilitar
un movimiento seguro hacia un área o un punto establecido.

Corredor Despejado: - Corredor de seguridad - Es el término genérico para cualquier corredor, que no sea el corredor limítrofe, que haya sido despejado por un equipo de investigación o de remoción de acuerdo al estándar internacional para terreno despejado. Esto puede incluir corredores de acceso fuera del área peligrosa o corredores de cruce o verificación dentro de el/las área(s) peligrosa(s).

Corredor Limítrofe: Un corredor despejado alrededor del perímetro de un área peligrosa.

Croquis: Es una representación gráfica de las características físicas de un lugar establecido. El croquis en el formulario de localización de eventos busca ubicar sobre una hoja de papel los lugares en que existe presencia o sospecha de
campos minados o municiones sin explotar.

La realización de un croquis dentro de las operaciones de desminado busca plasmar sobre una hoja de papel la realidad física de un área determinada y los trabajos de desminado que se han desarrollado sobre él.

Daño: Lesión o pérdida física, o detrimento a la salud de las personas, o perjuicio causado a la propiedad o al medio
ambiente.

Demolición: La destrucción de estructuras, instalaciones o material mediante la utilización de medios, como fuego, agua, explosivos, mecánicos u otros.

Depósito: En el contexto del desminado humanitario, el término se refiere a cualquier edificio, estructura o contenedor
aprobado para el almacenamiento de materiales explosivos.

Desminado: Actividades conducentes a la eliminación de los peligros derivados de las minas antipersonal y municiones sin explotar a fin de restituir las tierras a la comunidad para su utilización; estas actividades incluyen el estudios de
impacto, estudio técnico, el levantamiento cartográfico, mapeo, despeje, la señalización de zonas minadas, la
documentación posterior al despeje, el enlace con la comunidad para acciones integrales contra las minas antipersonal y el traspaso de terrenos despejados.

Nota: En las normas y guías nacionales e internacionales, la remoción o despeje de minas antipersonal y municiones sin explotar es considerado tan sólo una parte del proceso de desminado.

Nota: En las normas y guías nacionales e internacionales, el proceso de desminado es considerado un componente de la Acción Integral contra Minas Antipersonal.

Nota: En las normas y guías internacionales (IMAS), los términos desminado y desminado humanitario son intercambiables.

Desminado en operaciones militares (táctico): Ver Desminado Militar

Desminado Humanitario: Ver desminado - (En los estándares y guías nacionales e internacionales, los términos desminado y desminado humanitario son intercambiables).

Desminado Militar: Son aquellas operaciones que se ejecutan en combate, para producir una brecha en el campo minado que facilite el avance de los medios de combate de los elementos. Tales acciones se realizan siempre bajo la acción del fuego, y para ello se utilizan, según los casos, distintos tipos de procedimientos y equipos, que buscan la destrucción de minas antipersonal y/ó artefactos explosivos improvisados lo que implica que no se destruyan en su totalidad.

Desminador - Zapador: Es una persona, incluyendo un servidor público, calificado y empleado para cumplir con actividades de desminado o para ejecutar tareas en un sitio de trabajo operativo de desminado.

Desplazado: Es desplazado toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional abandonando
su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personales han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de cualquiera de las siguientes situaciones: Conflicto armado interno, disturbios y tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los Derechos Humanos, infracciones al Derecho Internacional Humanitario u otras circunstancias emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren drásticamente el orden público.

Destrucción: El proceso de conversión final de minas antipersonal y municiones sin explotar a un estado inerte, en el cual dejan de funcionar para lo que estaban diseñados.

Destrucción de Arsenales: Es el procedimiento de destrucción física destinado a obtener una reducción continua del arsenal nacional almacenado en relación con minas antipersonal.

Destrucción en el Sitio: Es el procedimiento de destrucción de cualquier mina antipersonal o munición sin explotar empleando explosivos sin retirar el objeto del lugar en donde fue encontrado, normalmente por medio de la colocación
de una carga explosiva a su lado.

Detección: En el contexto del desminado, el término se refiere a el descubrimiento por cualquier medio de la presencia de minas antipersonal o municiones sin explotar.

Detonación: Es una conversión rápida de explosivos en productos gaseosos por medio de una onda de choque que pasa a través del explosivo (Cf. deflagración). Típicamente, la velocidad de tal onda de choque es superior a dos
niveles de las magnitudes más altas de una deflagración rápida.

Detonador - Estopín: Es un dispositivo que contiene un explosivo sensible con el propósito de producir una onda de detonación.

Difusión de Información Pública o Sensibilización: Información sobre minas antipersonal y municiones sin explotar utilizada para notificar, actualizar y sensibilizar a la población. Dicha información puede tratar aspectos específicos tales como la observancia de la legislación sobre la prohibición de las minas antipersonal o ser utilizada para lograr apoyo público en favor del programa relativo a la Acción Integral contra Minas Antipersonal. Los contenidos de la información
utilizados generalmente incluyen mensajes que buscan la reducción del peligro; también pueden ser utilizados para reflejar la política relativa a la Acción Integral contra Minas Antipersonal.

Dispositivo Antimanipulación: Por “dispositivo antimanipulación” se entiende un dispositivo destinado a proteger una mina y que forma parte de ella, que está conectado, fijado o colocado bajo la mina, y que se activa cuando se intenta manipularla o activarla intencionadamente de alguna otra manera.

Documento CONPES: Instrumento de planificación que deberá diseñar, concertar y presentar la Comisión ntersectorial
Nacional para la Acción contra Minas Antipersonal ante el Consejo de Política Económica y Social para su aprobación, en el cual se debe especificar de manera explícita la acción del Estado respecto a las medidas nacionales de aplicación de la Convención de Ottawa.

Donante: Todas las fuentes de financiamiento de la acción integral contra minas antipersonal, incluyendo los gobiernos nacional, departamentales y locales, como jurisdicciones directamente afectadas por minas antipersonal y/o municiones sin explotar.

Educación: Es un proceso mediante el cual se imparten y adquieren conocimientos, actitudes y prácticas, en el tiempo, a través de la enseñanza y del aprendizaje.

Educación Pública: Es el proceso destinado a elevar la conciencia general sobre las amenazas provenientes de minas antipersonal y municiones sin explotar. Se realiza por medio de la información pública y por los sistemas educativos
formales e informales.

Nota: En una situación de emergencia, debido a limitaciones de tiempo y falta de información disponible, es el medio más práctico para comunicar información sobre seguridad. En otras situaciones puede apoyar al enlace comunitario.

Educación en el Riesgo de las Minas Antipersonal (ERM): El término de Educación en el Riesgo de Minas se refiere a
los procesos dirigidos a la población civil, encaminados a reducir el riesgo de daños provocados por minas y municiones sin explotar, mediante la sensibilización y el fomento de una cultura de comportamientos seguros.

Los componentes de ERM son:

1. La difusión de información pública o sensibilización.
2. Educación y capacitación.
3. Enlace de las acciones contra las minas antipersonal con la comunidad.

Es un proceso que promueve la adopción de comportamientos más seguros por parte de grupos en riesgo, y que provee enlaces entre comunidades afectadas y sobre otros componentes y sectores de la Acción Integral contra Minas Antipersonal.

Nota: La educación en el riesgo de las minas antipersonal es un componente esencial de la Acción Integral contra Minas Antipersonal en Colombia. Existen dos componentes relacionados que se refuerzan mutuamente:

a) Enlace con la comunidad.
b) Educación pública.

Nota : Generalmente la Autoridad Nacional para la Acción Integral contra Minas Antipersonal utiliza ambas propuestas, debido a que se refuerzan mutuamente. Sin embargo, ninguna constituye una alternativa para la otra, ni tampoco son una alternativa para erradicar las amenazas por minas antipersonal y municiones sin explotar por medio de operaciones de desminado.

Emergencias por minas antipersonal / municiones sin explotar: Son el punto mas elevado del riesgo en el marco de
la Acción Integral contra Minas Antipersonal, como resultado de la particular coyuntura de seguridad que afronta el país. Corresponde a aquellas situaciones en las cuales la vida e integridad personal de una comunidad se encuentra en inminente peligro por la presencia de minas antipersonal o municiones sin explotar, en áreas de afluencia común o tránsito necesario.

Enlace con la Comunidad: Un proceso diseñado para asegurar que las necesidades y prioridades de las comunidades afectadas por minas antipersonal y municiones sin explotar ocupen un lugar central en las operaciones de planificación,
implementación y monitoreo de la Acción Integral contra Minas Antipersonal y de otros sectores.

Nota: Esto debe ser uno de los principios estratégicos más importantes de la Acción Integral contra Minas Antipersonal.

Nota: El enlace con la comunidad se basa en el intercambio de información y en la participación de las comunidades en el proceso de toma de decisiones en la Acción Integral contra Minas Antipersonal, a fin de establecer prioridades. De este modo las políticas de Acción Integral mencionada tenderán a ser incluyentes, enfocadas hacia los intereses y necesidades de la comunidad, y asegurarán el máximo involucramiento de todos los sectores de la comunidad. Esta participación incluye la planificación conjunta, implementación, monitoreo y evaluación de los proyectos.

Nota: El enlace con la comunidad también incluye trabajar con las comunidades para desarrollar momentáneas estrategias específicas de seguridad destinadas a promover el cambio en el comportamiento individual y comunitario. Está diseñado para reducir el impacto de las minas antipersonal y municiones sin explotar sobre las personas y comunidades hasta que se elimine el peligro que éstas representan.

Equipo Para Protección Personal (EPP): Todo equipo y vestimenta diseñados para proveer protección, que sirve para que un desminador – zapador lo use o le mantenga en el trabajo y que lo protege contra uno o más riesgos para su seguridad o salud.

Estándar: El estándar constituye un acuerdo documentado que contiene especificaciones técnicas y otros criterios precisos a ser utilizados consistentemente como reglas, directrices o definiciones de características, para asegurarse que los materiales, productos, procesos y servicios cumplan con sus propósitos.

Nota: Los estándares para la Acción Integral contra Minas Antipersonal buscan mejorar la seguridad y la eficiencia de los procesos que involucra, mediante la promoción de los procedimientos y prácticas preferidas tanto a nivel de las oficinas centrales como de campo. Para ser eficaz el estándar deberá ser definible, medible, lograble y verificable.

Estándares Internacionales de Acción Integral contra Minas Antipersonal (IMAS)): Documentos elaborados por las Naciones Unidas en representación de la comunidad internacional, que están destinados a mejorar la eficiencia, eficacia y seguridad en la Acción Integral contra Minas Antipersonal, los cuales se proporcionan mediante guías, orientaciones,
estableciendo principios y, en algunos casos, definiendo requerimientos y especificaciones internacionales.

Nota: Proveen un marco de referencia que motiva y en algunos casos exige que los patrocinadores y administradores de los programas y proyectos de la Acción Integral contra Minas Antipersonal alcancen y demuestren niveles acordados de efectividad y seguridad.

Nota: Proporcionan un lenguaje común y recomiendan los formatos y reglas para manejar información que permite el libre intercambio de información importante; este intercambio de información beneficia a otros programas y proyectos y
brinda ayuda a la movilización, priorización y administración de los recursos.

Evaluación: El análisis de un resultado o de una serie de resultados para establecer la efectividad cuantitativa y cualitativa y el valor del software, de un componente, equipo o sistema, dentro del ambiente en el cual operará.

Nota: Definición cuando se utiliza en el contexto de prueba y evaluación de equipo. Un proceso mediante el cual se procura determinar de la forma más sistemática y objetiva posible el mérito o valor de una intervención.

Nota: La palabra “objetiva” indica la necesidad de llevar a cabo un análisis equilibrado, reconociendo tendencias y conciliando las perspectivas de los diferentes participantes (todos aquellos interesados en, y que se encuentren afectados por los programas, incluyendo los beneficiarios como los principales participantes) a través del uso de diferentes fuentes y métodos.

Nota: La evaluación es considerada como un ejercicio estratégico.

Nota: Definición cuando se utiliza con relación a los programas. (Manual de Política y Programación

Evaluación de Riesgo: Proceso basado en el análisis de riesgo para determinar el grado del riesgo al que se está expuesto.

Para la definición de las variables que permitan inicialmente evaluar el grado de riesgo o los efectos negativos que pueden esperarse por la activación de una amenaza (mina antipersonal) se puede partir de la adaptación de una ecuación usada en el análisis de riesgo en relación con los desastres naturales: R = f (A*V).

R (Riesgo) se entiende como el grado de daño, destrucción o pérdida posible o esperada y encuentra en función de la probabilidad de ocurrencia de un evento peligroso (la amenaza) y de la evaluación que pueda hacerse de la vulnerabilidad de los elementos (personas, bienes) expuestos a la amenaza.

A (Amenaza), es el peligro latente asociado a, o probabilidad de ocurrencia de un evento, en este caso, la activación de una o varias minas antipersonal, que puede producir efectos adversos sobre las personas o los bienes, en un lugar determinado.

V (Vulnerabilidad), “es la predisposición intrínseca de un sujeto o elemento a sufrir daño debido a posibles acciones externas por lo que su determinación o evaluación contribuye de manera fundamental al conocimiento del riesgo”.

En esta ecuación, de manera sencilla puede entenderse entonces que el grado de riesgo de una población se encuentra en función de la evaluación o determinación de la extensión o grado de amenaza (cantidad, localización,
capacidad destructiva, etc.) de un campo minado y de la vulnerabilidad de la población expuesta a esta amenaza real (ignorancia de la existencia, desconocimiento de su extensión y de su poder de daño, dificultad para salvar o evitar el peligro, existencia de otros campos minados en las inmediaciones, rapidez de reposición de los artefactos amenazantes, capacidad de retaliación de quienes ponen las minas).de UNICEF).

Evaluación General de la Acción Integral contra Minas Antipersonal: Proceso continuo por el que se obtiene un inventario exhaustivo de todos los lugares en donde se ha reportado la existencia o sospecha de minas antipersonal y
municiones sin explotar, las cantidades y los tipos de peligros por estos artefactos, e información sobre las características del suelo, la vegetación y el clima de los lugares afectados, así como una evaluación de la magnitud e impacto del problema de las minas antipersonal y municiones sin explotar en las personas, en la comunidad y en el país en general.

Nota: Esos elementos de la evaluación general de la Acción Integral contra Minas Antipersonal se pueden desarrollar en colaboración o por separado.


Secretaría de Prensa

AGRO INGRESO SEGURO (AIS): Es un programa que se enmarca dentro de las acciones previstas por el Gobierno Nacional para enfrentar el proceso de internacionalización de la economía Colombia, y tiene como objetivos principales mejorar la competitividad del sector agropecuario nacional, y proteger los ingresos de los productores que resulten afectados ante las distorsiones derivadas de los mercados externos.

El Programa está integrado por dos grandes componentes principales, consistentes en Apoyos Para la Competitividad (APC) y Apoyos Económicos Sectoriales (APS), los cuales, a su vez se subdividen en distintos instrumentos tales como apoyos a través de crédito, apoyos a la comercialización e incentivos a la productividad, entre otros.

BANCA DE LAS OPORTUNIDADES: La Banca de las Oportunidades es una política de largo plazo del Gobierno Nacional, que busca reducir la pobreza, promover la igualdad social y estimular el desarrollo económico, facilitando el acceso a servicios financieros para la población de menores ingresos.

Esta política va dirigida a personas y familias de bajos ingresos; micros, pequeños y medianos empresarios; y población en general, desatendida por el sistema financiero.

La Red de la Banca de las Oportunidades está conformada por entidades como Bancos, Cooperativas con actividad financiera, ONG Microcrediticias, Cajas de Compensación Familiar y Compañías de Financiamiento Comercial.

Entre los servicios financieros que un cliente puede obtener al vincularse con una institución financiera de las que conforman la red de la Banca de las Oportunidades, se encuentran transferencias y pagos de servicios públicos, apertura de cuentas de ahorro y corrientes, giros y remesas, microcréditos y créditos de consumo y de libre inversión, entre otros.

CONPES: El Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) fue creado por la Ley 19 de 1958.

Ésta es la máxima autoridad nacional de planeación y se desempeña como organismo asesor del Gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del país. Para lograrlo, coordina y orienta a los organismos encargados de la dirección económica y social en el Gobierno, a través del estudio y aprobación de documentos sobre el desarrollo de políticas generales que son presentados en sesión.

El CONPES actúa bajo la dirección del Presidente de la Republica y lo componen los ministros de Relaciones Exteriores, Hacienda, Agricultura, Desarrollo, Trabajo, Transporte, Comercio Exterior, Medio Ambiente y Cultura, el Director del DNP, los gerentes del Banco de la República y de la Federación Nacional de Cafeteros, así como el Director de Asuntos para las Comunidades Negras del Ministerio del Interior y el Director para la Equidad de la Mujer.

El Departamento Nacional de Planeación desempeña las funciones de Secretaría Ejecutiva del CONPES, y por lo tanto es la entidad encargada de coordinar y presentar todos los documentos para discutir en sesión.

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO (TLC): Es un acuerdo mediante el cual dos o más países reglamentan de manera comprensiva sus relaciones comerciales, con el fin de incrementar los flujos de comercio e inversión y, por esa vía, su nivel de desarrollo económico y social.

Los TLC contienen normas y procedimientos tendientes a garantizar que los flujos de bienes, servicios e inversiones entre los países que suscriben dichos tratados se realicen sin restricciones injustificadas y en condiciones transparentes y predecibles.

La garantía de que las negociaciones se realizan en beneficio del país y no de unos pocos la constituye el proceso democrático-participativo mediante el cual se adoptan los tratados.
 
Dicho procedimiento se compone de múltiples instancias de discusión, revisión, aprobación y ratificación, las cuales se encuentran reguladas de manera detallada por la Constitución Política.

Los acuerdos de libre comercio le pueden representar a Colombia múltiples beneficios, que tienen que ver no solamente con aspectos de tipo comercial, sino con implicaciones positivas para la economía en su conjunto.
  
Entre esos beneficios potenciales cabe mencionar:
 
Un aumento en la tasa de crecimiento económico y, por tanto, en el nivel de ingreso percápita, así como en el nivel de bienestar de la población. Una expansión significativa de las exportaciones, en particular de las no tradicionales. Un aumento de la competitividad de nuestras empresas, gracias a que es posible disponer de materias primas y bienes de capital (maquinaria) a menores costos. La creación de empleos derivados de una mayor actividad exportadora y del incremento de la competitividad. Una mayor diversificación en la composición sectorial del comercio exterior colombiano.

Un flujo significativo de nueva inversión extranjera, con repercusiones favorables en el volumen de exportaciones, la generación de empleo y la transferencia de tecnología. Aumentos en la productividad gracias a la liberalización del comercio de servicios.

FAMILIAS EN ACCIÓN
: Es una iniciativa del Gobierno Nacional para entregar subsidios de nutrición o educación a los menores de 18 años que pertenezcan a las familias pertenecientes al nivel 1 del Sisbén, familias en condición de desplazamiento o familias indígenas.

El programa Familias en Acción consiste en otorgar un apoyo monetario directo a la madre beneficiaria, condicionado al cumplimiento de compromisos por parte de la familia. En educación, al garantizar la asistencia escolar de los menores, y en salud, con la asistencia de los niños y niñas menores a las citas de control de crecimiento y desarrollo programadas. 

La verificación del cumplimiento de un conjunto de compromisos de corresponsabilidad está orientada al complemento de la inversión en capital humano de los menores. De esta forma el programa contribuye al incremento del ingreso de las familias en condición de pobreza extrema, con el fin de que puedan vincularse con las transacciones de mercado y al mejoramiento de sus condiciones de vida.

Adicionalmente, las familias tienen la oportunidad de mejorar condiciones básicas como la identificación, adoptando un sistema de pagos a través de entidades financieras para el pago de los subsidios a las familias beneficiarias.

El valor total del subsidio en este programa de transferencias condicionadas depende del grado de cumplimiento de los compromisos de corresponsabilidad.

JUNTOS: Estrategia liderada por el Gobierno Nacional para contribuir a que 1,5 millones de familias en extrema pobreza (incluidas todas las familias en situación de desplazamiento) mejoren sus condiciones de vida y logren superar la pobreza. Es uno de los mecanismos centrales para cumplir los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

La estrategia Juntos es integral. Busca que las familias cumplan 45 logros básicos en las siguientes 9 dimensiones fundamentales para poder superar la pobreza: identificación, ingresos y trabajo, educación, salud, nutrición, habitabilidad, dinámica familiar, bancarización y ahorro, y acceso a la justicia.



MINAS ANTIPERSONAL: Armas de destrucción indiscriminada prohibidas por el Derecho Internacional Humanitario. Al ser pequeñas y livianas, pueden ser producidas, usadas y transportadas por una o dos personas. Las heridas que producen las minas antipersonal son especialmente graves. El propósito de estas armas es matar, o, más a menudo, discapacitar de por vida a las víctimas, pues están especialmente hechas para destrozar miembros y vidas sin posibilidad de reparación.

Suelen ser ubicadas estratégicamente por los gobiernos para proteger, o arbitrariamente por los grupos irregulares para atacar instalaciones que contienen fuerzas peligrosas: presas, diques, oleoductos o centrales de energía eléctrica, que una vez atacados pueden producir la liberación de aquellas fuerzas y causar, en consecuencia, pérdidas importantes en la población civil. Las minas antipersonal representan un grave problema, porque no hacen distinción entre soldados y personas civiles. Matan y mutilan a un niño que juega fútbol con la misma facilidad que a un soldado que patrulla.

PILA: La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila) es un formato inteligente que permite a todas las personas y empresas pagar sus aportes al Sistema de la Protección Social, es decir, para salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación, Sena e Icbf. Este instrumento liquida los aportes que deben ser pagados de conformidad con las normas que rigen cada subsistema y le informa a la persona el valor total que debe pagar y el subtotal por cada subsistema.

Antes de que se pusiera en marcha la Pila, las personas y empresas tenían que pagar cada subsistema por separado, llenar un formulario por cada uno y pagarlos separadamente en un banco diferente. Esto no solo quitaba tiempo, sino que impedía conocer exactamente la situación de cada persona respecto de cada subsistema.

PLANES DEPARTAMENTALES DE AGUA: Son un conjunto de estrategias de planeación y coordinación interinstitucional, formuladas y ejecutadas con el objeto de lograr la amortización integral de los recursos, y la implementación de esquemas eficientes y sostenibles en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico.

Entre sus objetivos principales están fomentar y consolidar esquemas regionales buscando economías de escala en la prestación de los servicios, contribuir con el saneamiento ambiental, facilitar el acceso a esquemas eficientes de financiación para el sector, y optimizar el control sobre la asignación y ejecución de recursos y proyectos, entre otros.

Las entidades participantes en la coordinación interinstitucional de los PDA son las gobernaciones, las alcaldías municipales y distritales, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el Departamento Nacional de Planeación, y las autoridades ambientales con jurisdicción en los municipios ubicados en el territorio del respectivo departamento.

RED DE COOPERANTES: Es un instrumento preventivo que integra a los colombianos con los organismos de seguridad del Estado y permite que los ciudadanos proporcionen, voluntaria y oportunamente, información a las autoridades en beneficio de la seguridad pública.

La Red de Cooperantes sirve para que los colombianos que deseen, puedan cooperar de forma voluntaria con el suministro de información a la Fuerza Pública, para prevenir las acciones de los grupos terroristas y la delincuencia común.

Las redes de apoyo que hacen parte de la Red de cooperantes existen desde hace más 20 años y son lideradas por la Policía Nacional. Están conformadas por grupos de empresas, Escuelas de Seguridad Ciudadana, Frentes de Seguridad y Redes de Comunicación y Apoyo.

Desde sus inicios, las redes de apoyo han sido soporte importante para la Fuerza Pública y se han convertido en un instrumento vital para fortalecer los espacios de participación ciudadana y promover la cultura de la seguridad, a través del compromiso de la comunidad en el trabajo conjunto de soluciones que conducen a una mejor calidad de vida.

El Artículo 95 de la Constitución Política de Colombia indica que todos los colombianos tienen el deber de obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o salud de las personas. Este Artículo también establece el deber de respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas.

SEGURIDAD DEMOCRÁTICA: En las sociedades modernas resulta claro que la seguridad, más que un fin en sí misma, es la base sobre la cual se puede construir un porvenir de progreso y de justicia social.

El objetivo fundamental del Gobierno del Presidente Álvaro Uribe Vélez ha sido, desde el primer día, avanzar hacia una Colombia más segura, libre de las amenazas que atentan contra la seguridad de los ciudadanos, donde la autoridad legítima del Estado promueva el desarrollo económico y social de todos los colombianos.

Estos propósitos se plasmaron, durante el período 2002-2006, en lo que se conoció como Política de Defensa y Seguridad Democrática, puesta en marcha por el Ministerio de Defensa Nacional y la Fuerza Pública.

El objetivo fundamental de dicha política fue la recuperación del control del Estado sobre la mayor parte del territorio nacional, particularmente aquel afectado por la actividad de grupos armados ilegales y narcotraficantes.

Al término de la primera administración, los resultados fueron contundentes. La percepción de seguridad en los colombianos había mejorado ostensiblemente y, con ella, la confianza inversionista y el progreso social.

Ministro de Defensa - Juan Manuel Santos C.

Al iniciarse el segundo período del Presidente Uribe, el 7 de agosto de 2006, como ocurre en todo proceso dinámico, muchas cosas habían cambiado: las diferentes amenazas se comenzaban a adaptar a las nuevas circunstancias, y se hizo necesario continuar con otros énfasis y bajo distintos parámetros.

La Política de Defensa y Seguridad Democrática requería un ajuste para adaptarse al nuevo escenario estratégico y para pasar, además, del objetivo inicial del control territorial por la Fuerza Pública al de la recuperación social del territorio mediante la acción integral del Estado.

El resultado de este ajuste es la Política de Consolidación de la Seguridad Democrática (PCSD).

Alcanzado el control de la inmensa mayoría del territorio nacional, ahora corresponde consolidar dicho control, lo que exige, además de la presencia de la Fuerza Pública, la llegada del Estado en todas sus expresiones, a través de sus diversas entidades y agencias.

Se trata de garantizar el retorno de la institucionalidad que termine definitivamente con el aislamiento al que la violencia había condenado a muchas zonas del país.

Sobre cinco objetivos estratégicos y a través de 28 planes, programas e iniciativas, liderados por gerentes ejecutores, con seguimiento y control de resultados, la Política de Consolidación de la Seguridad Democrática es la encargada de llevar al país a un escenario definitivo de retorno de la institucionalidad.

Esta política constituye la guía orientadora, el mandato del Presidente de la República y el Ministerio de Defensa Nacional respecto a las prioridades, los criterios y la organización de los esfuerzos de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional en el cumplimiento de su misión constitucional, durante el segundo período de Gobierno del Presidente Uribe. Es, en síntesis, la política de defensa nacional de Colombia para el periodo 2006-2010.

La PCSD incluye elementos novedosos como la puesta en práctica de la estrategia de consolidación territorial en tres fases, aplicables a las diferentes zonas del país, según las características de seguridad de cada una. De acuerdo al grado de presencia y amenaza de los grupos armados ilegales, narcotraficantes y bandas criminales, habrá mayor o menor intensidad en la realización de operaciones militares o en la presencia de la Policía, hasta que pueda garantizarse la normal actividad de todas las entidades del Estado.

Con la Doctrina de Acción Integral, dentro del objetivo de consolidación del control territorial, se combina el uso legítimo de la fuerza con la acción social del Estado y la comunidad, de forma que los miembros de la Fuerza Pública apliquen principios y protocolos para adelantar una adecuada coordinación con los representantes de las demás instituciones del Estado.

La Fuerza Pública trabaja estrechamente con el Centro de Coordinación de Acción Integral (CCAI), donde éste hace presencia. Y cuando esto no ocurre, adelanta, con las autoridades locales y las agencias del Estado que se encuentren en la zona, la coordinación de labores de carácter social que satisfagan las necesidades más urgentes de la población.

Un aspecto importante en la lucha contra el narcotráfico, para adaptarla a las nuevas condiciones de los cultivos, es el mayor énfasis que se da a la erradicación manual, que presenta ventajas por su precisión y por la durabilidad de sus efectos. Sin embargo, no se renuncia a la aspersión aérea, que seguirá utilizándose cuando las circunstancias y la extensión de los cultivos lo ameriten.

También se presta especial atención al mejoramiento de la seguridad urbana, foco neurálgico de las preocupaciones de los ciudadanos, cuya tranquilidad se ve afectada por la acción de bandas organizadas de delincuencia común dedicadas al hurto en todas sus expresiones, el secuestro y la extorsión.

Mediante una estrategia de seguridad ciudadana se dan herramientas adicionales a la Policía Nacional para desarticular a los grupos y bandas responsables de la comisión de delitos de impacto en las ciudades y centros urbanos.

La PCSD incluye reformas estructurales en diversas áreas como la justicia penal militar, la definición de roles y misiones, y la educación de la Fuerza Pública, entre otros.

Se configura y aplica una política integral de derechos humanos que genere un proceso sistemático de transformación a largo plazo hacia una cultura fortalecida de respeto a los derechos humanos por parte de la Fuerza Pública.

Igualmente se realizan inversiones extraordinarias para mejorar la movilidad de las Fuerzas Armadas, aumentar su capacidad de inteligencia contra los delincuentes, incrementar el pie de fuerza y mantener las capacidades estratégicas mínimas.

La inteligencia pasa a jugar un papel preponderante en esta etapa de consolidación. Se trabaja en su fortalecimiento, promoviendo la expedición de una ley que regule su funcionamiento.

La Política de Consolidación de la Seguridad Democrática representa un paso adelante en el propósito nacional de recuperar a Colombia de la nefasta influencia de los violentos y corruptos, y llevarla por caminos de progreso y justicia social.

Representa una continuidad sobre la política aplicada en el primer periodo del gobierno Uribe, en un esfuerzo por hacer de ésta una política de Estado.

La estrategia de Seguridad Democrática ha demostrado tener todos los elementos para convertirse en el eje de una política de seguridad permanente y de largo plazo, de forma que el país no siga sometido a los vaivenes de estrategias de seguridad coyunturales.


SOLDADOS DE MI PUEBLO: El programa Soldados de Mi Pueblo es una forma alternativa de servicio militar que les permite a los jóvenes cumplir con las obligaciones militares, que tienen todos los hombres colombianos mayores de 18 años. En lugar de ser trasladados a bases militares lejos de su región de origen, los Soldados de Mi Pueblo prestan su servicio militar en las bases militares cercanas a sus pueblos natales o regiones de origen. Estos soldados reciben el mismo entrenamiento que los demás reclutas colombianos. Los miembros del programa prestan su servicio en el Ejército Nacional, la Armada y la Infantería de Marina. El objetivo del programa es crear una capacidad de protección y defensa en regiones remotas que hasta el momento no contaban con presencia de las Fuerzas Militares.

Secretaría Jurídica

Consulta popular: Institución mediante la cual, una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometida por el Presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto. En todos los casos, la decisión del pueblo es obligatoria. Cuando la consulta se refiera a la conveniencia de convocar una asamblea constituyente, las preguntas serán sometidas a consideración popular mediante ley aprobada por el Congreso de la República.

Derecho de petición: Derecho constitucionalmente reconocido a todas las personas para formular solicitudes respetuosas ante entidades públicas o privadas y a obtener de ellas respuesta en los términos perentoriamente establecidos.  Comprende las facultades de presentar solicitudes en interés particular del administrado, de realizar solicitudes en interés general de la colectividad, de contradecir actos administrativos, las facultades de pedir informaciones y de formular consultas. Este derecho implica la obligación de dar al interesado una respuesta por escrito dentro del plazo legal.


Descentralización de funciones:
Traslado de competencias o poderes de uno a otros centros. Cuando las competencias o poderes que se trasladan son políticos, se habla de descentralización política; y si ellos son administrativos, de descentralización administrativa. Supone la existencia de personas jurídicas públicas distintas al Estado, a las cuales se trasladan por la decisión de la ley que las crea, competencias o poderes que, en principio, corresponden a éste. Opera para permitir la solución de necesidades colectivas que el Estado no puede atender eficientemente.


Ley Estatutaria:
Ley por medio de la cual el Congreso de la República reglamenta las materias de: derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos y recursos para su protección; administración de justicia; organización y régimen de los partidos y movimientos políticos; estatuto de la oposición y funciones electorales; instituciones y mecanismos de participación ciudadana; los estados de excepción, la igualdad electoral entre los candidatos a la Presidencia de la República que reúnan los requisitos que determine la ley, así como garantías a la oposición, participación en política de servidores públicos, derecho al acceso equitativo a los medios de comunicación que hagan uso del espectro electromagnético, financiación preponderantemente estatal de las campañas presidenciales, derecho de réplica en condiciones de equidad cuando el Presidente de la República sea candidato y normas sobre inhabilidades para candidatos a la Presidencia de la República.

La aprobación, modificación o derogación de las leyes estatutarias requiere la mayoría absoluta de los miembros del Congreso y deberá efectuarse dentro de una sola legislatura. Dicho trámite comprende la revisión previa, por parte de la Corte Constitucional, de la exequibilidad del proyecto. Cualquier ciudadano puede intervenir para defenderla o impugnarla.

Ley Orgánica:Por medio de estas leyes se establecen los reglamentos del Congreso y de cada una de las cámaras; las normas sobre preparación, aprobación y ejecución del presupuesto de rentas y ley de apropiaciones y del plan general de desarrollo; y las relativas a la asignación de competencias normativas a las entidades territoriales. Las leyes orgánicas requieren, para su aprobación, la mayoría absoluta de los votos de los miembros de una y otra cámara.

Plebiscito: El Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, convoca al pueblo para que se pronuncie sobre las políticas del Ejecutivo que no requieran aprobación del Congreso, excepto las relacionadas con los estados de excepción y el ejercicio de los poderes correspondientes. El Presidente deberá informar inmediatamente al Congreso su intención de convocar un plebiscito, las razones para hacerlo y la fecha en que se llevará a cabo la votación, la cual no podrá ser anterior a un mes ni posterior a cuatro meses, contados a partir de la fecha en que el Congreso reciba el informe del Presidente. El Plebiscito no puede coincidir con otra elección.


Potestad Reglamentaria:
Es de la esencia de  de la función administrativa y deriva de su capacidad de ejecutar la ley, ya que puede definirse como la facultad que tiene la administración pública de dictar reglamentos para hacer ejecutable la ley. Los mandatos de ley son de carácter general y abstracto, y requieren para su aplicación un estatuto o reglamento que concrete las circunstancias que los hagan realizables en el orden práctico. Como la misión reglamentaria es desarrollar la ley, tiene condición complementaria y subordinada de ella. Mientras a la ley le corresponde crear, modificar o extinguir situaciones jurídicas de carácter general, corresponde al reglamento concretar, en circunstancias de modo y tiempo, la aplicación práctica de la ley. La potestad de reglamentar la ley corresponde exclusivamente al Presidente de la República.

Referendo:Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente. Puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local. Un referendo derogatorio es el sometimiento de un acto legislativo, de una ley, de una ordenanza, de un acuerdo o de una resolución local en alguna de sus partes o en su integridad, a consideración del pueblo para que éste decida si lo deroga o no. Un referendo aprobatorio es el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, de una ley, de una ordenanza, de acuerdo o de una resolución local, de iniciativa popular que no haya sido adoptado por la corporación pública correspondiente, a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o lo rechaza, total o parcialmente.


Silencio administrativo:
Ocurre cuando se formula una petición a la administración o cuando se interpone un recurso y estos no son decididos por la autoridad competente dentro del plazo legalmente establecido. Es un hecho jurídico al que la ley otorga consecuencias jurídicas, para lo cual requiere de dos condiciones: a) que la administración deba, de acuerdo con la ley, hacer o decidir algo en determinado término; y b) que el término transcurra sin que la administración actúe o se pronuncie. Una vez cumplidos estos dos requisitos, y dependiendo del objeto particular sobre el cual recae la petición no contestada o decidida, debe entenderse que hay una respuesta negativa o positiva. La negativa busca facilitar el derecho de defensa de los particulares cuando, transcurridos 3 meses contados a partir de la presentación de una petición sin que se haya notificado decisión que la resuelva, pueden acudir a otra instancia; la positiva les permite realizar los actos relativos a su petición y solamente recae sobre casos expresamente previstos en disposiciones especiales. La regla general establece que el silencio frente a las peticiones es “negativo”, pero, excepcionalmente y  mediando norma expresa, el silencio puede ser “positivo”.


Veeduría Ciudadana:
Es una facultad que tienen las organizaciones civiles para constituir juntas de vigilancia a nivel nacional y en todos los niveles territoriales, con el fin de vigilar la gestión pública, los resultados de la misma y la prestación de los servicios públicos. La vigilancia podrá ejercerse en aquellos ámbitos, aspectos y niveles en los que en forma total o mayoritaria se empleen los recursos públicos, de acuerdo con la Constitución y la ley.

Secretaría Privada

AGENDA: Orden en el cual se programan los eventos y actividades del señor Presidente de la República durante cada vigencia. Relaciona todos y cada uno de los temas que han de tratarse en cada reunión, para lo que adjunta los insumos o soportes de cada evento programado e incluido en ella.

ARCHIVO CENTRAL: Unidad administrativa donde se agrupan documentos transferidos o trasladados por los distintos archivos de gestión de la entidad, una vez finalizado su trámite, que sigue siendo vigente y objeto de consulta.

ARCHIVO DE GESTIÓN: Archivo de las dependencias que producen documentos. Reúne documentación en trámite en busca de solución o respuesta a los asuntos iniciados.


AUDIENCIAS:
Cada uno de los actos en los cuales un peticionario o peticionarios son recibidos por el Presidente de la República o su Secretaría Privada, previa solicitud y programación.


BENEFICIARIO (S):
Personas o personas a cuyo favor se focalizan las diversas políticas públicas del Gobierno. Quien goza de alguna manera de un bien o usufructo.


COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL:
Sistema de comunicaciones establecido para el manejo de comunicaciones al interior y el exterior de la Presidencia de la República.


COMUNICACIONES:
Todas y cada una de las cartas, misivas o mensajes que se radican en esta dependencia. Se envían como archivos digitalizados, una vez se registran en el SIGOB, que permite identificar la ruta crítica del mensaje: momento de registro, fecha y hora, destinatario y trayectoria del documento, hasta el término de su gestión.


COMUNICACIONES OFICIALES:
Son todas aquellas recibidas o producidas en desarrollo de las funciones asignadas a esta Secretaría y con destino al señor Presidente de la República, independientemente del medio utilizado.


CORREO ELECTRÓNICO:
Es toda comunicación recibida a través de medios electrónicos. Similar al correo convencional.


CORRESPONDENCIA:
Son todas las comunicaciones que llegan a la entidad, que tienen como destinatario el señor Presidente de la República. Generan un trámite detallado en el SIGOB.


DENUNCIA:
Acto mediante el cual se pone en conocimiento de la autoridad la comisión de algún delito o infracción legal.


DENUNCIANTE:
Persona que presenta una denuncia.


DOMICILIO:
Lugar de residencia de una persona para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, a donde se remiten las respuestas a las diversas comunicaciones remitidas a este despacho.


EVENTO:
Programa que se prevé se desarrollará, de acuerdo con una programación previa; responde a un complejo trabajo de organización.


EXCUSAS:
Motivo o razón por la cual se elude o se disculpa la no asistencia a algún evento o certamen.

FIRMA DIGITAL:
Conjunto de datos asociados a un mensaje, que permiten asegurar la identidad del firmante, en este caso el señor Presidente de la República, y la integridad (no modificación posterior) del mensaje.

IDENTIDAD CORPORATIVA:
Representación ideológica definida por un repertorio y características estables. Incluye la cultura organizacional y el conjunto de atributos propios de la organización para la composición de su discurso. La identidad se traduce en imagen.

IMAGEN INSTITUCIONAL
: Representación mental que se tiene de una organización, basada en la experiencia, información y cultura del receptor.

IMAGEN CORPORATIVA:
Política que define la organización en relación a su identidad visual (logotipos, isotipo, colores corporativos, etc.) y oral o conceptual (cultura de la empresa y sus valores operativos) para proyectarse a todos y cada uno de sus públicos con claridad y nitidez, a fin de lograr su comprensión y confianza. Permite configurar el concepto de la organización.

INVITADO: Quien recibe una invitación para asistir a un acto o celebración. Usualmente y dado el carácter de las invitaciones recibidas en esta Secretaria, el Presidente de la República es el “invitado de honor” a diferentes eventos y certámenes. Aquel a quien se le solicita su presencia en un evento de cualquier naturaleza.

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