DECRETO
2196 POR EL CUAL SE NOMBRA AL NUEVO GOBERNADOR DE ARAUCA
Bogotá,
1 oct (CNE).- El siguiente es el texto del Decreto por el cual
se nombra a José Emiro Palencia Alvarez como gobernador
del Departamento de Arauca:
"MINISTERIO
DEL INTERIOR
DECRETO
NUMERO 2196 DE 2002
(1
DE OCTUBRE DE 2002)
Por
el cual se hace el nombramiento del Gobernador de Arauca.
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En
ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial
las conferidas en el artículo 303 de la Constitución
Política y
CONSIDERANDO
Que
mediante sentencia del Honorable Consejo de Estado del 5 de Octubre
de 2001, se declaró nula la elección del señor
Héctor Federico Gallardo Lozano como Gobernador del Departamento
de Arauca para el período constitucional 2001-2003, produciéndose
la falta absoluta.
Que
como consecuencia de lo anterior se produjo la falta absoluta
de Gobernador en el Departamento de Arauca.
Que
mediante el Decreto 2780 de 2001, el Gobierno Nacional encargó
al doctor Carlos Eduardo Bernal Medina como Gobernador del Departamento
de Arauca.
Que
mediante Decreto 905 de 2002, el Gobierno Nacional convocó
a elecciones para Gobernador de Arauca el 7 de julio de 2002.
Que
por medio del Decreto 1371 de 2 de julio de 2002 se aplazó
la convocatoria a elecciones para elegir Gobernador del Departamento
de Arauca en consideración a la grave perturbación
de orden público que se presentaba en la citada entidad
territorial.
Que
el 7 de agosto de 2002 se publicó el Acto Legislativo 02
de 2002 por el cual el Congreso modificó el artículo
303 de la Constitución Política Nacional, definió
como institucionales los períodos de los gobernadores,
y dispuso que si faltaren menos de 18 meses para la terminación
del período del gobernador respectivo y se presentare una
falta absoluta, el Presidente de la República designará
un Gobernador por el tiempo que reste, respetando el partido,
grupo político o coalición por el cual fue inscrito
el gobernador elegido.
Que
el Acto Legislativo 02 de 2002 rige a partir de la fecha de su
promulgación.
Que
la Constitución Política es norma de normas, y produce
la derogatoria inmediata de todas las que le sean contrarias.
Que
a la fecha restan menos de 18 meses para la terminación
del período para el cual fue elegido el doctor Héctor
Federico Gallardo Lozano como Gobernador del Departamento de Arauca.
DECRETA
ARTICULO
1o. Deróganse los Decretos 905 y 1371 de 2002.
ARTICULO
2o. Designar a JOSE EMIRO PALENCIA ALVAREZ identificado con la
Cédula de Ciudadanía No. 17.580.465 y miembro del
Partido Liberal Colombiano según Credencial No. 1.050.292,
como Gobernador del Departamento de Arauca para lo que resta del
período constitucional.
ARTICULO
3o. A partir de la posesión del señor JOSE EMIRO
PALENCIA ALVAREZ como Gobernador del Departamento de Arauca, termínase
el encargo realizado mediante Decreto 2780 de 2001.
ARTICULO
4o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE,
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado
en Bogotá, D.C., a los 1 de Octubre de 2002
--
ALVARO URIBE VELEZ
PRESIDENTE
DE LA REPUBLICA
--
FERNANDO LONDOÑO HOYOS
MINISTRO
DEL INTERIOR".