Agosto de 2002

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

1
2
3
4
5
6
11
CLAVES DEL REFERENDO PRESENTADO AL CONGRESO POR NUEVO GOBIERNO

Bogotá, 7 ago (CNE).- El referendo, presentado hoy al Congreso por el presidente Alvaro Uribe Vélez, establece la obligación del voto nominal de los congresistas para dar transparencia al funcionamiento del Congreso.
Elimina las suplencias temporales. Las únicas faltas que se suplirán serán las ocasionadas por muerte, incapacidad absoluta para el ejercicio del cargo o la renuncia justificada. Alegar incapacidades no justificadas o hacer acuerdos para violar la norma serán causales de perdida de investidura.

Establece el sistema de audiencias públicas para que los Congresistas presenten ante el Gobierno los reclamos de sus regiones y encarga a una entidad independiente, pública o privada la administración del Congreso.
El Referendo contra la Corrupción y la Politiquería endurece las causas para pérdida de investidura.
Los congresistas pueden perder su investidura:

-- Por inasistencia no justificada a diez sesiones en un mismo período sean plenarias o de comisión.
-- Por tráfico de influencias, como gestionar nombramientos de servidores públicos o intervenir en la selección de contratistas del Estado.

-- Por participar o permitir la violación de los topes máximos de gastos de la campaña en la que fueron elegidos o por aceptar o permitir contribuciones en cuantía superior a la autorizada.

-- Por incurrir en compra de votos o trasteo de votantes entre circunscripciones electorales.

-- Por haber celebrado o ejecutado cualquier acuerdo para permitir el ingreso al Congreso de quien deba sustituirlo en el cargo.

-- Por haber gestionado o aceptado auxilios con recursos públicos, cualquiera que hubiese sido su forma de aprobación o ejecución.

Elimina Auxilios Parlamentarios. Prohíbe cualquier forma de concesión de auxilios con recursos de origen publico, mediante apropiaciones, donaciones o contratos que tengan por destino final a las campañas políticas, agradecer apoyos o comprometer la independencia de los miembros de corporaciones públicas de elección popular. Recibir auxilios es causal de destitución o desvinculación para el servidor o el particular que la promueva, y causal de perdida de investidura para el elegido.

Reducción del Congreso. Propone un Congreso Unicameral de 160 miembros, aproximadamente, integrado por 120 miembros por circunscripción regional, y los demás por circunscripción nacional y especiales.

Para facilitar la reincorporación a la vida civil de los grupos armados al margen de la ley que se encuentren vinculados a un proceso de paz, el Gobierno podrá establecer, por una sola vez, circunscripciones especiales de paz o nombrar directamente, también por una sola vez, un número plural de congresistas en representación de los mencionados grupos en proceso de paz y desmovilización.

Congelación de pensiones y salarios. Las pensiones de los ex presidentes de la República, los ex congresistas, los ex magistrados de las altas cortes y de los demás servidores públicos, no podrán superar 20 salarios mínimos legales mensuales. Se respetan los derechos adquiridos.

Congela por cuatro años, los salarios del Presidente de la República, los miembros del Congreso, los Magistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Nacional Electoral, el Fiscal General de la Nación, el Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo y el Contralor General de la República.

Elimina Contralorías Departamentales, Distritales y Municipales. Asigna el Control Fiscal a la Contraloría General de la República que podrá apoyarse en fundaciones, corporaciones, universidades, instituciones de economía solidaria o empresas privadas.

Elimina las Personerías. Entrega esa función a la Procuraduría General de la Nación, la cual podrá apoyarse en el auxilio técnico de fundaciones, corporaciones, universidades, instituciones de economía solidaria o empresas privadas.

Honorarios de diputados y concejales. Limita los honorarios de diputados y concejales de los distritos y municipios de categorías especial, primera, segunda, tercera y cuarta a la mitad del respectivo gobernador o alcalde por cada día de sesiones ordinarias. El ahorro generado por la aplicación de las disposiciones del referendo se destinará durante diez años a la ampliación de la cobertura y al mejoramiento de la calidad en educación preescolar, básica y media.

El 56 por ciento de los ingresos provenientes de las regalías se destinará a la ampliación de la cobertura con calidad en educación preescolar, básica y media. El 40 por ciento restante para agua potable y saneamiento básico.

Elimina el servicio militar obligatorio y lo reemplaza por un servicio social obligatorio para hombres y mujeres, el cual incluirá entrenamiento básico para defensa nacional, seguridad ciudadana y convivencia.

Establece la muerte civil de los corruptos. No podrán ser elegidos ni designados como servidores públicos, ni celebrar contratos con el Estado, quienes hayan sido condenados por la comisión de delitos contra el patrimonio público.

El Presidente de la República podrá convocar a elecciones anticipadas si los intereses de la Nación lo aconsejan, mediante concertación con las fuerzas políticas. La decisión se tomará con la mayoría absoluta de cada una de las Cámaras. Si el Congreso rechaza la propuesta y el Presidente insiste en el anticipo de las elecciones, quedaría facultado para convocar un nuevo referendo, que no requerirá aprobación del Congreso. En ese nuevo referendo el pueblo se limitará a decir si quiere o no elecciones anticipadas.

El Congreso que se eligiera anticipadamente terminará su período el 19 de julio de 2006.

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA