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SE DUPLICAN PENAS Y MULTAS POR ROBO Y CONTRABANDO DE COMBUSTIBLES

Bogotá, 22 ago (CNE).- El Gobierno Nacional adoptó hoy severas medidas en materia penal para castigar el hurto y contrabando de hidrocarburos y sus derivados.

Mediante un decreto expedido al amparo de la Conmoción interior, el Gobierno duplicó las penas y multas para los delincuentes dedicados a esas actividades y estableció un mecanismo de recompensas para estimular la denuncia de esos delitos.

En los últimos 18 meses, el Estado Colombiano ha dejado de recibir 148 millones de dólares por hurto de combustibles, ha tenido que gastar 9 millones de dólares en la reparación de oleoductos y poliductos y ha perdido ingresos por valor de 169 millones de dólares en impuestos como consecuencia del contrabando.

El hurto de hidrocarburos y el contrabando de gasolina sumados le han costado al país, según Ecopetrol un billón de pesos en pérdidas, cifra superior al presupuesto de la Rama Judicial durante un año.
Por esos dos delitos hay abiertas 2.273 investigaciones penales y aduaneras sin que haya una sola persona judicializada por falta de normas. En el hurto de combustibles están implicados delincuentes comunes y grupos terroristas.

DUPLICADAS PENAS Y MULTAS

Por hurto de hidrocarburos y sus derivados las penas se duplicaron de 2 a 6 años -según el artículo 357 del Código Penal- a penas de 6 a 10 años que tendrán adicionalmente una multa de mil a ocho mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La ley castiga también a quienes ocasionen daños a la infraestructura, es decir, a quienes atenten contra elementos para la exploración, explotación, almacenamiento, transporte, refinación, distribución y comercialización.

La pena de cárcel oscila entre los 6 y 12 años y una multa de mil a diez mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Por su parte, quienes incurran en el contrabando de combustibles recibirán una pena de 3 a 8 años y una multa adicional de 10 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La nueva norma establece castigos de 4 a 8 años y una multa de 800 a 6 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, para quienes sean capturados con marcadores, detectores o reveladores de combustibles.

La ley castiga también a quienes participen o favorezcan el ilícito. Penas de 4 a 8 años y multas que van de 500 a 4 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes para quienes posean, transporten, almacenen, vendan, ofrezcan o comercialicen cualquier hidrocarburo o sus derivados.

El artículo 12 de la ley establece que los combustible o los recursos recuperados serán entregados a la Empresa Colombiana de Petróleos -Ecopetrol-.

La entidad deberá realizar un estricto control de calidad a la gasolina o Acpm recuperado para ponerlo nuevamente en el mercado.
Con el producto de estas ventas, Ecopetrol destinará un 5 por ciento a las autoridades competentes para el pago de recompensas a las personas que brindaron información que permitió la incautación.

Asimismo, se destinará un 34 por ciento al municipio donde se desarrolló la incautación con destino exclusivo a la inversión social en educación, saneamiento básico y en proyectos contemplados en su plan de desarrollo.

El 65 por ciento restante ingresará a la Tesorería de Ecopetrol, quién destinará estos recursos a la reparación, mantenimiento y protección de la infraestructura.

El Gobierno expide las anteriores medidas con el fin de reprimir los actos terroristas y criminales de las organizaciones delincuenciales que han multiplicado sus ataques contra la infraestructura energética de la Nación.

Se estima que por estos delitos, se esfuman de los fiscos regionales y nacionales al menos un billón de pesos al año. Recursos que podrían alcanzar para pagar cinco veces la construcción de la vía al Llano o para darle subsidios a 125 mil colombianos para la construcción de sus propias viviendas.

 

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