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PRESTACIONES SOCIALES QUE CONTEMPLA LA LEY

Bogotá, 27 ago (CNE).- El Gobierno acatando un concepto del Consejo de Estado emitió hoy el Decreto 1919 del 27 de agosto de 2002, que unifica las primas extralegales de los empleados públicos de los departamentos, distritos y municipios con los trabajadores oficiales, vinculados o que se vinculen en un futuro.

El recorte de primas extralegales como quinquenios, secretariales, de vacaciones, subsidios de alimentos y de transporte, le representarán al Distrito un ahorro anual de 42 mil millones de pesos, que se destinarán a inversión social.

De esta suma 24 mil millones de pesos corresponden a la administración central, 12 mil millones a hospitales y 6 mil millones a establecimientos públicos.

Las prestaciones sociales que contempla la Ley son:

-- Prima de vacaciones

-- Prima de navidad

-- Calzado y vestido de labor

-- Auxilio de Cesantía

-- Pensiones

-- Auxilio funerario

-- Auxilio de maternidad

-- Asistencia médica, quirúrgica y hospitalaria

-- Servicio odontológico

El Decreto, que regirá a partir del primero de septiembre, estipula que aquellas prestaciones sociales causadas, o derechos adquiridos antes del 1 de septiembre, se reconocerán y pagarán.

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