Mintransporte ajustó tabla de avalúos a los nuevos modelos
EN 15% PONDERADO AUMENTA IMPUESTO PARA VEHÍCULOS
Bogotá, 6 dic (CNE). En 15 por ciento ponderado fueron reajustados los impuestos para vehículos particulares durante 2003.
El Ministerio de Transporte, a través de las resoluciones 1800 y 1801 del 29 de noviembre de 2002, estableció una nueva tabla de avalúos que especifica clase de vehículo, marca, línea, cilindraje y grupo.
El ajuste, que no se realiza desde hace tres años, determina que el aumento de los impuestos para los vehículos particulares será del 15 por ciento ponderado, mientras que para los del servicio público será del 4 por ciento en promedio.
Estos ajustes se explican porque el anterior sistema daba lugar a desequilibrios con los precios reales de los vehículos, debido a la gran variedad de modelos y marcas que ingresaron al país en los últimos años.
La nueva tabla detalla la mayoría de las marcas y referencias de automotores que actualmente circulan en el país.
Otras de las características de la nueva tabla es el ajuste para los automóviles y camperos de servicio público y particular que hayan transformado o modificado su configuración de acuerdo con las nuevas características.
Los automotores blindados tendrán como base la que se referencie en la tabla, más 10 millones de pesos.
Los automóviles y motocicletas que no figuran en la tabla calcularán su base gravable de acuerdo con un modelo similar.
En el caso de los blindados, tendrán que encontrar la referencia más cercana y sumar 16 millones de pesos para la base gravable.
En el caso de los vehículos que entran a circulación por primera vez, calcularán su impuesto con base en su valor sin incluir el IVA. Los comprados fuera del país lo harán con base en la declaración de importación.
Para el caso de los vehículos matriculados o registrados en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la base gravable será del 45 por ciento de lo establecido en la tabla.
Los carros anteriores a 1990 y temporalmente en zona de frontera, tendrán un descuento del 50 por ciento. Para los modelos de 1991 en adelante será del 40 por ciento.
El avalúo de los vehículos clásicos y antiguos se calculará sobre la base de los modelos de 1981, menos el 50 por ciento.
Los propietarios de los automotores que registren desfases considerables en relación con la tabla, podrán acercarse al Ministerio de Transporte o a sus Direcciones Territoriales para solicitar la base gravable.
El Ministerio aclaró que cuando el cálculo de la base gravable arroje dos resultados diferentes, se tendrá en cuenta el menor de ellos.
La forma de cobro dependerá de cada secretaría de tránsito departamental o municipal. El cobro se podrá hacer a lo largo de 2003.
Las tablas de los avalúos podrán consultarse en la página web www.presidencia.gov.co.