Noviembre de 2002

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

3
4
10
11
31
APROBADA SUPRESIÓN DE CONTRALORÍAS TERRITORIALES

Bogotá, 7 nov (CNE). La Cámara de Representantes aprobó en segundo debate el punto nueve del proyecto de ley que convoca al pueblo colombiano a un Referendo contra la Corrupción y la Politiquería, propuesto por el presidente Álvaro Uribe Vélez.

Dicho punto se refiere a la supresión de las Contralorías departamentales y municipales. Su contenido es el siguiente:

“9. SUPRESIÓN DE CONTRALORÍAS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES

PREGUNTA: PARA SUPRIMIR LAS CONTRALORÍAS MUNICIPALES, DISTRITALES Y DEPARTAMENTALES, Y ASIGNAR SUS FUNCIONES A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ¿APRUEBA USTED EL SIGUIENTE ARTÍCULO?

El artículo 272 de la Constitución Política quedará así:

ARTICULO 272. El control de la gestión fiscal de las entidades del orden territorial será ejercido, con austeridad y eficiencia, por la Contraloría General de la República, para lo cual podrá apoyarse en el auxilio técnico de fundaciones, corporaciones, universidades, instituciones de economía solidaria o empresas privadas escogidas en audiencia pública celebrada previo concurso de méritos, en el que se tendrá en cuenta prioritariamente el que estas entidades sean oriundas de la región de que se trate. Las decisiones administrativas serán de competencia privativa de la Contraloría.

Las Contralorías territoriales hoy existentes quedarán suprimidas cuando el Contralor General de la República determine que está en condiciones de asumir sus funciones. En el proceso de transición se respetará el período de los contralores actuales. Los funcionarios de la Contraloría General de la República que se designen para desempeñar estos cargos serán escogidos mediante concurso de méritos y deberán ser oriundos del departamento o del municipio cuyo control ejercerán.

Sí [ ]

No [ ]

Blanco [ ]”.

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA