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Iniciativa pasará a Plenaria de Senado

COMISIONES SÉPTIMAS APRUEBAN REFORMA LABORAL

Bogotá, 28 nov (CNE). Las comisiones séptimas de Senado y Cámara aprobaron hoy en su totalidad el proyecto de Reforma Laboral que generará en el país 150 mil nuevos empleos para los próximos cuatro años.

Después de extensos debates del articulado de la Reforma, los senadores y congresistas aprobaron, entre otros, dos subsidios: al empleo y al desempleo, cambios en el contrato de aprendizaje, la nueva tabla de indemnizaciones por despido injustificado, exenciones al pago de los denominados impuestos parafiscales, extensión de la jornada laboral y recargo al trabajo dominical y festivo que pasa de ser triple a doble.

SUBSIDIO AL EMPLEO PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Este subsidio temporal de empleo favorecerá anualmente a 220 mil jefes de hogar desempleados, quienes contarán con un subsidio entregado por la empresa empleadora de hasta 100 mil pesos mensuales durante un período de seis meses.

Estos subsidios de empleo se financiarán plenamente con recursos del presupuesto nacional, créditos externos y transferencias de la Nación a los departamentos.

El artículo contempla que este subsidio, que se entregará directamente al empleador, es un mecanismo que permite el fortalecimiento del mercado laboral de las pequeñas y medianas empresas, lo cual generará puestos de trabajo a los jefes cabeza de hogar que están desempleados.

SUBSIDIO AL DESEMPLEO

Este subsidio beneficiará a las mujeres cabeza de hogar desempleadas temporalmente y con hijos menores de 18 años, para brindarles un ingreso familiar.

El proyecto plantea un programa de subsidios en especie a través de capacitación, salud, turismo social y algunos recursos adicionales en dinero.

CONTRATO DE APRENDIZAJE

El nuevo Contrato de Aprendizaje, contempla que el Gobierno cancelará medio salario mensual legal vigente (154 mil 500 pesos) por dos años a los estudiantes del Sena que adelanten una carrera técnica tanto en el período de capacitación como en la práctica laboral.

Entre tanto, los estudiantes universitarios recibirán por la práctica laboral un salario mínimo mensual legal vigente (309 mil pesos) por un año.

TABLA DE INDEMNIZACIONES

La nueva tabla de indemnizaciones por despido injustificado para trabajadores que tengan contrato a término indefinido, contempla que los empleados que devengan menos de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes (hasta tres millones 90 mil pesos), tendrán derecho a 30 días de indemnización por el primer año laborado y 20 días por cada año adicional.

Los trabajadores que devengan 10 o más salarios mínimos mensuales legales vigentes (más de tres millones 90 mil pesos), tendrán derecho a 20 días de indemnización por el primer año laborado y a 15 días por cada año de trabajo adicional.

JORNADA LABORAL

La nueva jornada laboral, que continuará de 8 horas diarias, contempla dos turnos de trabajo: uno que irá de 6 de la mañana a 2 de la tarde y el otro de 2 de la tarde a 10 de la noche.

Jornada que beneficiará especialmente a los sectores del comercio y el turismo, que tendrán un horario extendido y podrán ampliar la oferta.

CAJAS DE COMPENSACIÓN

El proyecto le dio facultades al Gobierno Nacional para que determine los criterios con que las Cajas de Compensación Familiar deben fijar las cuotas del subsidio y de esta forma se logre la equidad entre estas entidades.

La Reforma contempla que los hijos de los afiliados, que tengan entre 18 y 24 años de edad, dejen de recibir el subsidio familiar entregado por las Cajas de Compensación en la actualidad.

EXENCIONES PARAFISCALES

Para estimular la contratación de nuevo personal, la Reforma aprobó las exenciones parafiscales y estableció que las empresas que ofrezcan nuevos puestos de trabajo a jóvenes menores de 16 años y adultos mayores de 50 años, reinsertados o presos, serán exonerados de pagar los denominados parafiscales. Lo que significa que no deberán hacer aportes obligatorios al Sena ni al Bienestar Familiar.

RECARGO AL TRABAJO DOMINICAL Y FESTIVO

La ley establece que el trabajador que labore habitualmente un domingo o festivo, es decir, tres o más domingos o festivos, recibirá un pago doble con recargo del 75 por ciento sobre el sueldo básico. Además está obligado a recibir un descanso remunerado o el dinero por el día laborado.

Para los trabajadores que laboren ocasionalmente un domingo o festivo, es decir 1 ó 2 dominicales o festivos, recibirá un pago doble con el 75 por ciento de recargo, y queda como mutuo acuerdo entre el empleador y el trabajador el descanso remunerado.

APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL

La Ley contempla que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) deberán, obligatoriamente, prestarles el servicio de salud a los trabajadores afiliados, así el empleador no haya hecho los aportes a la misma, como existe en la actualidad.

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