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PASES DE CONDUCCIÓN SE RENOVARÁN DESDE ENERO PRÓXIMO

Bogotá, 18 oct (CNE).- El Ministerio de Transporte aclaró hoy que el proceso de renovación de los pases de conducción se iniciará en enero de 2003.

El asesor jurídico del Ministerio, Oscar Galvis Gómez, aclaró que la implementación del Registro Unico Nacional de Transporte se pondrá en marcha el próximo año.

El sistema requiere la adopción de un formato único para el registro de conductores, infractores y vehículos. Además se aplicará un período de transición para que todos los conductores puedan cambiar de licencia.

Recordó que los conductores de vehículos particulares podrán gestionar por primera vez su autorización para conducir a partir de los 16 años. Para los de servicio público se estipuló que sea desde los 18 años.

En este caso se deberá comprobar la idoneidad mental y física del conductor, con un certificado que expedirán las escuelas de conducción autorizadas o los organismos de tránsito.

Destacó que el nuevo Código de Transporte revivió la exigencia de la revisión técnico-mecánica por parte de un centro de diagnóstico autorizado. Para los vehículos particulares será cada dos años. Para los públicos también cada años a partir del ocho de noviembre próximo.

Sobre los cambios en las multas, recordó que se incrementan de manera importante las relacionadas con la conducción en estado de embriaguez. Estas recibirán castigos económicos que oscilan entre 30 y 40 salarios mínimos legales mensuales.

Esta falta implicará la inmovilización del vehículo y la suspensión de la licencia de conducción entre uno y diez años o su cancelación en los casos de reincidencia.

Otra de las sanciones novedosas se refiere a las multas para pasajeros o conductores de servicio público que fumen dentro del automotor. Las sanciones serán de 15 a 30 salarios mínimos legales diarios.

Para combatir la piratería y el servicio público informal de transporte, se incluyen castigos para los automotores particulares que presten el servicio público.

Otra de las novedades del nuevo Código se refiere al castigo a los peatones por imprudencias que pongan en riesgo sus vidas o las de transeúntes o conductores.

Serán castigados con multas que van de uno a cuatro salarios mínimos legales diarios los peatones que violen normas de comportamiento como no usar los puentes para atravesar una vía y subir o bajar de vehículos públicos en movimiento o en zonas no autorizadas.

Sobre transporte escolar, se diseña una reglamentación fuerte para hacer más riguroso el adiestramiento e idoneidad de los conductores, las condiciones técnico-mecánicas y las de comodidad y seguridad del automotor.

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