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SE ACABARÁ INEFICACIA DE PROCESOS DE EXTINCIÓN DE DOMINIO

Bogotá, 4 sep (CNE).- El ministro del Interior y Justicia, Fernando Londoño Hoyos, explicó hoy ante la Comisión Primera del Senado los alcances del Decreto expedido en estado de Conmoción Interior que abrevia los juicios de extinción de dominio de los bienes incautados a los delincuentes y lo definió como un mecanismo contra la ineficacia de los procesos.

Londoño Hoyos aseguró que los derechos de los afectados se respetan plenamente, empezando por definir que la investigación está a cargo de la Fiscalía General de la Nación con ocasión de un proceso penal, pero siempre insistiendo en la separación de expedientes. Uno es el proceso penal propiamente dicho, que tendrá todas las garantías y los trámites procesales y se dictarán en el intermedio todos los autos en curso, con todos los recursos. Y otro es un expediente completamente separado, un proceso sumario que tiene por objeto unos derechos reales sobre unos bienes que son perseguidos y susceptibles de extinguir su propiedad.

"Se respetan todos los derechos de quien quiera defenderse y comparezca, el que no quiera comparecer, se supone que en tres meses ha hecho abandono de los bienes y en su nombre y en el de la sociedad, intervendrá el Ministerio Público para garantizar el ejercicio normal de esos derechos", dijo Londoño Hoyos.

Sostuvo que este segundo expediente tiene un procedimiento sencillo con trámites breves, sin incidentes de previo pronunciamiento. Se pueden interponer procedimientos de nulidad que se tratarán en las providencias finales, pues no habrá providencias intermedias.

El término probatorio no se podrá ampliar más de 30 días y tiene como incidente posible el de objeción grave, que se decidirá al final en la sentencia definitiva del proceso. Las causales de nulidad serán muy limitadas al tema de la competencia, a la falta de notificación o a la negativa injustificada de decretar una prueba conducente o a practicar la que fuere decretada.

Los procesos en curso, se tramitarán y decidirán conforme a la legislación anterior, pero el procedimiento sucesivo se decidirá de acuerdo a la nueva legislación de emergencia.

El Ministro criticó las providencias intermedias y dijo que gracias a ellas los bienes de Pablo Escobar están todavía en propiedad de su familia porque no se ha podido probar que era narcotraficante ni ha sido posible demostrar que esos bienes deben volver a propiedad del Estado.

Dijo que en la legislación suspendida es el Estado el que mantiene la carga de la prueba y no se puede actuar con respecto al patrimonio en su conjunto sino a la operación individual. Puso como ejemplo el caso de las acciones de Gonzalo Rodríguez Gacha en el equipo de fútbol Los Millonarios: "todo el mundo sabe el origen de ese patrimonio de Rodríguez Gacha, pero entonces pruebe que las acciones fueron adquiridas con un embarque de cocaína y no con un negocio legítimo de ganado", dijo para referirse a la dificultad de extinguir la propiedad de dichas acciones.

"Tomamos esa experiencia y dijimos: la acción se refiere al bien específico y al patrimonio, es decir, a la unidad jurídica de los bienes a los cuales nos estamos refiriendo", agregó.

El Ministro se refirió a lo que llamó resabios garantistas, que es la perversión de una figura, la deformación de un buen principio. "Creo en las garantías, y hablo de la perversión de las garantías que conducen a la ineficacia de los procesos", aseguró.

Dijo que las garantías no deben conducir las cosas de manera que el proceso se convierta en un fin en sí mismo, que se ensarte un incidente con otro incidente y un recurso con otro recurso para terminar en la impotencia del Estado: "eso es un resabio garantista", dijo.

El Jefe de la cartera de Interior y Justicia reafirmó que la extinción de dominio no ha funcionando: "si los mecanismos de defensa se vuelven excesivos en desmedro de la sociedad, entonces estamos condenando a la sociedad por salvar unos derechos subjetivos".

Concluyó que si cada auto, cada decisión intermedia de un juez, se convierte en una ocasión para crear un incidente y se llena de recursos de reposición y apelación, pasa lo que hasta hoy ocurre, que después de seis años de nacida la ley no se ha logrado extinguir el dominio de los bienes de los narcotraficantes.

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