NORMAS SOBRE TRANSPORTE ESCOLAR
Bogotá, 18 sep (CNE).- El Ministerio de Transporte recomendó a padres de familia e instituciones educativas verificar que la empresa de transporte contratada para movilizar a los estudiantes cuenta con los requisitos exigidos por las autoridades.
De acuerdo con el decreto 174 de 2001, el transporte especial debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos, orientados a brindar seguridad a los estudiantes:
-- El parque automotor de las empresas que prestan este servicio no debe tener más de diez años de operación.
-- En los recorridos, un adulto (representante de la entidad docente) debe acompañar a los menores.
-- Los vehículos deben estar identificados con una leyenda que diga: ESCOLAR y con franjas amarillas y negras.
-- Los vehículos deben cumplir con las condiciones técnico-mecánicas y las especificaciones requeridas por el Ministerio de Transporte para la prestación de este servicio.
-- No se admiten pasajeros de pie. Cada uno ocupará un puesto según la capacidad del vehículo, establecida en la licencia de tránsito.
-- El decreto incluye también requisitos de experiencia para el conductor, certificaciones técnicas del parque automotor, pólizas de seguro por responsabilidad civil y sistemas de comunicación entre la empresa y el vehículo.