Agosto de 2002

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

1
2
3
4
5
6
11
DEFINIDAS PRIMERAS DOS ZONAS DE REHABILITACIÓN Y CONSOLIDACIÓN

(Bogotá, 21 de septiembre, CNE) El Presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez estableció hoy las primeras dos Zonas de Rehabilitación y Consolidación previstas en el Decreto 2002 expedido al amparo de la Conmoción Interior y designó a sus dos Comandantes Militares.

Las dos zonas fueron delimitadas después de un análisis hecho por las fuerzas militares según el cual la población que reside en ellas es la más desprotegida frente a los ataques de la guerrilla y los paramilitares.

La Primera Zona comprende 9 municipios del Departamento de Bolívar y 15 municipios del Departamento de Sucre. La segunda a los municipios de Arauca, Arauquita y Saravena, en el Departamento de Arauca.

Los municipios del Departamento de Bolívar que forman parte de la Zona de Rehabilitación y Consolidación son:

Mahates, Maria la Baja, Calamar, El Guamo, San Juan Nepomuceno, San Jacinto, Carmen de Bolívar, Córdoba y Zambrano.

En el Departamento de Sucre son:

San Onofre, Colosó, Chalán, Ovejas, Tolú Viejo, Sincé, Galeras, El Roble, San Pedro, Corozal, Sincelejo, San Juan de Betulia, Los Palmitos, Morroa y Bellavista.

El Capitán de Navío, de la Armada Nacional, Luis Alejandro Parra Rivera fue designado Comandante Militar de la Zona de Bolívar y Sucre.

El Brigadier General del Ejército Nacional, Carlos Homairo Lemus Pedraza fue nombrado Comandante Militar en la Zona de Arauca.

Los Comandantes Militares designados asumirán el mando de todas las unidades de la Fuerza Pública ubicadas en la Zona bajo su mando y, entre funciones, podrán recoger, verificar y conservar información acerca del lugar de residencia y ocupación habituales de los residentes y de las personas que transiten o ingresen a la zona, de las armas explosivos, accesorios, municiones y equipos de telecomunicaciones que se encuentren en el área.

También podrán suspender los permisos para el porte de armas de fuego y ordenar la revisión de la carga que haya sido, sea o vaya a ser transportada por vía terrestre, fluvial, marítima o aérea que ingrese, transite o salga de la zona.
Paralelamente a las medidas de orden público el Gobierno Nacional adelantará en las Zonas de Rehabilitación y Consolidación Programas y Proyectos de Desarrollo Social, especialmente en las áreas de Salud, Educación, vías, vivienda y fomento de la agricultura, la ganadería, la pesca y otras actividades que le permitan su reactivación Económica y Social.

Los Ministerios de Salud y Educación darán prioridad a la atención de los habitantes de los 14 municipios incluidos en las dos Zonas de Rehabilitación y Consolidación.

En el caso de la Zona de Rehabilitación de Bolívar y Sucre, el Ministro del Interior será el encargado autorizar el ingreso y permanencia de ciudadanos extranjeros.

La Resolución Ejecutiva que establece las dos primeras Zonas de Rehabilitación y Consolidación lleva las firmas del Presidente de la República y de los Ministros de Interior y Defensa.

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA