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GOBIERNO ANUNCIA REFORMAS A JUSTICIA Y TUTELA

Bogotá, 24 sep (CNE).- El ministro delegatario Fernando Londoño Hoyos anunció que el Gobierno presentará varios proyectos para reformar la administración de justicia y reglamentar la acción de tutela.

El Ministro consideró que la reforma a la justicia es un proyecto prioritario del Gobierno y busca simplificar su administración para convertirla en un instrumento ágil y dinámico.

Sostuvo que en el sistema actual los temas más triviales y sencillos son sometidos a un "procesalismo absurdo que carcome la razón de ser del derecho".

Propuso crear jueces de competencia múltiple que resuelvan en una sola instancia problemas sencillos como la ruptura de un contrato civil o de arrendamiento, a través de procedimientos casi verbales, sin ritualidades ni abogados.

Anticipó que estos jueces operarán en pequeños municipios, barrios populosos y sitios estratégicos, para que la gente demande justicia donde se la puedan dar y donde la conciliación sea fuente del derecho con la ayuda del juez.

Sostuvo que Colombia tiene desde hace 70 años una jurisdicción contencioso-administrativa que "parece destinada a impedir que el Estado falle y dicte sentencias con prontitud".

Expuso que por esto se deben crear jueces administrativos de pequeñas causas que resuelvan el pequeño conflicto del particular con el Estado.

Señaló que una de las fallas de la administración de justicia es que los jueces de circuito utilicen el 80 por ciento de su tiempo en resolver los juicios ejecutivos de las entidades financieras.

LA ACCION DE TUTELA

Durante un debate cumplido en la Comisión Primera del Senado de la República, el Ministro Delegatario se refirió también al proyecto de reforma constitucional que presentará el Gobierno para reglamentar la acción de tutela.

Adelantó que los dos cambios fundamentales se refieren a que el recurso de amparo no proceda contra sentencias judiciales o para interferir procesos judiciales, pues la tutela se origina precisamente cuando la persona que la solicita no tiene recursos judiciales para reclamar sus derechos.

El segundo cambio es la definición de los derechos fundamentales susceptibles de ser tutelados, para evitar el alud de procesos por hechos o derechos conexos.

Aseguró que la extensión de la tutela a los derechos no fundamentales por la vía de la conexidad ha traído como efecto la sustitución de autoridades como el alcalde, el gobernador o el Presidente, con decisiones tomadas por los jueces, a quienes no les corresponde dictar ese tipo de medidas.

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