Aclara la Dian

IMPUESTO AL PATRIMONIO SIGUE FIRME

Bogotá, 30 abr (CNE). La decisión de la Corte Constitucional de declarar inexequible la segunda prórroga del estado de Conmoción Interior, no afecta el impuesto al patrimonio para preservar la Seguridad Democrática.

El director de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), Mauricio Aranguren, recordó que el Decreto 1832 de 2002 que le da vida a dicho impuesto, pasó su examen de constitucionalidad en la Corte.

Indicó que el Consejo de Estado también hizo el control de legalidad y aprobó el decreto reglamentario con las diferentes cuotas al patrimonio.

“De manera que con esta decisión la Corte no toca para nada el Impuesto al Patrimonio. Dadas esas circunstancias, entre el 3 y el 9 de junio debe pagarse la última cuota de ese impuesto”, afirmó.

El funcionario advirtió a los contribuyentes que no han pagado totalmente el impuesto y a los que no han presentado la declaración, que pueden exponerse a las sanciones contempladas en la ley.

Detalló que lo que la Corte Constitucional declaró inexequible fueron los decretos adoptados durante la segunda prórroga del estado de Conmoción Interior.

“El decreto del Impuesto al Patrimonio y el reglamentario que estableció plazos y cuotas, se emitieron cuando se creó la Conmoción”, dijo.

Hasta la fecha el Gobierno ha recaudado recursos por 1 billón 648 mil millones que se destinarán a recuperar la paz y la seguridad en Colombia

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