Aclara
la Dian
IMPUESTO
AL PATRIMONIO SIGUE FIRME
Bogotá,
30 abr (CNE). La decisión de la Corte Constitucional de declarar
inexequible la segunda prórroga del estado de Conmoción
Interior, no afecta el impuesto al patrimonio para preservar la
Seguridad Democrática.
El
director de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), Mauricio Aranguren,
recordó que el Decreto 1832 de 2002 que le da vida a dicho
impuesto, pasó su examen de constitucionalidad en la Corte.
Indicó
que el Consejo de Estado también hizo el control de legalidad
y aprobó el decreto reglamentario con las diferentes cuotas
al patrimonio.
De
manera que con esta decisión la Corte no toca para nada el
Impuesto al Patrimonio. Dadas esas circunstancias, entre el 3 y
el 9 de junio debe pagarse la última cuota de ese impuesto,
afirmó.
El
funcionario advirtió a los contribuyentes que no han pagado
totalmente el impuesto y a los que no han presentado la declaración,
que pueden exponerse a las sanciones contempladas en la ley.
Detalló
que lo que la Corte Constitucional declaró inexequible fueron
los decretos adoptados durante la segunda prórroga del estado
de Conmoción Interior.
El
decreto del Impuesto al Patrimonio y el reglamentario que estableció
plazos y cuotas, se emitieron cuando se creó la Conmoción,
dijo.
Hasta
la fecha el Gobierno ha recaudado recursos por 1 billón 648
mil millones que se destinarán a recuperar la paz y la seguridad
en Colombia
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