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Proyecto de ley que facilita reincorporación

GOBIERNO PROPONE PENAS ALTERNATIVAS CON REPARACIÓN A VÍCTIMAS

Bogotá, 20 ago (CNE).- El Gobierno Nacional radicó hoy ante la Secretaría del Senado de la República el proyecto de ley que facilita la reincorporación de las personas que estén dispuestas a dejar las armas y que se comprometan a no regresar a las filas de los grupos armados al margen de la ley.

El proyecto propone la suspensión de la sentencia para estas personas, siempre y cuando se comprometan a cumplir una pena alternativa a la prisión y a realizar actos de reparación a las víctimas de sus delitos.

Adicionalmente, la iniciativa plantea como requisito que los beneficiados con la medida pertenezcan a un grupo armado que haya declarado un cese de hostilidades y participe activamente en un proceso de paz (requisito que no aplicaría en caso de que se trate de una entrega individual) y que exista el compromiso de no regresar a las filas de estas organizaciones ni de cometer delitos dolosos.

El proyecto de ley, de 19 artículos, fue radicado por el ministro del Interior y Justicia, Fernando Londoño Hoyos

Según el proyecto de ley, un Juez de la República podrá suspender la pena impuesta a estas personas “previa solicitud exclusiva y discrecional del Presidente de la República”, una vez se hayan cumplido los requisitos señalados anteriormente.

El proyecto plantea como penas alternativas a la prisión las siguientes medidas:

Inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas hasta por 10 años
Inhabilitación para el acceso a cargos de elección popular hasta por 10 años.
Prohibición de tenencia y porte de armas hasta por 10 años.
Privación del derecho de residir en determinados lugares o acudir a ellos, hasta por 20 años.
Expulsión del territorio nacional para extranjeros.
Prohibición de aproximarse a las víctimas o comunicarse con ellas, hasta por 10 años.
Restricción geográfica de la libertad, hasta por 10 años.

De la misma forma, el proyecto propone los siguientes mecanismos de reparación a las víctimas, que deberán ser realizados por las personas que se beneficien con esta iniciativa.

Reparación a las víctimas, de conformidad con los mecanismos establecidos en la ley.
Realización de trabajo social a favor de la recuperación a las víctimas.
Colaboración activa y efectiva con instituciones que se dediquen al trabajo social por la recuperación de las víctimas.
Aporte de bienes a instituciones que se dediquen al trabajo social por la recuperación de las víctimas.
Entrega de bienes al Estado para la reparación a las víctimas.
Manifestación pública de arrepentimiento.
Colaboración activa y efectiva en la desmovilización de organizaciones armadas al margen de la ley.
Colaboración eficaz al esclarecimiento de los hechos ocurridos con ocasión del conflicto.
Aporte de información que contribuya eficazmente a la desarticulación de grupos armados organizados al margen de la ley.

La iniciativa establece que será el juez de conocimiento o el de ejecución de penas, según el caso, quien determinará cuáles serán la sanciones y los actos que deberá realizar la persona que se someta a esta propuesta

De acuerdo con el proyecto, se conformará una comisión de verificación integrada por el Gobierno Nacional, que velará por el cumplimiento de los compromisos adquiridos al acogerse a esta ley.

Si dicha comisión detecta que hay incumplimiento de las obligaciones adquiridas, se pasará el informe al juez de penas respectivo quien revocará los beneficios concedidos y dispondrá el cumplimiento de la pena privativa de la libertad

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