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El Gobierno deberá radicar ley estatutaria en marzo de 2004

APROBADA CONCILIACIÓN DE REFORMA CONSTITUCIONAL ANTITERRORISTA

Bogotá, 15 dic (SNE).- El Congreso de la República aprobó este lunes la conciliación de la reforma constitucional antiterrorista, con lo cual el Gobierno Nacional podrá contar con herramientas jurídicas que le permitan enfrentar de manera más eficaz el terrorismo.

El punto más importante de la conciliación fue determinar que operativos en los que se realicen allanamientos, detenciones o interceptación de comunicaciones, sin previa orden judicial, serán sometidos a control judicial 36 horas después de su realización. No obstante, la Procuraduría será informada inmediatamente de estos hechos.

El paso siguiente, por parte del Gobierno, será la presentación al Congreso de la República de una ley estatutaria que reglamente los cambios hechos a la Constitución Política.

De acuerdo con el texto aprobado por el Legislativo, para este proceso el Gobierno Nacional debe radicar el texto del proyecto a más tardar el primero de marzo de 2004, con mensaje de urgencia e insistencia.

Una vez radicado el texto de la Ley estatutaria, el Congreso tendrá nueve meses para su estudio y aprobación, de lo contrario "el Gobierno Nacional podrá expedir un reglamento que regule en forma transitoria la materia".

Las facultades para la interceptación de comunicaciones y otras formas de correspondencia privada, así como para las detenciones y allanamientos sin previa orden judicial, tendrán una vigencia de cuatro años prorrogables por la mayoría absoluta del Congreso de la República.

El texto de la reforma constitucional fue presentada por el Gobierno al Congreso para dotar a las autoridades de herramientas que les permitan evitar acciones terroristas.

La reforma constitucional antiterrorista modifica los artículos 15, 24, 28 y 250 de la Carta Política.

La modificación al artículo 15 permite interceptar o registrar correspondencia y demás formas de comunicación privada, sin previa orden judicial, pero con aviso inmediato a la Procuraduría.

Los cambios al artículo 24 de la Constitución permitirán al Gobierno "establecer la obligación de llevar un informe de residencia de los habitantes del territorio nacional, de conformidad con la ley estatutaria que se expida para el efecto".

La reforma al artículo 28 permitirá a las autoridades la realización de detenciones, allanamientos y registros domiciliarios sin previa orden judicial, con aviso inmediato a la Procuraduría y con control judicial dentro de las 36 horas siguientes.

La reforma al artículo 250 permitirá que la Fiscalía General conforme unidades especiales de Policía Judicial con miembros de la Fuerzas Militares para que actúen como tal en aquellos sitios en donde no exista autoridad judicial alguna.

Estas unidades estarán bajo la coordinación y dirección de la Fiscalía General de la Nación.

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