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Con nueva Ley de Riesgos Profesionales

GOBIERNO ESTABLECIÓ LÍMITE PARA PAGO DE PRESTACIONES

Bogotá, 10 ene (CNE). Un plazo límite de dos meses para que las Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP) realicen el pago oportuno de las prestaciones asistenciales y económicas de los trabajadores colombianos, estableció la nueva ley de Riesgos Profesionales que sancionó recientemente el presidente Álvaro Uribe Vélez.

El director de Riesgos Profesionales del Ministerio de Salud, Juan Carlos Llano, afirmó hoy que la Ley 776 de 2002 garantiza a los trabajadores el pago de sus prestaciones de manera oportuna después de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, hecho que debe ser reconocido por la Administradora en la cual estaban afiliados en el momento de ocurrir el accidente.

La ley contempla también un plazo límite de 30 días, posteriores al accidente de trabajo, para que sea evaluado y calificado el nivel de impedimento laboral, explicó Llano.

"La nueva ley favorece el pago oportuno de estas prestaciones, porque la anterior ley (1295 de 1994) no establecía un tiempo definido y pasaban muchos años sin que se diera cumplimiento a esta obligación", destacó.

Las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo los cubrirá la última Administradora de Riesgos Profesionales (ARP), la cual debe responder por los costos generados", destacó.

La nueva ley contempla que todo afiliado con una incapacidad temporal, recibirá un subsidio equivalente al ciento por ciento de su salario base de cotización, calculado desde el día siguiente de ocurrido el accidente de trabajo, hasta el momento de su rehabilitación y readaptación.

El afiliado que presente una disminución definitiva igual o superior al 5 por ciento pero inferior al 50 por ciento de su capacidad laboral, será considerado como incapacitado permanente parcial y recibirá una pensión de entre el 60 y el 90 por ciento del salario devengado.

El funcionario explicó que los empleadores están obligados a ubicar al trabajador incapacitado parcialmente en el cargo que desempeñaba o proporcionarle un trabajo compatible con sus capacidades y aptitudes.

Si el trabajador está en desacuerdo con la calificación proferida por la ARP, acudirá al procedimiento respectivo en las Juntas de Calificación de Invalidez.

El Director de Riesgos Profesionales anunció que la ley contempla la variación de la cotización como un estímulo monetario para los empresarios que realicen campañas preventivas de riesgos profesionales.

"Lo que busca la ley es premiar a los empresarios que hacen bien las cosas y evitar los accidentes laborales con la disminución de la cotización en un 30 por ciento", resaltó.

Destacó también que a aquellos empresarios que presenten incrementos en los accidentes de trabajo, la ley les aumentará en un 30 por ciento el valor de la cotización que deben pagar.

Actualmente el Sistema General de Riesgos Profesionales cuenta con 4 millones de trabajadores afiliados y para el 2003 el Ministerio de Salud espera afiliar a 5 millones 600 mil afiliados.

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