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Presidente sanciona Ley de Reforma Financiera

VÍA LIBRE A COBERTURA DE INFLACIÓN Y LEASING HABITACIONAL

Bogotá, 14 ene (CNE). El presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, sancionó hoy la Ley 795 que ajusta las normas del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero Colombiano y establece una cobertura a los créditos de vivienda a largo plazo frente al incremento de la inflación.

Según Juan Pablo Córdoba, director del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafín), la Ley da vía libre al leasing habitacional para vivienda, protege los depósitos que tienen los colombianos en los bancos y ofrece estímulos a los microcréditos.

Córdoba dijo que el seguro contra inflación cobija todos los créditos hasta por 40 millones de pesos, expedidos a partir de septiembre de 2002 y con plazo de dos años.

El Director del Fogafín aseguró que la cobertura estaría vigente durante toda la vida del crédito a una tasa equivalente a la variación de la UVR o seis por ciento. Ante la mora el deudor perdería el derecho a la cobertura.

“El crédito no puede ser sino hasta por 40 millones de pesos para apoyar a ese nivel medio de familias colombianas que no tienen acceso a una vivienda, dado que a los subsidios de vivienda de interés social están llegando a los estratos más bajos de la población”, aseguró.

Córdoba indicó que todas las personas pueden acceder a la cobertura. “Los primeros 40 mil créditos que cumplan las condiciones y sean elegibles tendrán acceso a esa cobertura. Es el único límite que tenemos en un plazo de dos años”, afirmó.

PROTEGEN DEPÓSITOS

La Ley 795, sancionada hoy por el presidente Uribe Vélez, otorga mayores garantías a los colombianos que tienen dineros depositados en las distintos bancos del país, al separar en un patrimonio autónomo los recursos de los ahorradores cuando la entidad entra en dificultades.

El Director del Fogafín explicó que el salvamento de los ahorros del público se hará trasladando esos depósitos a otra entidad, que los administrará evitando la pérdida de gran parte de los mismos.

“Cuando la entidad entra en dificultades, la Superintendencia Bancaria interviene rápidamente pasando esos recursos a otros bancos. Esos dineros serán respaldados con los activos más productivos que tenga la entidad que está en problemas”, explicó Córdoba.

“Lo que se necesita es prevenir y no lamentar. Actuar preventiva y rápidamente para evitar que la masa de los depósitos del público vaya a integrarse en la liquidación”, dijo.

LEASING HABITACIONAL

La Ley 795 permite que los bienes entregados por sus propietarios a los bancos en dación en pago por el incumplimiento de sus deudas, puedan ser entregados por las entidades en calidad de arriendo a los antiguos dueños, al restablecer la figura del leasing habitacional o arrendamiento de inmuebles.

Según Córdoba, la medida permitirá a los bancos hacer contratos de leasing habitacional, para poder darle una salida a los bienes recibidos en dación en pago. “De esta manera los deudores que eran dueños de sus viviendas podrán recuperarlas a través de esta nueva figura”, dijo.

El funcionario explicó que la iniciativa le da prioridad a quien figuraba como dueño de la casa cuando era deudor. Esto significa que quienes tuvieron que entregar su vivienda podrán recuperarla si cumplen una serie de condiciones, entre ellas, tener capacidad de pago.

El Director del Fogafín dijo que en la actualidad los bancos cuentan con más de diez mil inmuebles recibidos en dación en pago, los cuales superan los dos billones de pesos. Afirmó que la forma de pago y el valor del arriendo serán establecidos entre las dos partes.

MICROCRÉDITOS

La Reforma Financiera también incluye tasas de usura diferenciales con el propósito de reactivar en el sector financiero el crédito para las micros, pequeñas y medianas empresas del país.

Explicó que la intención es que los microempresarios tengan acceso al crédito formal a través del sistema financiero. Esto se logra teniendo en la legislación diferentes tasas de usura, según el riesgo y la naturaleza de los créditos.

“En este momento millones de personas y de microempresarios que no tienen acceso al crédito formal en la economía, acuden como fuente de crédito al tendero de la esquina, quien les presta a unas tasas que pueden superar el 4 y 5 por ciento diario, lo cual lo hace extremadamente caro”, aseguró.

Advirtió que la medida autoriza a los bancos a cobrar una tasa de interés mayor, debido a que podrán cubrir los costos administrativos que son más altos que los de un crédito normal.

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