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Declarado constitucional decreto de Conmoción Interior

CORTE DA VÍA LIBRE A SESIONES DE CONCEJOS POR INTERNET

Bogotá, 23 ene (CNE). La Corte Constitucional dio hoy vía libre a un decreto expedido por el Gobierno, al amparo de la Conmoción Interior, donde autoriza a los concejos municipales a sesionar por teléfono, videoconferencia o internet, si las condiciones de orden público no permiten la reunión presencial en sus respectivos municipios.

El presidente de la corporación, magistrado Eduardo Montealegre, dijo que la entidad encontró conforme a la Constitución dicho decreto de Conmoción, sobre todo para aplicarlo en aquellos municipios donde existan graves perturbaciones de orden público.

“En estos casos los concejales pueden deliberar a través de mecanismos electrónicos o mecanismos como el teléfono, el internet y la videoconferencia. Es decir, a utilizar la tecnología moderna para poder hacer sus deliberaciones”, aseguró.

Montealegre explicó que esta posibilidad solamente es constitucional en la medida en que cuando se haga el debate a través de estos medios tecnológicos, en primer lugar se garantice la certeza y la seguridad en la toma de decisiones.

“Que en virtud de la publicidad, se conozca previamente cuáles son los temas que se van a debatir por parte de los concejales. Es decir que a pesar de que existan reuniones no presenciales tienen que cumplirse de todas maneras los presupuestos de Constitución para efectos de tramitar las decisiones de los concejos municipales”, indicó.

La Corte Constitucional también declaró exequible una norma del Código Penal que sanciona con pena de tres a seis años de cárcel a los particulares o retenedores de impuestos que no trasladen oportunamente los recursos a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

Según Montealegre, los comerciantes que hacen las veces de retenedores del IVA tienen un plazo de dos meses para trasladar los recaudos a la Dian. Si no lo hacen tendrán una pena de 3 a 6 años de prisión

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