Junio de 2003

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
8
22
Un mes de plazo para trasladarse a otra EPS

SUPRIMIDO SERVICIO DE SALUD DEL FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL CONGRESO

Bogotá, 24 Jun. (CNE).- El Gobierno suprimió el servicio de salud que venía prestando el Fondo de Previsión del Congreso de la República, por considerarlo inviable operativa y financieramente.

En adelante, los empleados del Congreso de la República y los Senadores y Representantes a la Cámara, tendrán 30 días de plazo para trasladarse a la Empresa Promotora de Salud (EPS), que deseen.

Mientras eso sucede, el Fondo seguirá prestando los servicios médicos, asistenciales y de odontología a todos sus afiliados.

De acuerdo con el decreto 1700 del Ministerio de la Protección Social, los afiliados que pasados los 30 días no se hayan cambiado, el mismo Fondo los trasladará teniendo en cuenta su lugar de trabajo y preservando la unidad familiar obligatoria por la ley.

El Fondo de Previsión Social seguirá manejando las afiliaciones y el negocio de pensiones que viene desempeñando.

Según el decreto 1700, la supresión de los servicios de salud implicará la reducción de la planta de personal. El gerente del Fondo decidirá cuál es el tamaño ideal de la nómina para continuar prestando los servicios de pensiones.

Las Empresas Promotoras de Salud deberán garantizar la prestación de los servicios de salud, a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha en que se inscribieron los nuevos afiliados.

El trabajador tendrá que reportar a su empleador el cambio de EPS y los datos de sus familiares y beneficiarios para que la Empresa Promotora haga los ajustes necesarios y comience a prestar los servicios de salud y odontología.

Sobre las llamadas enfermedades de alto costo, como cáncer, insuficiencia renal o VIH, el gerente del Fondo de Previsión deberá identificar a los afiliados que reciben esos tratamientos, y los remitirá a la Superintendencia Nacional de Salud. Estos pacientes también serán trasladados para continuar recibiendo los servicios de salud.

El decreto 1700 le da un mes al representante legal del Fondo para realizar los inventarios de activos y pasivos del programa de salud, determinar si hay utilidades de vigencias anteriores, convocar a quienes tengan reclamaciones y efectuar el pago de las obligaciones de los servicios de salud.

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA