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TENDEROS TIENEN HASTA EL 31 DE MARZO PARA INCRIBIRSE EN RÉGIMEN SIMPLIFICADO

Bogotá, 21 mar (CNE). Los tenderos, pequeños comerciantes y prestadores de servicios gravados con el Impuesto sobre las Ventas (IVA), tienen plazo hasta el próximo 31 de marzo para inscribirse en el Régimen Simplificado.

Así lo notificó hoy la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), entidad que recordó que estos contribuyentes no tienen la obligación de facturar, declarar y pagar el IVA, pero sí la de inscribirse en el Régimen Simplificado.

De acuerdo con la información entregada por la Dian, el nuevo responsable del IVA debe identificar si pertenece al Régimen Simplificado o al Régimen Común. Además quienes tienen la calidad de comerciantes deben hacer el registro en las Cámaras de Comercio.

La Dian aclaró que los tenderos o pequeños comerciantes responsables del IVA pertenecen al Régimen Simplificado sólo si durante el 2002 registraron ingresos derivados de su actividad inferiores a 123 millones 600 mil pesos.

Entre tanto, los prestadores de servicios responsables del IVA pertenecen al Régimen Simplificado sólo si durante el 2002 registraron ingresos derivados de su actividad inferiores a 61 millones 800 mil pesos.

La Dian informó que la próxima semana atenderá en horarios extendidos en sus oficinas de Administración de Impuestos de todo el país. Los contribuyentes también pueden obtener mayor información en las líneas 342 30 00 de Bogotá y la línea gratuita a nivel nacional 018000 51 4090.

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