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Beneficiará a familias campesinas pobres

GOBIERNO COLOCA PRIMER LADRILLO A VIS RURAL

Bogotá, 2 may. (CNE).- Con el fin de promover el mejoramiento de la calidad de vida de los campesinos del país, el Gobierno Nacional colocó el primer ladrillo de la estrategia de Vivienda de Interés Social (VIS) Rural.

Se trata del Decreto 1042 del 28 de abril de 2003 que dará vía libre al programa de VIS rural que impulsa el Gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez y que busca beneficiar por lo menos a 10 mil familias del campo este año y cerca de 30 mil durante el cuatrienio.

El Gobierno pondrá en marcha programas de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico, así como de compra de vivienda nueva o construcción con el fin de reducir los índices de hacinamiento crítico y el déficit habitacional de las zonas rurales.

El programa apoyará el proceso de reactivación del campo, el desarrollo regional del país y la recuperación de la convivencia y la paz en el sector agrario nacional.

Con la decisión, los campesinos del país de bajos recursos podrán acceder a subsidios para la compra, construcción o mejoramiento de su vivienda, para lo cual deberán tener el 10 por ciento de los recursos a través del sistema de cuenta de ahorro programado. Este aporte también podrá ser hecho por los departamentos o municipios u organizaciones no gubernamentales que apoyan a los campesinos, los cuales pueden actuar en proyectos conjuntos con el Gobierno a través del sistema de cofinanciación.

Todos los habitantes rurales de estratos uno y dos del Sisbén de todo el país, así como los colombianos que habiten en las zonas urbanas y cuyos recursos dependan de actividades rurales pueden ser beneficiarios de los programas de VIS rural que impulsará el Gobierno.

"Se entiende por vivienda de interés social rural aislada, la vivienda ubicada en un terreno de uso agropecuario, forestal o pesquero de tamaño menor o igual a una Unidad Agrícola Familiar -UAF-, definida según la Ley 505 de 1999. Cuando se trate de vivienda agrupada o aislada independiente de unidad productiva alguna, la vivienda de interés social rural corresponderá a la perteneciente a los estratos uno y dos. Para las comunidades indígenas, la autoridad indígena determinará las viviendas de interés social rural", dice el artículo 3 de la nueva ley.

El Ejecutivo trabajará a través de un comité intersectorial integrado por los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural; Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y de Transporte; el departamento de Desarrollo Agrario de la Dirección Nacional de Planeación; Finagro, el Banco Agrario y el Incora o la entidad que se encargará de los temas de desarrollo rural.

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