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Con vigencia a partir del primero de enero de 2004

GOBIERNO REGLAMENTE PATRIMONIOS MÍNIMOS PARA LAS ASEGURADORAS

Bogotá, 20 may (CNE). El Gobierno fijó los patrimonios mínimos que deberán demostrar las aseguradoras del país a partir del primero de enero de 2004, para poder ofrecer sus servicios de protección de bienes y de actividades productivas.

A través del Decreto 1222 del 15 de mayo de este año, el Ministerio de Hacienda reglamentó el artículo 80 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, que tiene relación con dicho tema.

Según la nueva legislación, todas las compañías y cooperativas de seguros tendrán que demostrar un capital básico de 5 mil 500 millones de pesos, además de recursos adicionales por cada producto que ofrezcan contra riesgos.

Las empresas especializadas en seguros de automóviles tendrán que contar con un patrimonio adicional de mil 800 millones de pesos. Para el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) será de mil 100 millones de pesos.

Esta suma es igual al capital que deberán adicionar las compañías que ofrecen protección contra incendio, terremoto o lucro cesante.

Para el seguro de vida individual, el Ministerio de Hacienda estableció, además del patrimonio, un capital mínimo de mil millones de pesos. Una suma igual para el de invalidez y supervivencia, 600 millones para riesgos profesionales, mil millones para el seguro de enfermedades de alto costo y un valor equivalente para el seguro de vida de grupo.

Según la reglamentación, el monto del patrimonio y el capital mínimo requeridos deberán acreditarse el primero de enero de 2004, y serán ajustados anualmente con base en el Índice anual oficial de Precios al Consumidor (IPC), que entrega el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (Dane).

En el caso de las compañías o las cooperativas de seguros especializadas en los seguros de crédito para las exportaciones, deberán acreditar un capital mínimo de 4 mil 900 millones de pesos

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