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Agilizan trámites de comercio exterior

SECTOR PRIVADO PODRÁ EXPEDIR CERTIFICADOS DE ORIGEN

Bogotá, nov 12. (SNE).- Con el fin de agilizar los trámites que hacen los empresarios exportadores, el Gobierno autorizó al sector privado a expedir los certificados de origen y las formas valoradas que se venían procesando en el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Así quedó contemplado en el decreto 3215 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en el que se anuncia que la selección de la persona o sociedad que efectuará esa labor se realizará mediante convocatoria pública.

La persona privada seleccionada expedirá los certificados de origen que soliciten los usuarios de comercio exterior, con excepción de los certificados de origen para los productos desgravados.

También deberán expedir las formas valoradas de comercio exterior y recaudar los pagos correspondientes por ellas.

Para expedir esas facturas, se deberán solicitar cinco días antes de cada mes a la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo las cantidades que se requieran para atender la demanda mensual de los usuarios.

Esa sociedad deberá recaudar los pagos por las compras de las formas valoradas y consignar ese dinero semanalmente en la entidad financiera señalada e informar las consignaciones y las cantidades vendidas.

También tendrá que constituir una póliza a favor del Mincomercio, expedida por una compañía autorizada, que cubra las facturas o formas valoradas que se le entreguen.

El Ministerio determinará el valor de cada una de las formas o facturas.

REQUISITOS

El decreto establece que las personas o sociedades escogidas deberán tener o cumplir los siguientes requisitos:

No estar incursas en causal de inhabilidad o incompatibilidad constitucional para celebrar contratos con el Mincomercio.

Así mismo, acreditar experiencia no menor de dos años en atención al público y experiencia no menor de dos años en operación, administración y control de base de datos.

También contar con instalaciones físicas adecuadas para atender público.

La convocatoria pública de selección se hará según la Ley 80 de 1993. Las funciones se cumplirán por cinco años, pero se advierte que por motivos de interés público o social se podrá suspender.

El Mincomercio exigirá información trimestral sobre las labores efectuadas y cuando se evidencie que es incorrecta se iniciarán las investigaciones necesarias.

La persona o entidad seleccionada deberá mantener en el sitio público del establecimiento toda la información sobre las funciones que desempeña, los documentos que deben entregar los usuarios cuando requieran los servicios y toda la información necesaria.

Con respecto a la póliza de garantía, el decreto 3215 dice que ser equivalente a 500 salarios mínimos legales mensuales y que será renovada tres meses antes de que se venza.

También la póliza tendrá que cobijar prestaciones sociales e indemnizaciones por el cinco por ciento del valor anual de la nómina que se requiera para trabajar mínimo durante tres años.

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