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INVERSIÓN MÍNIMA EN ZONAS ECONÓMICAS BAJA A US$100 MIL

Bogotá, 3 sep (CNE). El Gobierno redujo de un millón de dólares a 100 mil dólares la exigencia de inversión mínima para las empresas que se establezcan, antes del 31 de diciembre de 2004, en las cuatro Zonas Económicas Especiales de Exportación (ZEEE).

A través del Decreto 2484, fechado el 2 de septiembre en la ciudad de Cúcuta, el Gobierno ajustó el monto mínimo de inversión para atraer más empresas a las Zonas Económicas Especiales de Exportación de la capital de Norte de Santander, Valledupar, Ipiales y Buenaventura.

Para acceder a esta reducción, las empresas exportadoras deberán radicarse antes del 31 de diciembre de 2004 en cualquiera de las cuatro Zonas.

El Decreto contempla que las empresas que se radiquen antes del 31 de diciembre de 2005, deberán hacer inversiones mínimas por un millón de dólares.

Después de este límite, las inversiones mínimas requeridas serán de dos millones de dólares.

La medida indica que el total de la inversión deberá ejecutarse dentro del primer 25 por ciento del tiempo que dura el proyecto, salvo circunstancias especiales que serán analizadas por el Comité de Selección.

El inversionista deberá cumplir sus compromisos de generación de empleo, incorporación de nuevas tecnologías, encadenamiento con la industria nacional, producción limpia y permanencia en el país.

Las Zonas Económicas Especiales de Exportación ofrecen ventajas comparativas para los inversionistas, relacionadas con exenciones en el pago de los impuestos de renta y en el pago del Impuesto a las Ventas (IVA) por importación de maquinaria.

Las empresas que se establezcan en las Zonas sólo cancelan la mitad de los aportes parafiscales al Sena, Bienestar Familiar y Cajas de Compensación. Es decir el 4,5 por ciento sobre el valor de la nómina. Además pueden aplicar normas de flexibilidad laboral, como el no pago de recargo nocturno o dominical.

La Ley establece que una Zona Económica Especial debe exportar al menos el 80 por ciento de su producción, mientras que el 20 por ciento restante puede ser vendido en el mercado nacional.

El Decreto 2484 establece que las empresas y el Gobierno están obligados a garantizar su permanente adecuación a los acuerdos establecidos con la Organización Mundial de Comercio (OMC) y demás convenios de integración económica.

El Gobierno se compromete a gestionar el reconocimiento de las Zonas ante los organismos multilaterales de comercio, porque benefician a regiones deprimidas, con alto desempleo y orden público deteriorado.

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