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Llamado del Ministerio de Comercio Exterior

“A UTILIZAR LOS BENEFICIOS DE LA REFORMA TRIBUTARIA”

Bogotá, 18 sep (CNE). - Conocer y utilizar los beneficios de la Ley 788 o Reforma Tributaria para los diferentes sectores comerciales del país, pidió hoy el Gobierno Nacional a los empresarios e industriales nacionales.

Durante el seminario ‘Beneficios de la Reforma Tributaria’, la viceministra de comercio Exterior, Claudia María Uribe, dijo que los empresarios deben conocer la Ley para que puedan utilizar los beneficios.

“Las exenciones tributarias deben ser más difundidas para aprovechar al máximo los beneficios de la preferencias Arancelarias que da la Ley de Promoción Comercial Andina y Erradicación de la Droga (Atpdea)”, expresó la Viceministra.

Por su parte, el presidente de Proexport, Luis Guillermo Plata, afirmó que conocer los beneficios permitirá continuar con la reactivación económica social y el fortalecimiento de los diferentes sectores como comercio, Infraestructura, turismo y medio ambiente.

“Hay que saber cómo me afecta eso a mí y a mi negocio, porque una cosa es saber que existe una norma pero otra cosa es decir yo estoy pensando para el año entrante importar abc, eso cómo me va a afectar, como va a ser el IVA contra eso para poder hacer los cálculos exactos de las cosas”, agregó.

Plata explicó que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) están dando a conocer específicamente cuáles son los beneficios tributarios a alrededor de 600 empresas colombianas exportadoras e importadoras del país.

“Estamos en ese gran esfuerzo con la Dian no solo en Bogotá, sino en Medellín, Barranquilla y Sincelejo y llegándole a más de 600 empresas con los beneficios específicos de la reforma y cómo afecta al exportador”, dijo Plata.

De acuerdo con la Ley Tributaria, entre los sectores que quedaron exentos de pagar impuesto de renta durante los próximos 30 años se encuentran los servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles que se construyan. El beneficio también lo gozarán los hoteles que se remodelen en los próximos 15 años.

Así mismo, el servicio de ecoturismo certificado por el Ministerio del Medio Ambiente o autoridad competente en los próximos 20 años.

Entre tanto, la venta de energía eléctrica generada con base en los recursos eólicos, biomasa o residuos agrícolas, realizada por las empresas generadoras, tendrán una exención en el pago de tributos por 15 años.

La prestación del servicio de transporte fluvial con embarcaciones y planchones de bajo calado, tendrán un beneficio tributario en los próximos 15 años.

Así mismo gozarán de ese beneficio la industria maderera, las nuevas plantaciones forestales, incluida la guadua, y las inversiones que se hagan en nuevos aserríos. Además los contribuyentes que posean plantaciones de árboles maderables debidamente registrados ante la autoridad competente. La exención queda sujeta a la renovación técnica de los cultivos.

De acuerdo con la Ley, queda exenta la renta líquida gravable generada por el aprovechamiento de nuevos cultivos de tardío rendimiento en cacao, caucho, palma de aceite cítricos y demás frutales que tengan clara vocación exportadora determinados por el Ministerio de Agricultura.

La exención para el caso del caucho, cacao, cítricos y demás frutales será por un término de 14 años a partir de su siembra. Para el caso de la Palma de Aceite, por 10 años a partir del inicio de la producción.

También se beneficiarán los nuevos contratos de arrendamiento financiero con opción de compra (leasing), de inmuebles construidos para vivienda, con una duración no inferior a diez años. Esta exención operará para los contratos suscritos dentro de los diez años siguientes a la vigencia de la Ley Tributaria.

Otros sectores que recibirán el beneficio tributario serán la industria farmacéutica y la informática. Los nuevos productos medicinales y el software, elaborados en Colombia y amparados con nuevas patentes registradas ante la autoridad competente, siempre y cuando tengan un alto contenido de investigación científica y tecnológica nacional, certificado por Colciencias, no pagarán impuesto de renta en los próximos diez años.

La prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos, por un término de 5 años, también quedaron exentos de pagar el impuesto de renta.

La Ley Tributaria también contempla que la importación de maquinaria industrial que no se produzca en el país, destinada a la transformación de materias primas por parte de empresas altamente exportadoras, no pagará IVA.

También se benefician de esa exención los bienes adquiridos por las Compañías de Financiamiento Comercial para darlos en arrendamiento financiero

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