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EN OCTUBRE VENCE PLAZO PARA PRESENTAR PROYECTOS DE SUBSIDIOS VIS

Bogotá, 18 sep. (CNE). - La ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Cecilia Rodríguez González-Rubio, recordó que el próximo primero de octubre vence el plazo para que los entes territoriales (departamentos y municipios), familias organizadas y Organizaciones Populares de Vivienda presenten, ante Findeter, los proyectos de vivienda de interés social para la entrega de subsidios que beneficien a las familias más pobres del país.

La funcionaria invitó a los interesados a identificar lotes urbanizados con vocación de vivienda de interés social que se encuentren en los municipios que tengan aprobados los Planes de Ordenamiento Territorial (POT).

“Con la identificación de los lotes urbanizados les podrán ser asignados los subsidios de vivienda por las modalidades de bolsas ordinaria (ciudades capitales) y de esfuerzo municipal (ciudades no capitales), individuales y colectivos", dijo la Ministra.

La financiación total del proyecto deberá estar garantizada con el aporte del lote urbanizado, el subsidio nacional y un eventual aporte solidario de otras entidades. En caso de requerir crédito adicional de las familias para ejecutar el proyecto, éste debe estar totalmente asegurado.

Según la Ministra, tendrán mayor calificación para la destinación de los subsidios los proyectos de vivienda que cuenten con terreno urbanizado, es decir aquel al que se le han construido los servicios públicos y las obras mínimas de urbanismo, entendidas como áreas para espacio público y equipamentos comunitarios, sardineles, bordillos, andenes, redes de acueducto, alcantarillado y eléctricas.

“De tal manera que las viviendas que se construyan cuenten con los servicios públicos básicos que garanticen una vivienda digna, pues estos subsidios serán exclusivamente para familias muy pobres, razón por la cual deben estar completamente financiados”, añadió.

Dicho financiamiento se consigue partiendo de un aporte en lote urbanizado hecho por el ente territorial, o el terreno urbanizado adquirido en sitio propio por las familias o en un proyecto de una Organización Popular de Vivienda (OPV). El monto del subsidio se destinará para la construcción de la vivienda. Estos recursos están garantizados por el Gobierno Nacional.

Los proyectos declarados elegibles por la Financiera de Desarrollo Territorial (Findeter), serán remitidos al Ministerio para su posterior calificación y distribución recursos, dándole prioridad a los proyectos mejor calificados.

Los oferentes de los proyectos beneficiados deberán presentar la postulación de los hogares ante las Cajas de Compensación Familiar de todo el país. En consecuencia el grupo familiar debe cumplir requisitos como hogar conformado por dos o más miembros, pertenecer al nivel 1 y 2 de Sisben, no poseer vivienda y no haber sido beneficiario de subsidio alguno para vivienda, entre otros.

REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

· Las viviendas que conforman los proyectos deberán ser tipo 1, es decir que no podrán superar 40 salarios mínimos legales vigentes en municipios de menos de 500.000 habitantes ($13’280.000) y 50 salarios mínimos legales vigentes ($16’600.000) en municipios de más de 500.000 habitantes.

No habrá número máximo de viviendas por proyecto. Es decir que no habrá limite por el número de habitantes del municipio.
· El número mínimo de viviendas será de cinco (5), constituido por viviendas aisladas en un mismo municipio o agrupado en un solo proyecto a través de un oferente o una organización popular de vivienda

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