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No pagarán salud, pensiones ni riesgos profesionales

MICROEMPRESAS QUE GENEREN EMPLEO NO PAGARÁN SEGURIDAD SOCIAL

Bogotá, 22 sep. (CNE). Las microempresas del país que generen cupos de trabajo adicionales no tendrán que pagar aportes para la seguridad social de esos nuevos empleados. Este es uno de los beneficios contemplados en la Ley 789 de 2002 o Reforma Laboral.

Alberto Sierra, encargado del tema en el Ministerio de Protección Social, afirmó que para obtener el beneficio los microempresarios tienen que solicitar un microcrédito a las cajas de compensación por un monto aproximado de 8’300.000 pesos y suscribir un acuerdo de Creación de Empleo Adicional. Del valor del préstamo se descontará el equivalente a los aportes que se realicen para seguridad social (salud, pensiones y riesgos profesionales).

Explicó que una micro, pequeña o mediana empresa (mipyme) al crear un empleo adicional con una duración de por lo menos cuatro meses debe pagar al nuevo empleado entre 1 y 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (hasta $996.000) por seguridad social.

“Si solicita este crédito ante una caja de compensación, no tendrá que sufragar la seguridad social del trabajador. Es decir, no paga ni salud, ni pensiones, ni riesgos profesionales”, dijo Sierra.

El funcionario reiteró que otra de las condiciones para que la empresa sea beneficiaria del subsidio es que se contraten jefes cabeza de hogar.

De acuerdo con Sierra, los recursos asignados al empresario deberán destinarse a fortalecer el objeto social de la empresa. "Si necesita crecer o adquirir insumos, abrir una línea de producción, la caja otorga los recursos a la empresa. Previo a dar el crédito se efectúa un estudio y durante la ejecución se hace un acompañamiento para que el empresario optimice los recursos y haga la destinación que estableció”, indicó.

Si la empresa genera un nuevo empleo, dejará de pagar la parte del crédito correspondiente a las prestaciones del trabajador contratado --pensiones, salud y riesgos profesionales— por un período de cuatro meses.

De ahí, la caja de compensación calcula las cuotas de pago del crédito sin tener en cuenta la parte no reembolsable. El crédito otorgado puede contar con garantías automáticas del Fondo Nacional de Garantías (FNG).

Sin embargo, antes de que el empresario pague la totalidad del crédito, la caja verificará que el empleador haya vinculado a los trabajadores durante un período total de ocho meses, en los cuatro meses adicionales el empresario sí deberá asumir la seguridad social de los trabajadores nuevos.

En caso tal de que el empleador no cumpla con la contratación de trabajadores adicionales después de haber recibido el crédito por parte de la caja de compensación, tendrá que devolver la totalidad de los recursos.

Las cajas de compensación tienen destinados cerca de 24 mil 500 millones de pesos para subsidiar a las empresas que generen empleo adicional.

El próximo 15 de octubre se dará vía libre para que las cajas de compensación familiar comiencen a administrar este mecanismo que permite a los empresarios ahorrarse el total de los aportes que realicen por concepto de pensiones, salud y riesgos profesionales por cada trabajador adicional

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