GOBIERNO PRECISA DEDUCCIÓN
DEL 30% EN COMPRA DE MAQUINARIA Y EQUIPO
Bogotá, 2 abr. (SNE). - El Gobierno Nacional precisó la
forma como se aplicará la deducción del 30 por ciento en
la compra de bienes productivos, beneficio aprobado en la pasada reforma
tributaria para estimular la inversión privada.
Para tal fin, el Ministerio de Hacienda expidió el decreto 1014
del 1° de abril de 2004 en el que aclara cómo se descontará el
Impuesto al Valor Agregado (IVA) cuando se trate de empresarios responsables
o no del IVA.
La deducción del 30 por ciento sobre las inversiones que hagan
los empresarios en bienes productivos directamente relacionados con su
actividad industrial, fue aprobada en la pasada reforma tributaria o
Ley 863 de 2003, con el fin de estimular la inversión privada.
El pasado 30 de marzo el Ministerio de Hacienda
mediante el decreto 970 reglamentó la deducción del 30 por ciento en la adquisición
de activos productivos, pero surgieron muchas inquietudes de empresarios
sobre la forma como se aplicaría simultáneamente con los
pagos que se hacen del IVA cuando se compra un equipo.
Con relación a la definición de
activo real productivo, el nuevo decreto precisa que son los que se
adquieren para formar parte
del patrimonio y los que participan de manera directa y permanente en
la actividad productora de renta del contribuyente y se deprecian fiscalmente.
CÓMO SE APLICA
El nuevo decreto 1014 indica que el contribuyente
podrá optar
por tratar el impuesto sobre las ventas pagado en la compra del bien
de tres formas: como un impuesto descontable en el IVA, como descuento
tributario del impuesto de renta o como parte del costo de adquisición.
Los empresarios que compren una maquinaria gravada
con una tarifa de IVA del 16 por ciento, deberán calcular la deducción
del 30 por ciento sobre el valor de la maquinaria, pero sin incluir
el IVA.
Por ejemplo, una maquina fue comprada por 100
pesos, entonces si tiene una tarifa del 16 por ciento pagaría 16 pesos. El costo total
del bien sería de 116 pesos.
Si el empresario es responsable del IVA, la deducción del 30
por ciento se efectuará sobre 100 pesos y no sobre los 116 donde
se incluye el IVA. Por ley, no puede haber dos beneficios tributarios
concurrentes.
Siguiendo con el mismo ejemplo de la maquina
de 100, si el empresario que la compra no es responsable del IVA, entonces
la deducción
se efectuará sobre los 100 pesos, pero los 16 pesos que pagó como
IVA los pasa como descuento tributario, tal y como quedó establecido
en la ley tributaria de 2002.
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