RESTRICCIÓN A VEHÍCULOS DE CARGA DURANTE
SEMANA SANTA
Bogotá, 02 abr (SNE). - Con el fin de facilitar el flujo vehicular
durante Semana Santa, el Ministerio de Transporte determinó mediante
la Resolución 746 prohibir el tránsito de vehículos
de carga con capacidad superior a 3,5 toneladas.
De esta forma los días sábado 3, miércoles 7 y
jueves 8 de abril, estos vehículos no podrán transitar
entre las 10:00 de la mañana y las 8:00 de la noche. El domingo
4 se prohibirá su circulación de las 12:00 del medio día
a las 8:00 de la noche, y el domingo 11 el horario en el que no podrán
transitar será de las 8:00 de la mañana a las 8:00 de la
noche.
De acuerdo con el Ministerio de Transporte, se
exceptúan de la
prohibición los vehículos de carga que transportan productos
perecederos, desechos sólidos de origen domiciliario y desechos
líquidos.
Así mimo, se permitirá el tránsito de vehículos
cuya carga sea pollos, huevos, leche, carne, ganado de lidia, equinos,
combustibles y prensa escrita que corresponda a la emisión de
estos días.
También podrán circular los vehículos que transporten
maquinaria o herramientas para atender emergencias en la infraestructura
de servicios públicos domiciliarios del país.
De igual forma se adoptaron medidas transitorias
en materia de tránsito
de vehículos destinados al servicio de transporte de carga en
la vía Bogotá-Villavicencio.
La resolución, que busca para evitar la congestión vehicular
en esa importante vía del país, establece que se prohÍbe
el tránsito de vehículos de carga con capacidad de tres
y media (3,5) o más toneladas a partir de las 8:00 de la noche
del viernes 2 hasta las 8:00 de la mañana del lunes 5 de abril,
y desde las 8;00 de la mañana del miércoles 7 hasta las
8:00 de la mañana del lunes 12 de abril del 2004.
Así mismo, se ordena suspender entre los días sábado
3 de abril y el día 15 de mayo de 2004, el tránsito de
los vehículos que tienen permiso para circular con cargas que
sobrepasen los límites de pesos y dimensiones establecidos en
las Resolución 13791 del 21 de diciembre de 1988.
"Los permisos otorgados para el transporte de carga extrapesada
y/o extradimensionada, concedidos antes del 2 de abril no tendrán
vigencia entre el sábado 3 de abril y el sábado 15 de mayo
del 2004. Además, se suspendió la expedición de
este tipo de permisos durante ese lapso", explicó el instituto
Nacional de Vías, Invías.
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