Abril de 2004

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
8
9
10
11
18
25
31

RESTRICCIÓN A VEHÍCULOS DE CARGA DURANTE SEMANA SANTA

Bogotá, 02 abr (SNE). - Con el fin de facilitar el flujo vehicular durante Semana Santa, el Ministerio de Transporte determinó mediante la Resolución 746 prohibir el tránsito de vehículos de carga con capacidad superior a 3,5 toneladas.

De esta forma los días sábado 3, miércoles 7 y jueves 8 de abril, estos vehículos no podrán transitar entre las 10:00 de la mañana y las 8:00 de la noche. El domingo 4 se prohibirá su circulación de las 12:00 del medio día a las 8:00 de la noche, y el domingo 11 el horario en el que no podrán transitar será de las 8:00 de la mañana a las 8:00 de la noche.

De acuerdo con el Ministerio de Transporte, se exceptúan de la prohibición los vehículos de carga que transportan productos perecederos, desechos sólidos de origen domiciliario y desechos líquidos.

Así mimo, se permitirá el tránsito de vehículos cuya carga sea pollos, huevos, leche, carne, ganado de lidia, equinos, combustibles y prensa escrita que corresponda a la emisión de estos días.

También podrán circular los vehículos que transporten maquinaria o herramientas para atender emergencias en la infraestructura de servicios públicos domiciliarios del país.

De igual forma se adoptaron medidas transitorias en materia de tránsito de vehículos destinados al servicio de transporte de carga en la vía Bogotá-Villavicencio.

La resolución, que busca para evitar la congestión vehicular en esa importante vía del país, establece que se prohÍbe el tránsito de vehículos de carga con capacidad de tres y media (3,5) o más toneladas a partir de las 8:00 de la noche del viernes 2 hasta las 8:00 de la mañana del lunes 5 de abril, y desde las 8;00 de la mañana del miércoles 7 hasta las 8:00 de la mañana del lunes 12 de abril del 2004.

Así mismo, se ordena suspender entre los días sábado 3 de abril y el día 15 de mayo de 2004, el tránsito de los vehículos que tienen permiso para circular con cargas que sobrepasen los límites de pesos y dimensiones establecidos en las Resolución 13791 del 21 de diciembre de 1988.

"Los permisos otorgados para el transporte de carga extrapesada y/o extradimensionada, concedidos antes del 2 de abril no tendrán vigencia entre el sábado 3 de abril y el sábado 15 de mayo del 2004. Además, se suspendió la expedición de este tipo de permisos durante ese lapso", explicó el instituto Nacional de Vías, Invías.

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA