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TEXTO DEL PROTOCOLO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA Bogotá, 16 abr. (SNE).- El siguiente es el texto del Protocolo de Colaboración entre el Gobierno Nacional y el Consejo Superior de la Judicatura, firmado este viernes.
PROTOCOLO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En cumplimiento del deber de colaboración armónica entre los Poderes Públicos del Estado de conformidad con el artículo 113 de la Constitución Política, el Consejo Superior de la Judicatura y su Sala Administrativa y el Ministerio del Interior y de Justicia, conscientes de que no obstante la gestión cumplida por la mencionada Sala para superar el atraso en la Rama Judicial, como resultado de la cual se han obtenido importantes logros, aún se registran situaciones de atraso en algunos despachos judiciales originadas principalmente en el incremento de la conflictividad en el país y por ende, de la demanda de justicia, aunadas a las restricciones presupuestales,
ACUERDAN:
1. Reafirmar la urgente necesidad de reforzar, dentro de sus precisas competencias, las medidas que la Sala Administrativa viene desarrollando así como las que tiene proyectadas para hacerle frente al estado de atraso judicial generado por congestión, que se consignan en los documentos elaborados por la misma Sala;
2. Articular con las anteriores medidas, previa evaluación por parte de la Sala Administrativa de su viabilidad, las iniciativas propuestas por el Ministerio del Interior y de Justicia, contenidas en la "Declaración de la Comisión de Reforma a la Justicia sobre Congestión y Atraso en la Administración de Justicia"; como son la redistribución de expedientes entre despachos y distritos judiciales con baja carga, el reordenamiento de despachos, la puesta al día y descongestión con metas precisas de producción de fallos, entre otras;
3. Impulsar de manera conjunta las iniciativas legislativas orientadas a fortalecer los instrumentos de descongestión contemplados en la Ley 270 de 1996 - Estatutaria de la Administración de Justicia;
4. El Ministerio del Interior y de Justicia coadyuvará ante las autoridades de Hacienda, los requerimientos en materia presupuestal que formule el Consejo Superior de la Judicatura, con el fin de atender de manera integral y oportuna la ejecución de los proyectos y programas en curso y los que se diseñen en desarrollo del presente acuerdo;
5. La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, con fundamento en la información de que dispone y en los documentos y estudios técnicos que ha realizado, implementará de inmediato las nuevas medidas, siempre y cuando cuente con las partidas presupuestales necesarias para ello;
6. Promover conjuntamente el desarrollo de acciones integrales e integradas con otras instancias del Estado y de la sociedad civil, con el fin de superar las restricciones de orden cultural, legal, social y económico que han limitado las estrategias de descongestión desplegadas por la Sala Administrativa y han impedido alcanzar los niveles óptimos de efectividad propuestos;
7. La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura hará el seguimiento a la ejecución y resultados de las medidas emprendidas en desarrollo del presente protocolo y los dará a conocer al Gobierno y a la Comisión de Reforma a la Justicia.
El Gobierno Nacional y el Consejo Superior de la Judicatura reconfirman su compromiso y esfuerzo para fortalecer la administración de justicia en Colombia.
Bogotá, D.C., Abril 14 de 2004,
JULIO CESAR ORTIZ GUTIÉRREZ Presidente Sala Administrativa Consejo Superior de la Judicatura |
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