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EXTENSIÓN DEL
CONTRATO DE ASOCIACIÓN CRAVO NORTE
Ecopetrol S.A. llegó a un acuerdo para extender
el contrato de asociación Cravo Norte, del que hace parte el campo
Caño Limón, cuyos términos ya cuentan con la aprobación
de la Junta Directiva de la empresa y de la Agencia Nacional de Hidrocarburos
(ANH). La firma de la extensión con la compañía
Occidental está prevista para el próximo viernes.
La extensión del contrato, que será hasta el límite
económico de los campos, le representaría a la nación
un valor presente neto (VPN) de US$846 millones, US$94 millones más
que lo que obtendría si no se presenta la extensión.
Los términos del acuerdo contemplan inversiones de hasta US$263
millones en los próximos seis años con la intención
de aumentar las reservas recuperables en cerca de 50 millones de barriles
de petróleo.
La primera fase, que se desarrollará entre 2004 y 2006, incluye
la perforación de 40 pozos y la adquisición de unos 100
kilómetros cuadrados de sísmica de tres dimensiones.
Las inversiones serán realizadas en su mayor parte por la firma
asociada, incluyendo US$94 millones de la parte que le correspondería
a Ecopetrol. Además, la extensión permite que dichas inversiones
comiencen en 2004, lo que cobra importancia a la luz de la caída
de la producción y de las reservas que afronta el país.
En caso de no extenderse, las inversiones tendrían que realizarse
después de finales de 2008, fecha estimada para la finalización
del contrato original.
Además de las mayores inversiones y reservas, la extensión
contempla una mayor participación en la producción por
parte de Ecopetrol. A partir de mediados de 2006, Ecopetrol incrementará la
participación del 50% al 52%, y a mediados de 2008 subirá al
55%. El contrato original, sucrito en 1980, determinaba una reparticipación
de la producción por partes iguales (50%-50%), después
de regalías.
La extensión tampoco se limita al incremento de la producción
en los campos en producción, sino que contempla un compromiso
por parte de Occidental para invertir US$30 millones en nuevos trabajos
de exploración en cuatro años, ya sea en la misma área
o en otras diferentes del territorio colombiano.
El acuerdo también contempla que los costos de abandono se compartirán
entre las dos compañías. De no extenderse el contrato,
dichos costos, cuya estimación supera los US$40 millones (en dólares
de 2003), tendrían que ser asumidos solamente por Ecopetrol.
Todos los activos de la asociación pasarán a ser propiedad
de la nación a partir de 2008, incluyendo el oleoducto Caño
Limón-Coveñas, como lo contempla el contrato original.
Por la utilización de dichos activos, la empresa asociada pagará US$0,22
por barril producido a partir de 2008.
Para calcular el VPN de la extensión se tuvieron en cuenta diferentes
escenarios de precios y de tasas de descuentos. Los análisis demostraron
que inclusive en escenarios de precios altos como los actuales, el VPN
para la nación es superior a la situación de no realizar
la extensión.
Sustento jurídico
Además de la validez jurídica que le otorgan las leyes
colombianas y la propia Constitución, la extensión del
contrato se sustenta en la recomendación del Conpes (3245 de 2003)
y en el concepto 1149 del Consejo de Estado.
“El Conpes recomienda a la Agencia Nacional de Hidrocarburos y
a Ecopetrol S.A. adoptar y aplicar la estrategia de extender en el tiempo
los contratos de asociación vigentes hasta su límite económico
y definir los términos y condiciones para ellos sobre la base
que le reporte mejores ventajas para hacerlo”, señala el
documento Conpes.
Por su parte el Consejo de Estado asegura que “desde luego es
posible y así está contemplado en la legislación
vigente, extender un contrato de asociación. En efecto, cuando
la ley faculta a la Junta Directiva de Ecopetrol a celebrar cualquier
clase de contrato distinto al de concesión de petróleos,
para realizar actividades exploratorias y de explotación, lo está facultando
también para que lo haga a través de la prórroga
de los contratos celebrados, a condición naturalmente, que con
buen juicio se adecue el retorno de las inversiones que sea necesario
hacer, a los riesgos actuales en el desarrollo del campo en cuestión”.
Y agrega el mencionado concepto que “aún más, podría
encontrar conveniente y útil la celebración o extensión
del contrato inicial en los mismos términos contractuales en cuanto
a la participación y a las regalías, en la medida en que
el asociado adopte compromisos que previamente no tenía o ceda
derechos que previamente tenía, que implicaran un menor riesgo
para la nación, y que compensen el menor riesgo asociado a la
producción en el período de extensión”.
Datos de contexto
- El contrato de asociación Cravo Norte
se firmó el
11 de junio de 1980 entre Ecopetrol y Occidental de Colombia, sobre
un área
inicial de 1.003.744 hectáreas.
- El 18 de junio de 1983 se produjo
el descubrimiento de petróleo
y Ecopetrol otorgó la comercialidad el 15 de noviembre de
1983.
- En desarrollo del contrato se han descubierto
los Campos Caño
Limón, La Yuca, Caño Yarumal, Matanegra, Redondo, Caño
Verde, Redondo Este, La Yuca Este, Tonina, Remana y Jiba, en la Cuenca
de Los Llanos Orientales.
- Occidental es el Operador de los campos
descubiertos y Ecopetrol es el operador del oleoducto Caño
Limón-Coveñas.
- La producción actual de Caño
Limón es cercana a
95.000 barriles de petróleo por día.
- Caño Limón
es el mayor campo en la historia de Colombia, con reservas superiores
a los 1.100 millones de barriles.
- Caño Limón equivale
en promedio al 1.5% del PIB para Colombia en los últimos 20
años.
- Con este descubrimiento, Colombia recuperó su
autosuficiencia petrolera y se convirtió en exportador de
crudo a partir de 1986.
- La región araucana ha recibido alrededor
de US$1.300 millones por regalías provenientes de la producción
de Caño
Limón.
- El campo de Caño Limón ha sido modelo
de explotación
eficiente y su factor de recobro es uno de los más altos de
Colombia y el mundo (superior al 55%).
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