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Trabajadores que persistan pueden ser despedidos

MINPROTECCIÓN SOCIAL DECLARA ILEGAL LA HUELGA EN ECOPETROL

Bogotá, 22 abr. (SNE).- El Ministerio de la Protección Social declaró ilegal la huelga que adelanta la Unión Sindical Obrera (USO) por considerar que atenta contra un servicio público fundamental.

El jefe de la cartera de Protección Social, Diego Palacio Betancourt, anunció que se tomó la decisión de ilegalidad luego de que inspectores del Ministerio pudieron comprobar la suspensión de algunas de las actividades de este servicio público.

"El sindicato de Ecopetrol decidió convocar a un paro que desde el principio el Ministerio había advertido que no estaba ajustado a la Ley", aseguró el Ministro.

Esta medida le permite a Ecopetrol, en el momento en el que lo considere necesario, despedir a quienes convocaron y sigan participando de la huelga sin reintegrarse a la actividad laboral normal, incluso a los directivos de la USO.

"Los pasos que se pueden seguir es la destitución de los trabajadores o incluso después de seguir unos pasos administrativos y jurídicos establecidos en la Ley colombiana, podría llegar a retirársele la personería jurídica al sindicato", explicó Palacio.

EL PROCESO

El Ministro recordó que desde hace un año y medio se han venido siguiendo todos los procedimientos tratando de buscar una solución adecuada al conflicto entre las partes.

La convención colectiva se vencía el 21 de diciembre de 2002, pero el 28 de noviembre Ecopetrol tomó la decisión de denunciar la convención, haciendo uso de un derecho legítimo.

El 29 de noviembre el sindicato haciendo también uso de su derecho, denuncia también la convención y presenta un pliego de peticiones. Se sigue todo el trámite jurídico legal. Las partes nombran los negociadores y se comienza una etapa de acuerdo directo que no es fructífera.

Una vez se concluye esta etapa, la empresa solicita la convocatoria de un Tribunal de Arbitramento al Ministerio de Protección Social que el 25 de marzo de 2003 convocó la conformación de dicho tribunal invitando a las partes para el nombramiento de sus respectivos árbitros.

Después de un largo período el 19 de septiembre se instala el arbitramento y los laudos arbitrales se profieren el 9 y 17 de diciembre del año pasado.

El sindicato solicitó entonces a la Sala laboral de la Corte Suprema un recurso de homologación. La Corte hace la homologación y ordena devolver al Tribunal algunos puntos en los cuales no había pronunciamiento del Tribunal y finalmente homologa la totalidad del fallo.

Finalmente ayer la Corte Constitucional mediante la sentencia C-350/04 declaró exequible el decreto 1760 de 2003 "por medio del cual el Gobierno escinde la Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol), se modifica su estructura orgánica y se creó la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Sociedad Promotora de Energía S.A."

El Ministro de Protección Social agregó que en reiterados pronunciamientos de las altas Cortes, ha quedado claro que el servicio que presta Ecopetrol es público esencial y que por lo tanto no se puede declarar la huelga.

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