Trabajadores que
persistan pueden ser despedidos
MINPROTECCIÓN SOCIAL DECLARA ILEGAL
LA HUELGA EN ECOPETROL
Bogotá, 22 abr. (SNE).- El Ministerio de la Protección
Social declaró ilegal la huelga que adelanta la Unión
Sindical Obrera (USO) por considerar que atenta contra un servicio
público fundamental.
El jefe de la cartera de Protección Social, Diego Palacio
Betancourt, anunció que se tomó la decisión
de ilegalidad luego de que inspectores del Ministerio pudieron
comprobar la suspensión de algunas de las actividades de
este servicio público.
"El sindicato de Ecopetrol decidió convocar a un paro
que desde el principio el Ministerio había advertido que
no estaba ajustado a la Ley", aseguró el Ministro.
Esta medida le permite a Ecopetrol, en el momento en el que lo
considere necesario, despedir a quienes convocaron y sigan participando
de la huelga sin reintegrarse a la actividad laboral normal, incluso
a los directivos de la USO.
"Los pasos que se pueden seguir es la destitución
de los trabajadores o incluso después de seguir unos pasos
administrativos y jurídicos establecidos en la Ley colombiana,
podría llegar a retirársele la personería
jurídica al sindicato", explicó Palacio.
EL PROCESO
El Ministro recordó que desde hace un año y medio
se han venido siguiendo todos los procedimientos tratando de buscar
una solución adecuada al conflicto entre las partes.
La convención colectiva se vencía el 21 de diciembre
de 2002, pero el 28 de noviembre Ecopetrol tomó la decisión
de denunciar la convención, haciendo uso de un derecho legítimo.
El 29 de noviembre el sindicato haciendo
también uso de
su derecho, denuncia también la convención y presenta
un pliego de peticiones. Se sigue todo el trámite jurídico
legal. Las partes nombran los negociadores y se comienza una etapa
de acuerdo directo que no es fructífera.
Una vez se concluye esta etapa, la empresa
solicita la convocatoria de un Tribunal de Arbitramento al Ministerio
de Protección
Social que el 25 de marzo de 2003 convocó la conformación
de dicho tribunal invitando a las partes para el nombramiento de
sus respectivos árbitros.
Después de un largo período el 19 de septiembre
se instala el arbitramento y los laudos arbitrales se profieren
el 9 y 17 de diciembre del año pasado.
El sindicato solicitó entonces a la Sala laboral de la
Corte Suprema un recurso de homologación. La Corte hace
la homologación y ordena devolver al Tribunal algunos puntos
en los cuales no había pronunciamiento del Tribunal y finalmente
homologa la totalidad del fallo.
Finalmente ayer la Corte Constitucional
mediante la sentencia C-350/04 declaró exequible el decreto 1760 de 2003 "por
medio del cual el Gobierno escinde la Empresa Colombiana de Petróleos
(Ecopetrol), se modifica su estructura orgánica y se creó la
Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Sociedad Promotora
de Energía S.A."
El Ministro de Protección Social agregó que en reiterados
pronunciamientos de las altas Cortes, ha quedado claro que el servicio
que presta Ecopetrol es público esencial y que por lo tanto
no se puede declarar la huelga.
|