|
|
Ministerio de Comunicaciones reglamenta este mecanismo en el país COLOMBIANOS PODRÁN ACCEDER A INTERNET CON SISTEMAS INALÁMBRICOS
Bogotá, 27 abr. (SNE).- El Ministerio de Comunicaciones reglamentó por
medio de la Resolución 689 de abril de 2004 el uso de los sistemas
de acceso inalámbrico en el país, tales como Wi-Fi y Bluetooth. Según la viceministra de Comunicaciones, María Paula Duque, dicha reglamentación representa un avance desde el punto de vista tecnológico, ya que estas bandas de acceso inalámbrico facilitan la conexión de las empresas o de usuarios normales a sistemas de comunicación como Internet sin usar ningún tipo de cable.
"Eso quiere decir que si el usuario tiene su computador portátil con una tarjeta que se denomina Wi-Fi, - tecnología inalámbrica - puede moverse de la oficina hasta una sala de juntas conectado a internet, con una alta capacidad de transmisión, sin necesidad de tener que desconectarse", explicó la Viceministra.
Mediante esta resolución, se atribuyeron las bandas de frecuencias de libre utilización para los sistemas inalámbricos de baja potencia y se establecieron las especificaciones de operación necesarias en dichas bandas para que no causen interferencia perjudicial a otros servicios de telecomunicaciones.
El espectro ensanchado ó Spread Spectrum (SS) es una técnica de transmisión de datos, en la cual la información de interés se distribuye sobre un ancho de banda mucho mayor que el convencional, y que cumpliendo con requisitos técnicos envía altos contenidos de datos de información.
Esta nueva tecnología además reduce los costos de instalación de cableado para llevar servicios de Internet, los cuales pueden variar entre 200 millones y mil millones de pesos de acuerdo al tamaño de la demanda y de la obra para llevar acabo la instalación.
En contraste el precio de la instalación de la tecnología inalámbrica de alta velocidad puede oscilar entre un millón y un millón y medio, ya que se compone de un punto denominado Hot Spot y de la tarjeta Wi-Fi.
"Este es un servicio que será de gran utilidad para comunidades, colegios, empresas, con lo cual se puede otorgar conectividad, con alta capacidad de transmisión de datos, cómoda, reduciendo costos, sin necesidad de instalar una red alambrada", manifestó la funcionaria.
María Paula Duque destacó que en esta reglamentación el Estado colombiano deja en claro que no cobrará por el uso de estas bandas de frecuencia, a diferencia de otros países en los cuales su uso no es libre, "lo cual promoverá sin duda alguna la utilización de bandas anchas en el país".
"El hecho de que las bandas sean de uso libre, lo que hace es evitar que el operador tenga que solicitar una licencia ante el ministerio, lo que si necesita el operador es la licencia para prestar el servicio. Una cosa es colocar el sistema de banda inalámbrica y otra cosa es que estar autorizado para ser proveedor de Internet, para lo cual necesita tener una licencia para mover datos", recomendó la Viceministra.
"Lo que estamos demostrando es que regulación y tecnología tiene que ir de la amno para dar soporte y desarrollo económico al país", dijo la funcionaria.
La reglamentación fue concertada entre el Ministerio de Comunicaciones y este sector para identificar cuál era el tratamiento que el Estado debería darle a estas bandas de frecuencia, de acuerdo con los especialistas en esta materia. |
| Quejas y Reclamos | Web Master | Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666 COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA |