Agosto de 2004

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
Se reglamentará para qué bienes aplicará la medida

DIAN PODRÁ EXIGIR DECLARACIÓN DE IMPORTACIÓN ANTICIPADA

Bogotá, 2 ago. (SNE). - La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) quedó facultada para exigir en forma anticipada la declaración de importación de ciertos productos con el fin de controlar su ingreso al país.

Así quedó consagrado en el decreto 2372 del pasado 27 de julio en el que se señala que el objetivo es garantizar el pago adecuado de los tributos aduaneros.

Así mismo quedó establecida la figura del observador en las operaciones de importación de productos que por su complejidad técnica necesita el concepto de un experto que verificará la clasificación en la posición arancelaria y el tributo a pagar de acuerdo con las especificaciones técnicas.

Con respecto a la declaración anticipada, la DIAN indicó que la meta es agilizar los trámites de importación de algunos productos y evitar los problemas de tránsito aduanero que se registran.

Con esa facultad la DIAN puede solicitar que, por ejemplo, el empresario 15 días antes del arribo de una determinada mercancía presente la declaración de importación.

Próximamente la DIAN reglamentará a que mercancías y a que bienes y sectores de la economía se les podrá exigir la declaración anticipada.

Esa selección dependerá del tipo de mercancías, del sector productivo y del puerto por el que ingrese el producto.

Sobre la figura de los observadores la DIAN explicó que serán designados por los mismos gremios de la producción para analizar las importaciones de productos que por las especificaciones técnicas necesitan un experto.

La tarea de esos observadores es rendir un concepto sobre si el producto está bien clasificado en la posición arancelaria de acuerdo con sus especificaciones técnicas y si el arancel a pagar está bien liquidado.

Los observadores serán personas calificadas y presentadas por los gremios a través de la Comisión Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera.

Esta figura no solo será garantía para los mismos empresarios en los procesos de importación sino para los propios funcionarios de la DIAN que necesitan de opiniones especializadas en determinadas importaciones.

Los conceptos de esos observadores no necesariamente tendrán que ser acogidos por los funcionarios de la DIAN.

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA