Reforma
al Sistema de Seguridad Social en Salud
GOBIERNO NACIONAL PROPONE PLAN DE SALUD
PÚBLICA COLECTIVA
Bogotá, 5 ago. (SNE).- Un profundo ajuste en materia de
salud pública planteó el Gobierno Nacional a través
del proyecto de ley que comenzará a ser debatido por el
Congreso de la República en los próximos días
y por medio del cual se modifica el Sistema General de Seguridad
Social en Salud.
La iniciativa, puesta a consideración del Legislativo por
el Ministerio de la Protección Social, propone la creación
del Plan de Salud Pública Colectiva, en reemplazo del Plan
de Atención Básica contemplado en la Ley 100, y establece
que su contenido será definido por el Ministerio de la Protección
Social de acuerdo a las prioridades.
El objetivo es que este plan complemente
las acciones de los planes individuales y las intervenciones
de otros sectores que afectan
la salud, tales como los programas de saneamiento ambiental, educación
y comunicaciones.
RÉGIMEN SUBSIDIADO
Así mismo, el proyecto de ley crea el Nuevo Régimen
Subsidiado, el cual tendrá como propósito alcanzar
la cobertura universal de aseguramiento en salud y organizar la
prestación de los servicios contenidos en el plan de beneficios
a las personas pobres no cubiertas por el Régimen Contributivo
y los regímenes exceptuados.
La idea es que este Nuevo Régimen ponga fin al abuso en
la destinación de los recursos, mejore el flujo de los mismos
eliminando un gran número de trámites y contribuya
a solucionar la crisis hospitalaria, buscando que las IPS reciban
oportunamente el valor por la atención de los pacientes.
Dicho Régimen operará regionalmente, para lo cual
el Ministerio de la Protección Social escogerá en
cada una de las regiones previamente definidas, el número
de Entidades Promotoras de Salud habilitadas a las que se podrán
afiliar los beneficiarios del Sistema y con las cuales se contratará el
aseguramiento del Nuevo Régimen Subsidiado.
En este marco podrán operar como Entidades Promotoras de
Salud para administrar el Nuevo Régimen Subsidiado las Cajas
de Compensación Familiar, las entidades públicas
y las instituciones sin ánimo de lucro que cumplan con los
requisitos del Sistema Único de Habilitación establecido
por el Ministerio de la Protección Social. Adicionalmente,
podrán participar las entidades que a la entrada en vigencia
de la Ley se encuentren manejando dicho Régimen, siempre
y cuando cumplan los requisitos de habilitación.
Adicionalmente, se establece que las Entidades
Promotoras de Salud del Nuevo Régimen Subsidiado deberán contratar por
lo menos el 50% de sus servicios con IPS públicas organizadas
en redes. Para esto, dichas instituciones deberán demostrar
su sostenibilidad financiera.
Para la implementación del Nuevo Régimen Subsidiado,
se establece la expedición por parte del Gobierno Nacional
de una Tarjeta de Registro para 26 millones de personas pobres,
identificadas mediante el instrumento que defina el CONPES como
elegibles para recibir subsidios en salud.
La tarjeta, que otorga el derecho de afiliación, será de
dos clases: la primera, dirigida a personas elegibles para recibir
la totalidad del subsidio correspondiente a la Unidad de Pago por
Capitación, y la segunda dirigida a los colombianos elegibles
para recibir un subsidio parcial, de acuerdo al nivel de pobreza
en el que se encuentren.
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
Igualmente, el proyecto de ley deroga el
Artículo 46 de
la Ley 715, con lo que se devuelve a las entidades aseguradoras
del Régimen Subsidiado la responsabilidad de la ejecución
de la totalidad de las acciones de promoción y prevención,
lo cual permitirá tener un responsable único de estas
actividades permitiendo la adecuada realización de las mismas
en todo el territorio nacional.
De acuerdo con el Ministerio de la Protección Social, dicha
Ley había entregado a los departamentos y municipios la
responsabilidad de desarrollar las actividades de promoción
y prevención del Plan Obligatorio de Salud Subsidiado, lo
cual nunca se hizo en forma eficiente, tal como lo demuestran estudios
realizados por la entidad.
Según el ministro Diego Palacio Betancourt, “el cumplimiento
de las acciones de promoción de la salud es insatisfactorio
en casi todos los municipios, al encontrar que cerca del 50% de éstos
no reportaron información sobre las actividades de vacunación
ejecutadas, o ésta era inconsistente o incompleta".
FONDO PARA LA SALUD
El proyecto de ley también incluye la creación del
Fondo Territorial Colombia para la Salud, FOCOS, con el objetivo
de mejorar la gestión y eficiencia en el uso de los recursos
que financian el Régimen Subsidiado.
Si se aprueba la ley, dicho Fondo funcionará como una cuenta
sin personería jurídica y sin planta de personal
propia, que administrará mediante fiducia mercantil todos
los recursos que financian el régimen, es decir, los que
pertenecen a las entidades territoriales, los que provienen del
Fosyga y del Sistema General de Participaciones, el punto de la
cotización obligatoria que deben aportar los afiliados al
Régimen Contributivo y a los regímenes exceptuados,
el aporte de las Cajas de Compensación, los recursos procedentes
de Etesa y los rendimientos financieros generados por la inversión
de los anteriores recursos.
Además, el FOCOS estará a cargo de la contratación
regional de las entidades aseguradoras del Nuevo Régimen
Subsidiado que sean seleccionadas por los usuarios, así como
de efectuar los pagos de los contratos de aseguramiento, publicar
la información sobre la selección de Entidades Promotoras
de Salud del Nuevo Régimen Subsidiado por parte de la población
y publicar el monto de los recursos asignados a cada entidad territorial
y el resultado de las contrataciones realizadas para el aseguramiento
de la población pobre en cada jurisdicción.
"Con este Fondo se reduce el número de contratos para
el aseguramiento de la población, con la consecuente disminución
en los costos de transacción; se agiliza la transferencia
de recursos a las entidades aseguradoras del Nuevo Régimen
Subsidiado y se garantiza transparencia a la contratación
de las entidades aseguradoras del Nuevo Régimen Subsidiado",
explicó el Ministro de la Protección Social, Diego
Palacio Betancourt.
El funcionario afirmó que de aprobarse este proyecto de
Ley, en poco tiempo todos los colombianos estarán asegurados
al Sistema General de Seguridad Social en Salud, recibiendo atención
en condiciones de universalidad, solidaridad, oportunidad, equidad
y eficiencia, y por unas instituciones eficientes, autónomas
y que presten servicios con calidad, tal como lo establece la Constitución
Nacional y la Ley 100. |