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Para servicios públicos, salud, transporte y vivienda social

ÚLTIMOS DESEMBOLSOS DE FINDETER ASCIENDEN A $4.557 MILLONES

Bogotá, 19 ago. (SNE).- La Financiera de Desarrollo Territorial desembolsó, durante la semana que va del 9 al 13 de agosto, un total de recursos de crédito por 4.557 millones de pesos con destino a los sectores de servicios públicos, salud, transporte y vivienda de interés social.

De acuerdo con el último reporte de Findeter, estos recursos crediticios se distribuyeron aproximadamente de la siguiente manera:

–Para el sector salud: 1.354 millones de pesos.

– Para el sector de servicios públicos domiciliarios: 2.324 millones de pesos en el subsector de aseo. Y 109 millones en el subsector de gas domiciliario.

– Para el sector transporte: 735 millones pesos.

– Para el sector de vivienda de interés social: 34 millones de pesos.

Por departamentos, los recursos se distribuyeron: 309 millones de pesos para Antioquia, 2.718 millones para Bogotá Distrito Capital, 66 millones para Cundinamarca, 109 millones para Huila, 354 millones para Santander y 1.000 millones de pesos para Valle del Cauca.

TIPOS DE BENEFICIARIOS

Los beneficiarios de los créditos que otorga Findeter incluyen en el sector público a entidades territoriales (departamentos, municipios y distritos), entidades descentralizadas del orden territorial y entidades administrativas especiales, como asociaciones de municipios, áreas metropolitanas y resguardos indígenas. De igual manera los patrimonios autónomos y las organizaciones regionales de televisión.

Entre los beneficiarios de carácter privado figuran las entidades de derecho privado que desarrollen programas o proyectos en los sectores, subsectores o inversiones elegibles de crédito de Findeter.

Al igual que las personas naturales o jurídicas que impartan educación formal y no formal a nivel preescolar, básica primaria, básica secundaria, media vocacional y superior, incluidas aquellas de carácter solidario, comunitario y cooperativo.

Otro tipo de beneficiarios son las juntas de acción comunal, las sociedades de mejoras y ornato y las juntas y asociaciones de recreación, defensa civil y usuarios.

Igualmente los organismos cooperativos constituidos con arreglo a la ley y sin ánimo de lucro, las formas asociativas de pequeños productores, las comunidades indígenas, las negritudes y las unidades familiares para financiación de actividades de desarrollo productivo.

También están incluidas las organizaciones autorizadas para prestar servicios públicos en municipios menores y en zonas rurales y áreas urbanas específicas, de conformidad con la Ley 142 de 1994.

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