Se inicia segunda fase para el Frente Calima
de las AUC
GOBIERNO ESTABLECE ZONA DE UBICACIÓN
TEMPORAL
Bogotá, 14 dic. (SNE).- Con el propósito
de concentrar y desmovilizar a quienes forman parte del Frente
Calima de las AUC, el Gobierno creó hoy, a través
de la Resolución No 297, una zona de ubicación
temporal en la finca “El Jardín” ubicada en
el Corregimiento de “Galicia”, municipio Bugalagrande,
departamento del Valle, hasta las veinticuatro (24) horas del
día 10 de enero de 2005.
Con la creación de esta zona se inicia
la segunda fase del proceso de desmovilización del Frente
Calima. La primera fue la de sensibilización.
TEXTO DE LA RESOLUCIÓN:
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
RESOLUCIÓN No. 297
DE 2004
“Por la cual se establece una zona de
ubicación temporal dentro del territorio nacional”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE COLOMBIA
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales
y Legales, en especial de las que le confiere la ley 782 de 2002
CONSIDERANDO
Que el artículo 22 de la Constitución
Política dispone que la paz es un derecho y un deber de
obligatorio cumplimiento.
Que mediante la Resolución número
091 del 15 de junio de 2004 se declaró abierto el proceso
de diálogo, negociación y firma de acuerdos con
las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC.
Que el artículo 3° de la Ley 782
de 2002 faculta al Gobierno Nacional para acordar la ubicación
temporal de miembros de grupos armados organizados al margen
de la ley, con los que se adelanten diálogos, negociaciones
o firma de acuerdos, en precisas y determinadas zonas del territorio
nacional o internacional, de considerarlo conveniente.
Que las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC,
han manifestado su voluntad y compromiso de realizar todos los
actos tendientes a la desmovilización de los miembros
de los grupos armados organizados al margen de la ley que operan
bajo su mando.
Que para la concentración y desmovilización
del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC,
se considera necesaria la ubicación temporal de sus miembros
en una precisa zona del territorio nacional.
RESUELVE
Artículo 1°. Con el único
propósito de concentrar y desmovilizar a quienes forman
parte del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia,
AUC, créase como zona de ubicación temporal para
sus miembros, la finca “El Jardín”, ubicada
en el corregimiento de "Galicia", municipio Bugalagrande,
departamento del Valle, hasta las 24:00 horas del día
10 de enero de 2005.
Artículo 2°. En la zona a que se
refiere la presente resolución regirán, en lo pertinente
a ella, los efectos previstos en el artículo 3° de
la Ley 782 de 2002.
Artículo 3º. La presente Resolución
rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
SABAS PRETELT DE LA VEGA
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
JORGE ALBERTO URIBE ECHAVARRIA