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Se inicia segunda fase para el Frente Calima de las AUC

GOBIERNO ESTABLECE ZONA DE UBICACIÓN TEMPORAL

Bogotá, 14 dic. (SNE).- Con el propósito de concentrar y desmovilizar a quienes forman parte del Frente Calima de las AUC, el Gobierno creó hoy, a través de la Resolución No 297, una zona de ubicación temporal en la finca “El Jardín” ubicada en el Corregimiento de “Galicia”, municipio Bugalagrande, departamento del Valle, hasta las veinticuatro (24) horas del día 10 de enero de 2005.

Con la creación de esta zona se inicia la segunda fase del proceso de desmovilización del Frente Calima. La primera fue la de sensibilización.

TEXTO DE LA RESOLUCIÓN:

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIÓN No. 297 DE 2004

“Por la cual se establece una zona de ubicación temporal dentro del territorio nacional”

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial de las que le confiere la ley 782 de 2002

CONSIDERANDO

Que el artículo 22 de la Constitución Política dispone que la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.

Que mediante la Resolución número 091 del 15 de junio de 2004 se declaró abierto el proceso de diálogo, negociación y firma de acuerdos con las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC.

Que el artículo 3° de la Ley 782 de 2002 faculta al Gobierno Nacional para acordar la ubicación temporal de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, con los que se adelanten diálogos, negociaciones o firma de acuerdos, en precisas y determinadas zonas del territorio nacional o internacional, de considerarlo conveniente.

Que las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, han manifestado su voluntad y compromiso de realizar todos los actos tendientes a la desmovilización de los miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley que operan bajo su mando.

Que para la concentración y desmovilización del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, se considera necesaria la ubicación temporal de sus miembros en una precisa zona del territorio nacional.

RESUELVE

Artículo 1°. Con el único propósito de concentrar y desmovilizar a quienes forman parte del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC, créase como zona de ubicación temporal para sus miembros, la finca “El Jardín”, ubicada en el corregimiento de "Galicia", municipio Bugalagrande, departamento del Valle, hasta las 24:00 horas del día 10 de enero de 2005.

Artículo 2°. En la zona a que se refiere la presente resolución regirán, en lo pertinente a ella, los efectos previstos en el artículo 3° de la Ley 782 de 2002.

Artículo 3º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA

SABAS PRETELT DE LA VEGA

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

JORGE ALBERTO URIBE ECHAVARRIA

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