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Día del Periodista se celebrará el 4 de agosto

PRESIDENTE URIBE SANCIONÓ LEY DEL PERIODISTA

Bogotá, 16 dic. (SNE). - El presidente Álvaro Uribe Vélez sancionó la Ley 918, también conocida como “Ley del Periodista”, a través de la cual se reconoce la categoría profesional a quienes acrediten el ejercicio de su actividad como periodistas o comunicadores.

Esta Ley tiene por objeto la adopción de normas legales para la protección laboral y social de la actividad periodística, a fin de garantizar su libertad e independencia profesional.

La nueva Ley establece que la acreditación del ejercicio profesional deberá hacerse ante el Ministerio de la Protección Social o la entidad que haga sus veces. Lo mismo que ante instituciones de educación superior legalmente reconocidas, empresas de comunicación y organizaciones gremiales o sindicales del sector.

Para este efecto, los medios de prueba serán las acreditaciones académicas, laborales, gremiales y sindicales del sector. Tales acreditaciones deben expedirse a partir de criterios objetivos, razonables y verificables.

La Ley 918, con fecha 15 de diciembre 2004, dispone que los títulos expedidos por las universidades o instituciones de educación superior legalmente reconocidas, podrán registrarse ante el Ministerio de Educación.

Esta entidad también podrá reconocer los títulos académicos expedidos por instituciones extranjeras en la rama de la comunicación.

La Ley 918 declaró el día 4 de agosto como el “Día del Periodista y Comunicador”, en conmemoración de la primera publicación de la “Declaración de los Derechos del Hombre”, realizada el 4 de agosto de 1794 por Antonio Nariño, Precursor de la Independencia.

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