Día del Periodista se celebrará el
4 de agosto
PRESIDENTE URIBE SANCIONÓ LEY DEL PERIODISTA
Bogotá, 16 dic. (SNE). - El presidente Álvaro
Uribe Vélez sancionó la Ley 918, también
conocida como “Ley del Periodista”, a través
de la cual se reconoce la categoría profesional a quienes
acrediten el ejercicio de su actividad como periodistas o comunicadores.
Esta Ley tiene por objeto la adopción
de normas legales para la protección laboral y social
de la actividad periodística, a fin de garantizar su libertad
e independencia profesional.
La nueva Ley establece que la acreditación
del ejercicio profesional deberá hacerse ante el Ministerio
de la Protección Social o la entidad que haga sus veces.
Lo mismo que ante instituciones de educación superior
legalmente reconocidas, empresas de comunicación y organizaciones
gremiales o sindicales del sector.
Para este efecto, los medios de prueba serán
las acreditaciones académicas, laborales, gremiales y
sindicales del sector. Tales acreditaciones deben expedirse a
partir de criterios objetivos, razonables y verificables.
La Ley 918, con fecha 15 de diciembre 2004,
dispone que los títulos expedidos por las universidades
o instituciones de educación superior legalmente reconocidas,
podrán registrarse ante el Ministerio de Educación.
Esta entidad también podrá reconocer
los títulos académicos expedidos por instituciones
extranjeras en la rama de la comunicación.
La Ley 918 declaró el día 4 de
agosto como el “Día del Periodista y Comunicador”,
en conmemoración de la primera publicación de la “Declaración
de los Derechos del Hombre”, realizada el 4 de agosto de
1794 por Antonio Nariño, Precursor de la Independencia.