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Resolución 315 del ministerio del Interior y de Justicia

AUTORIZADA EXTRADICIÓN DE CARLOS CASTAÑO A ESTADOS UNIDOS

Bogotá, 22 dic. (SNE).- El Gobierno Nacional condicionó la decisión de extraditar a Carlos Castaño Gil, miembro de la Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), a Estados Unidos, al incumplimiento de cualquiera de las siguientes condiciones:

  1. Que cumpla con los compromisos adquiridos en el marco del proceso de paz con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
  2. Que abandone las actividades ilícitas.
  3. Que contribuya a la participación de los miembros de las AUC, en el proceso de paz.

Según la resolución 315 del ministerio del Interior y de Justicia, una vez “termine su condición de ausente por tenerse noticia cierta de su paradero”, Castaño deberá empezar a dar cumplimiento a dichas condiciones, de lo contrario será extraditado a los Estados Unidos.

El documento también aclara que “mediante la resolución 091 de 2004, el Gobierno declaró abierto el proceso de diálogo, negociación y firma de acuerdos con las Autodefensas Unidas de Colombia, luego del inicio y adelantamiento de la Fase Exploratoria, de la cual formaba parte de manera activa el ciudadano Carlos Castaño Gil”.

Castaño Gil es requerido por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia, para ser juzgado por delitos de narcotráfico.

La resolución advierte que, en caso de concederse la extradición y ordenarse la entrega de Castaño, éste no podrá ser juzgado por un hecho anterior distinto del que motiva la solicitud de extradición, ni sometido a sanciones distintas de las que se le hubieren impuesto en la condena.

De acuerdo con la ley, Castaño podrá interponer recurso de reposición dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

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