Bogotá,
23
dic (
Así aparece establecido en el
Decreto 3804 del 30 de diciembre de 2003, que en desarrollo de la Ley 863 fijó
tres requisitos adicionales para determinar la responsabilidad para declarar y
pagar impuesto de renta el año 2005 y en relación con el año gravable
2004.
Si durante el año que está
terminando, las compras con tarjeta de crédito o los demás consumos de bienes y
servicios exceden de 50 millones de pesos, también surge la obligación de
declarar y pagar renta en el año 2005. Esta obligación también aparece si las
consignaciones bancarias superan al año 80 millones de
pesos.
La disminución de los topes de
ingresos y patrimonio, así como el establecimiento de nuevos requisitos
relacionados con los consumos con tarjetas de crédito, otras compras o
consignaciones bancarias buscan incrementar el número de responsables del
impuesto de renta, cuya meta es de 2 millones en el
2006.
Con los nuevos requisitos para
determinar la responsabilidad de declarar y pagar renta en el año 2005, la Dian aspira a culminar dicho año con una base de
contribuyentes declarantes cercana a 1,5 millones. Es decir, 750 mil más de los
que tiene en la actualidad.
Con la expedición del Decreto 4344
de diciembre 22 de 2004, el
Gobierno Nacional reglamentó los
nuevos requisitos para declarar y pagar renta en el año
2006.
PERSONAS
NATURALES QUE DEBERÁN DECLARAR Y PAGAR IMPUESTO DE RENTA Y
COMPLEMENTARIOS
AÑO
GRAVABLE/ AÑO DE
DECLARACIÓN Y PAGO |
REQUISITOS (*) |
DECLARAN Y
PAGAN EN EL 2005 |
DECLARAN Y
PAGAN EN EL 2006 |
DESCRIPCIÓN
DEL RESPONSABLE |
|
A PARTIR
DE V/R EN
PESOS |
A PARTIR
DE V/R EN
PESOS |
CONTRIBUYENTES
DE MENORES INGRESOS |
PATRIMONIO
BRUTO |
80.000.000 |
84.880.000 |
|
INGRESOS BRUTOS |
25.000.000 |
26.525.000 |
|
CONSUMOS
TARJETA DE CREDITO |
50.000.000 |
53.050.000 |
|
COMPRAS |
50.000.000 |
53.050.000 |
|
CONSIGNACIONES
BANCARIAS |
80.000.000 |
84.880.000 |
ASALARIADOS |
PATRIMONIO
BRUTO |
80.000.000 |
84.880.000 |
|
INGRESOS BRUTOS |
60.000.000 |
63.660.000 |
|
CONSUMOS
TARJETA DE CREDITO |
50.000.000 |
53.050.000 |
|
COMPRAS |
50.000.000 |
53.050.000 |
|
CONSIGNACIONES
BANCARIAS |
80.000.00O |
84.880.000 |
TRABAJADORES
INDEPENDIENTES |
PATRIMONIO
BRUTO |
80.000.000 |
84.880.000 |
|
INGRESOS BRUTOS |
60.000.000 |
63.660.000 |
|
CONSUMOS
TARJETA DE CREDITO |
50.000.000 |
53.050.000 |
|
COMPRAS |
50.000.000 |
53.050.000 |
|
CONSIGNACIONES
BANCARIAS |
80.000.000 |
84.880.000 |
(*) La Ley prevé
otros requisitos que pueden ser consultados en los artículos 592, 593 y 594-1
del Estatuto Tributario.