Medida está amparada por fallo del Tribunal
de Justicia de la CAN
IMPUESTO DEL 12% A IMPORTACIÓN DE CIGARRILLOS DESDE VENEZUELA
Bogotá, 24 dic (SNE). Dando cumplimiento a un fallo del
Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina de Naciones (CAN)
que condenó a Venezuela por desacato de una norma regional,
a partir del 22 de diciembre los cigarrillos de tabaco rubio
provenientes de Venezuela tendrán que pagar un impuesto
del 12 por ciento.
Así lo decidió el Gobierno Nacional por medio
del decreto 4339 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
fechado el 22 de diciembre.
Gracias al acuerdo de libre comercio suscrito entre Colombia
y Venezuela, la importación de cigarrillos, tabaco y picadura
provenientes de Venezuela, no pagaba impuestos.
En los considerandos el decreto se señala que en 1979
Venezuela decidió que los cigarrillos que llegaran a su
territorio no podrían ser vendidos a un menor valor que
los cigarrillos propios, o por lo menos igual.
El 27 de agosto de 2003 el Tribunal de Justicia de la CAN decidió que
Venezuela había actuado en contra de las normas de libre
comercio y le pidió revocar la media.
Pero como no lo hizo, el 4 de agosto de 2004 profirió una
sentencia autorizando a los países miembros de la CAN
(Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia) a colocar un impuesto
que podría oscilar entre el 8 y el 12 por ciento a los
cigarrillos y al tabaco de Venezuela.
El pasado 25 de noviembre se reunió en Bogotá el
Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio
Exterior y recomendó imponer un arancel del 12 por ciento
a la importación de cigarrillos de tabaco rubio, tabaco
y picadura provenientes de Venezuela.
Esta medida estará vigente hasta tanto el Tribunal de
Justicia de la CAN determine que Venezuela ha dado estricto cumplimiento
a la sentencia del 27 de agosto de 2003.