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Manifestó Ministro de la Protección Social

MAYOR EQUIDAD, OBJETIVO DE NUEVA LEY DE PENSIONES

Bogotá, 8 ene. (SNE).- Mayor equidad al interior del sistema pensional busca la Ley 860 de 2004, sancionada por el presidente Álvaro Uribe Vélez el pasado 30 de diciembre de 2003, manifestó el ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.

Al referirse a la aprobación de la Ley, el titular de la cartera afirmó que el Sistema General de Pensiones del país presenta grandes desequilibrios e inequidades que hacen que muchos colombianos reciban una pensión que no corresponde a las semanas cotizadas.

Explicó que en el caso del Régimen de Transición, reformado en la nueva Ley 860, para acceder a la pensión de vejez se tendrá en cuenta el número de semanas cotizadas y el monto de la jubilación ordenadas por la Ley 100 de 1993. Estos privilegios estarán hasta el 31 de diciembre de 2007.

Es decir que únicamente beneficia a las mujeres que al 1° de abril de 1994 tuvieran 35 años y a los hombres que tuvieran 40 años, o 15 años de cotización.

A partir del 1º de enero de 2008 este régimen se altera. Es decir, que aumentará el número de semanas cotizadas necesarias para la jubilación.

Hasta hoy se requieren 1.000 semanas. Desde el 2005 aumenta 50 semanas y a partir del 2006 se incrementarán 25 semanas por año hasta alcanzar las 1.300 semanas en el año 2015.

Las edades se mantienen hasta el año 2014, es decir 60 años para los hombres y 55 años para las mujeres y a partir del 1º de enero de 2015 aumentarán a 62 para los hombres y a 57 para las mujeres.

Mencionó que esta modificación significa un paso más en la construcción de equidad dentro del sistema pensional.

OTROS BENEFICIOS

La Ley contempla también un plazo de 23 años para que las aerolíneas del país puedan pagarle al Instituto de Seguros Sociales el pasivo pensional que deben calcular por sus trabajadores. Antes de la norma debían hacerlo de forma inmediata.

Cada una de estas empresas y el Seguro calculan cuánto le cuestan los pensionados que pagan directamente las compañías. Una vez definido el valor (llamado cálculo actuarial) acuerdan en cuánto tiempo le pagarán al ISS para que el Seguro asuma los jubilados.

En cuanto a los requisitos para obtener la pensión de invalidez por accidentes o por enfermedad, la Ley establece que una persona que perdió el trabajo, que lleve más de 15 años cotizados y que haya conseguido nuevamente trabajo y sufra un accidente podrá pensionarse por invalidez si tiene cotizadas en los últimos tres años 26 semanas.

Otro de los artículos sancionados es el referente al régimen de pensiones para el personal del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) que considera su actividad como de alto riesgo.

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