Minhacienda expide decreto 60
AMPLIAN PLAZO QUE ASEGURADORAS EXPIDAN SOAT PARA MOTOS
Bogotá, ene. 15 (SNE).- El Ministerio de Hacienda amplió hasta el 15 de marzo el plazo que tienen las compañías de seguros para ponerse de acuerdo sobre la forma en que se compensará la expedición del Seguro Obligatorio por Accidentes de Tránsito (SOAT), para motos de menos de 2.000 centímetros cúbicos.
El plazo inicial para que las compañías se pusieran de acuerdo vencía el 30 de enero, pero ahora fue ampliado hasta el 15 de marzo.
Por medio del decreto 60 de 2004 se modificó el decreto 2078 de 2003 en el que se definen las tarifas que pagarán las motos de menos de 2.000 centímetros cúbicos y la fórmula para evitar una selección adversa, es decir que no se expidan los seguros.
Debido a la alta siniestralidad de las motos, el SOAT estaba saliendo muy costoso, entonces las compañías aseguradoras se pusieron de acuerdo para compensarse entre ellas.
Es decir que la compañía aseguradora que expida muchas pólizas de SOAT para motos sea compensada por las empresas que vendan pocos seguros.
Precisamente la fórmula como se logrará esa compensación entre las compañías aseguradoras, se debía definir a más tardar el próximo 30 de enero, pero ahora se amplió el plazo hasta el 15 de marzo.