Enero de 2004

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Se ahorrará 17.706 millones de pesos

GOBIERNO ORDENA LIQUIDAR MINERCOL

Bogotá, 30 ene. (SNE).- El Gobierno Nacional ordenó liquidar la Empresa Nacional Minera Ltda. (Minercol), sociedad industrial y comercial del Estado, encargada del fomento de las actividades mineras y carboníferas.

La decisión se tomó por medio del decreto 254 del 28 de enero de 2004 expedido por el Ministerio de Minas y Energía, en el que señala que habrá dos años de plazo para concluir la liquidación de esta empresa estatal.

Minercol Ltda. había nacido el 27 de junio de 1997 como producto de la fusión de Minerales de Colombia y de la Empresa Colombiana de Carbón.

Según el Programa de Renovación de la Administración Pública (PRAP), el ahorro que logrará el Estado con la liquidación de Minercol será de 17.706 millones de pesos. Minercol cuenta con 286 empleados.

En los considerandos el Ministerio de Minas afirma que la decisión de liquidar se adopta cuando "los objetivos señalados del organismo o entidad en el acto de creación hayan perdido su razón de ser y/o cuando las evaluaciones de gestión administrativa aconsejan la supresión o la transferencia de funciones a otra entidad".

El Presidente de la República deberá nombrar a un liquidador de Minercol, funcionario que se encargará de presentar un inventario de los activos y pasivos, vender las propiedades y cancelar las obligaciones que tenga la empresa.

Así mismo deberá pedir a las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos la cancelación de los embargos que hayan sido ordenados antes del 28 de enero de 2004.

También deberá avisar a los jueces de la República para que terminen los procesos ejecutivos en curso contra la entidad, pues deben sumarse a la liquidación.

El liquidador tendrá que emplazar a quienes tengan reclamaciones contra Minercol, y a quienes tengan en poder cualquier clase de activos de la entidad, para que san devueltos o cancelados.

PERSONAL

Con respecto a la planta de personal el liquidador tiene 30 días para presentar una relación con los cargos vacantes que no sean necesarios para adelantar el proceso de liquidación.

La supresión de los empleos y cargos dará lugar a la terminación de los contratos de trabajo de los trabajadores oficiales y del vínculo legal y reglamentario de los empleados públicos, aclara el decreto 254.

Desde hoy, no podrá ingresar ningún nuevo empleado a Minercol: En cuanto a los empleados que están cubiertos con el fuero sindical, el liquidador iniciará los procedimientos para levantarlo.

Para el pago de las pensiones el liquidador tendrá que efectuar un cálculo actuarial sobre el costo de las jubilaciones actuales y nuevas, deberá entregarlo al Ministerio de Hacienda para que lo apruebe.

El Fondo de Pensiones Públicas de Nivel Nacional (FOPEP) asumirá el pago de las mesadas pensionales reconocidas por Minercol una vez verifique que se cumplan todos los requisitos legales.

En el futuro, Cajanal será la competente para reconocer las cuotas partes y las pensiones de los ex trabajadores de Minercol. Para lograrlo, la empresa tendrá que seguir haciendo los aportes que ordena la ley.

De acuerdo con el cálculo actuarial, Minercol tendrá que entregarle al FOPEP los recursos necesarios para pagar las pensiones.

El decreto señala que una vez concluya la liquidación de la empresa, los bienes que queden deberán pasar al Ministerio de Minas, cartera que asumirá los procesos judiciales y reclamaciones que queden pendientes.

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