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GOBIERNO REAJUSTA SALARIOS DE FUNCIONARIOS DIPLOMÁTICOS

Bogotá, 2 jul. (SNE).- El Gobierno Nacional reajustó el salario, la prima de costo de vida, los gastos de representación, entre otros, de los funcionarios diplomáticos, consulares y administrativos del servicio exterior de Colombia.

De esa manera, a través del Decreto 2028 del 28 de junio de 2004, los salarios mensuales de los Embajadores y Jefes de Delegaciones Permanentes de Colombia quedaron establecidos así:

- 7.940 euros en Austria, Federación Rusa, Países Bajos, Polonia y Portugal.

- 6.490 euros en Alemania, España, Francia, Italia, Misión Permanente ante los Organismos Especializados de las Naciones Unidas en Roma, Bélgica, Luxemburgo, Misión ante la Unión Europea, Santa Sede y Suecia.

- 6.030 euros en la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y Cultura (Unesco) con sede en París y Embajador alterno en París.

- 1.373.510 yenes en Japón.

- 10 mil dólares en Estados Unidos, Organización de Naciones Unidas (con sede en Nueva York) y Organización de Estados Americanos (con sede en Washington).

- 8.900 dólares en Cuba, Israel y México.

- 8.000 dólares en Argentina y Venezuela.

- 7.180 dólares en Corea.

- 6.830 dólares para el Embajador Alterno en la ONU (sede en Nueva York).

- 6.460 dólares en Brasil, Canadá, Ecuador, Egipto, India, Kenia, Líbano, Malasia, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay.

- 5.500 dólares en Bolivia, Chile, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Jamaica, Nicaragua y República Dominicana.

- Ocho mil libras esterlinas en Gran Bretaña.

- 5.100 libras esterlinas en Sudáfrica.

- 11.780 francos suizos en Suiza, la ONU con sede en Suiza y la Organización Mundial del Comercio (OMC) con sede en Suiza.

Por otra parte, las escalas de remuneración básica mensual para los cargos diplomáticos y consulares del servicio exterior, de las Embajadas, Delegaciones Permanentes y Consulados quedaron reajustadas así:

En Gran Bretaña:

Ministro Plenipotenciario: 4.200 libras esterlinas.

Ministro Consejero: 4.000 libras esterlinas.

Consejero - Cónsul General: 3.800 libras esterlinas.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 3.220 libras esterlinas.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 2.630 libras esterlinas.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 2.42 libras esterlinas.

En Sudáfrica:

Ministro Plenipotenciario: 4.100 libras esterlinas.

Ministro Consejero: 3.800 libras esterlinas.

Consejero - Cónsul General: 3.600 libras esterlinas.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 3.000 libras esterlinas.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 2.600 libras esterlinas.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 2.200 libras esterlinas.

En Austria, la Federación Rusa, Noruega, Polonia y Portugal:

Ministro Plenipotenciario: 6.410 euros.

Ministro Consejero: 6.100 euros.

Consejero - Cónsul General: 5.800 euros.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 4.900 euros.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 4.000 euros.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 3.690 euros.

En Alemania, España, Francia, Italia, Misión Permanente ante los Organismos Especializados de las Naciones Unidas en Roma, Bélgica, Luxemburgo, Misión ante la Unión Europea, Santa Sede, Países Bajos y Suecia:

Ministro Plenipotenciario: 4.870 euros.

Ministro Consejero: 4.630 euros.

Consejero - Cónsul General: 4.400 euros.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 3.720 euros.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 3.040 euros.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 2.800 euros.

En Japón:

Ministro Plenipotenciario: 1.108.570 yenes.

Ministro Consejero: 1.053.790 yenes.

Consejero - Cónsul General: 1.002.990 yenes.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 846.620 yenes.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 691.240 yenes.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 636.460 yenes.

En China:

Ministro Plenipotenciario: 4.200 dólares.

Ministro Consejero: 3.870 dólares.

Consejero - Cónsul General: 3.640 dólares.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 3.070 dólares.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 2.590 dólares.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 2.190 dólares.

En Australia y Corea:

Ministro Plenipotenciario: 5.800 dólares.

Ministro Consejero: 5.510 dólares.

Consejero - Cónsul General: 5.240 dólares.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 4.430 dólares.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 3.620 dólares.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 3.340 dólares.

En Cuba, Hong Kong e Israel:

Ministro Plenipotenciario: 7.190 dólares.

Ministro Consejero: 6.830 dólares.

Consejero - Cónsul General: 6.500 dólares.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 5.490 dólares.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 4.480 dólares.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 4.130 dólares.

En la Embajada en los Estados Unidos, la ONU (con sede en Nueva York), Consulado General Central en Nueva York, la OEA y el Consulado con sede en Washington:

Cónsul General Central: 6.830 dólares.

Ministro Plenipotenciario: 5.510 dólares.

Ministro Consejero: 5.240 dólares.

Consejero - Cónsul General: 4.990 dólares.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 4.210 dólares.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 3.440 dólares.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 3.160 dólares.

En las Antillas y Araba:

Ministro Plenipotenciario: 6.070 dólares.

Ministro Consejero: 5.770 dólares.

Consejero - Cónsul General: 5.490 dólares.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 4.640 dólares.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 3.790 dólares.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 3.490 dólares.

En Argentina, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Egipto, Estados Unidos (a excepción de los casos mencionados anteriormente), Guatemala, Honduras, India, Jamaica, Kenia, Líbano, Malasia, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela:

Cónsul General Central: 5.500 dólares.

Ministro Plenipotenciario: 5.200 dólares.

Ministro Consejero: 4.800 dólares.

Consejero - Cónsul General: 4.500 dólares.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 3.800 dólares.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 3.200 dólares.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 2.700 dólares.

En Suiza:

Ministro Plenipotenciario: 9.510 francos suizos.

Ministro Consejero: 9.040 francos suizos.

Consejero - Cónsul General: 8.600 francos suizos.

Primer Secretario - Cónsul de Primera: 7.270 francos suizos.

Segundo Secretario - Cónsul de Segunda: 5.930 francos suizos.

Tercer Secretario - Vicecónsul: 5.470 francos suizos.

De la misma forma, el Decreto 2078 establece que la prima de Costo de Vida para los funcionarios diplomáticos, consulares y administrativos que no tengan el carácter de "local" de las Embajadas, Delegaciones Permanentes y Consulados en Argentina, Bolivia, Brasil, Canadá (únicamente administrativos), Chile, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Egipto, Estados Unidos (a excepción de los que se les reconoce por escala), Federación Rusa, Guatemala, Honduras, India, Jamaica, Kenia, Malasia, México (excepto el Embajador), Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Polonia, Puerto Rico, República Dominicana, China, Sudáfrica, Uruguay y Venezuela, se calculará teniendo en cuenta los indicadores mensuales de costo de vida que suministra la ONU con base en la información disponible en los últimos doce meses.

Finalmente, y a partir de la vigencia del Decreto, los Embajadores, Jefes de Misión Permanente, Cónsules Generales y todos los funcionarios con carácter de Jefes de Misión tendrán derecho a que se les reconozca mensualmente los gastos para atender actividades diplomáticas propias de su cargo.

No obstante, los diplomáticos deberán relacionar ante la Cancillería los gastos efectuados cada cuatro meses y reintegrar el dinero no girado o utilizado.

El Decreto 2078 del 28 de junio de 2004, firmado por la canciller Carolina Barco Isakson, el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, y el director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano, manifiesta que ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del mismo.

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