Julio de 2004

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

Noviembre

Diciembre

Año 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007
4
11
18
Sí se podrá en cheques de viajero o en títulos

PROHIBIDO SACAR O ENTRAR MÁS DE US$10 MIL DÓLARES EN EFECTIVO

Bogotá, 23 jul. (SNE). - A partir del próximo 15 de agosto ninguna persona sea colombiana o de otra nacionalidad, que vaya a salir o a ingresar al país, podrá llevar más de 10 mil dólares en efectivo.

Así lo decidió la Junta Directiva del Banco de la República con el fin de prevenir el lavado de activos, pues ésta es una de las modalidades empleadas y denunciadas en días pasado por la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Ministerio de Hacienda.

El gerente ejecutivo del Banco de la República, Gerardo Hernández, aclaró que en cheques de viajero o normales y en títulos representativos de divisas, sí se podrá portar más de 10 mil dólares, siempre y cuando se presente la respectiva declaración aduanera.

Hasta el momento cuando un viajero llevaba más de 10 mil dólares en efectivo y no eran declarados, se le incautaban, se le imponía una multa del 30 por ciento y se entregaba a la Fiscalía General de la Nación para que investigara el origen de los recursos.

Ahora, el viajero no podrá llevar en efectivo más de 10 mil dólares. Para ello tendrá que emplear a los profesionales de compra y venta de divisas (en el país hay más de tres mil), o recurrir a los intermediarios cambiarios como las casas de cambio, para que se los consignen, o a los transportadores de valores.

Aclaró que los profesionales únicamente pueden comprar y vender divisas en efectivo, pero no están autorizados para hacer giros ni transacciones vía electrónica.

Los intermediarios cambiarios, como las casas de cambio, sí pueden hacer este tipo de operaciones, efectuar giros y consignaciones mediante los sistemas electrónicos.

Advirtió que para poder participar en estas operaciones los cerca de 3.000 profesionales que hacen compra y venta de divisas tienen que inscribirse ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, entidad que establecerá los requisitos y condiciones para el registro de ellos.

CONTRA EL LAVADO

"En la medida en que la UIAF del Ministerio de Hacienda detectó el uso de divisas para lavar activos, busca acotar ese tipo de actividades que tendrá que utilizar los intermediarios del mercado cambiario o las transportadoras de valores para llevar el efectivo al exterior o si quiere ingresar dinero en efectivo, también debe utilizar los mismos mecanismos", precisó Hernández.

El gerente ejecutivo del Banco reveló que de acuerdo con informaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en el año 2003 fueron incautados 9 millones de dólares en efectivo, y en lo corrido de 2004 van 8 millones de dólares.

Ese dinero no llevaba la respectiva declaración aduanera y por eso fue incautado. Se le aplicó la sanción cambiaria del 30 por ciento del monto no declarado y se le iniciaron los procedimientos judiciales para determinar si hay actividades de lavado de activos, explicó el directivo.

"En algunos casos puede ser que las divisas que entran y que salen son efectivamente de propiedad de la persona que las lleva, y en otros casos no se puede explicar la procedencia de los recursos, la incautación termina en firme y se toman las decisiones penales correspondientes por los jueces", precisó.

Imprimir
 
MAPA DEL SITIO
 
| Quejas y Reclamos | Web Master |
Linea de Quejas y Reclamos 018000-913666

COPYRIGHT © 2006 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA